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PLAN DE ACCIÓN PARA LA SEGURIDAD FRONTERIZA ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DE COLOMBIA Y LOS MINISTERIOS DE DEFENSA Y DEL INTERIOR DEL PERÚ

Que, los Estados con el fin de combatir de manera eficaz el crimen, la delincuencia organizada transnacional y el trafico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, contemplan la celebración de acuerdos, entendimientos o planes, fortaleciendo así la cooperación y coordinación entre países en dicho esfuerzo y el incremento de su capacidad de respuesta.

Que, en la Declaración Presidencial del 23 de marzo del 2011 que emitieron los mandatarios de la Republica de Colombia y de la República del Perú, reconocieron al Mecanismo de Consulta y Coordinación (MCC 2+2) como la más alta instancia de dialogo y decisión política, en la que se definen los grandes lineamientos en materia de cooperación binacional en la lucha contra el terrorismo, la delincuencia organizada transnacional en todas sus formas y manifestaciones e hicieron un llamado a desarrollar acuerdos bilaterales en este ámbito en materia de desarrollo alternativo, trafico ilícito de estupefacientes y los delitos conexos, prestando especial atención a la zona fronteriza.

Que, la seguridad constituye un factor fundamental para alcanzar un desarrollo integral de la zona de integración fronteriza. En ese sentido los Presidentes de ambos países reiteraron en la citada Declaración Presidencial la prioridad que debe darse a la integración y el desarrollo fronterizo, y el más decidido respaldo a los trabajos para la implementación del Plan de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Peruano Colombiana y su articulación con el Plan Colombo Peruano de Desarrollo de la Cuenca del rio Putumayo, en concordancia con las políticas nacionales en la materia.

Que, reconociendo y teniendo en cuenta la importancia y la atención prioritaria que debe brindarse en materia de seguridad y defensa a la cuenca del rio Putumayo en la zona de frontera común entre el Perú y Colombia, en virtud de lo expresado en las reuniones sostenidas por los Ministros de Defensa de ambos países en Lima, el 9 de noviembre de 2010, y en Leticia, el 26 de noviembre del mismo alto, se establecen las siguientes líneas de acción en el marco de las competencias de los correspondientes Ministerios.

Que, ambos países, en calidad de Estados miembros de UNASUR, garantizan que el presente Plan y las actividades derivadas de su ejecución se sujetaran estrictamente a los principios de la igualdad soberana de los Estados, de la integridad e inviolabilidad territorial y de no intervención en los asuntos internos de otros Estados.

Que, los dos países están comprometidos con la aplicación de la Convención Única de Estupefacientes de 1961, enmendada por el Protocolo de 1972; el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971; la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988; la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos adicionales y el Plan de Acción Hemisférico contra la Delincuencia Organizada Transnacional de la OEA.

OBJETIVOS GENERALES

I. Fortalecer el nivel político y estratégico de la relación bilateral en materia de seguridad fronteriza y fomentar la cooperación y el desarrollo de las capacidades nacionales de respuesta ante las amenazas comunes.

II. Identificar las actividades ilícitas que se traducen en riesgos y amenazas para la seguridad fronteriza, con la finalidad de aumentar las capacidades y enfrentarlas de manera conjunta, propiciando el diálogo, la cooperación, la coordinación y el desarrollo integral, así como la aplicativo de los instrumentos internacionales contra el crimen transnacional.

III. Encontrar soluciones compartidas a las amenazas y/o actividades ilícitas existentes por el incremento del narcotráfico y la presencia de organizaciones delincuenciales transnacionales que atentan contra la seguridad de ambos países.

LINEAS DE ACCION

I. MEDIO AMBIENTE Y BIODIVERSIDAD AMAZÓNICA.

Coordinar entre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional de ambos países, y a través de ellas con otras entidades nacionales, el diseño y ejecución de acciones para preservar y proteger el medio ambiente y la biodiversidad amazónica, ante las diferentes amenazas y riesgos de seguridad:

a) Minería ilegal. Desarrollar operaciones conjuntas, coordinadas y sincronizadas con el fin de identificar, combatir y erradicar la explotación ilegal, especialmente, en los dos Putumayo, Amazonas y sus afluentes.

b) Explotación y comercio ilegal de maderas. Coordinar acciones e intercambiar información para proteger los recursos maderables de la Amazonia y desarrollar actividades de interdicción, especialmente, sobre los dos Putumayo, Amazonas y sus afluentes.

c) Tráfico de especies de fauna y flora silvestre. En el marco de su competencia, adoptar medidas para proteger y preservar las especies de fauna y flora silvestre, y combatir su tráfico.

d) Depredación de la selva amazónica. Fortalecer las capacidades de prevención y respuesta, en el ámbito de sus competencias, contra las actividades de depredación de la selva amazónica.

II. TRÁFICO ILICITO DE DROGAS.

Promover la cooperación y optimizar el flujo de informaciones en materia de inteligencia para:

a) Fortalecer la lucha contra individuos u organizaciones vinculadas al trafico ilícito de drogas y al lavado de activos, para su posterior captura y judicialización.

b) Lograr determinar las zonas de cultivo de hoja de coca, rutas del tráfico de drogas y precursores químicos, a fin de facilitar las operaciones de interdicción.

c) Coordinar la ejecución de operativos conjuntos combinados o coordinados y sincronizados, especialmente en las cuencas del rio Putumayo y Amazonas.

Establecer, con dicho objetivo, procedimientos de intervención.

III. LAVADO DE ACTIVOS Y FINANZAS ILÍCITAS.

Avanzar de manera conjunta en la definición y fortalecimiento de mecanismos de cooperación en materia de intercambio de información, experiencias y capacitación, para apoyar en el marco de su competencia, la lucha integral contra las finanzas de los grupos delictivos organizados transnacionales y el lavado de activos.

IV. CONTROL FRONTERIZO.

Avanzar conjuntamente en el establecimiento de un sistema compartido que contenga información básica en tiempo real, que permita a las autoridades competentes la identificación de personas y conocer si cuentan con requerimientos judiciales, con el propósito de fortalecer el control migratorio en la frontera.

V. TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES.

Ejercer un eficaz control migratorio con el fin de evitar la actividad de individuos y grupos de delincuencia transnacional dedicados a la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.

VI. CONTROL DE NAVEGACION FLUVIAL.

Fortalecer las actividades de seguridad con el fin de ejercer un mejor control fluvial en las zonas de frontera.

VII. TECNOLOGIAS PARA LA SEGURIDAD FRONTERIZA.

Propiciar el desarrollo y use de tecnologías avanzadas para fortalecer la comunicación entre las Fuerzas Armadas y las Policías Nacionales de los dos países y mejorar las actividades de seguridad fronteriza.

VIII. DERECHOS HUMANOS DE LA POBLACION FRONTERIZA.

Desarrollar estrategias y su implementación para evitar el enrolamiento y utilización de pueblos indígenas, menores de edad y demás comunidades en riesgo, en actividades ilícitas por parte de grupos al margen de la ley.

IX. PROCEDIMIENTOS DE INTERVENCION PARA LAS FUERZAS ARMADAS Y LAS POLICIAS NACIONALES.

Adoptar protocolos para la actuación de las Fuerzas Armadas y las Policías Nacionales de los dos países en su interacción con las comunidades étnicas ubicadas en las zonas fronterizas, bajo los principios de protección de los Derechos Humanos, la observancia del Derecho Internacional Humanitario y el reconocimiento a la diversidad cultural.

X. ACCION CÍVICO MILITAR / ACCION INTEGRAL.

Priorizar el desarrollo de programas de atención a necesidades básicas de la población fronteriza. Al considerar el incremento del número de acciones cívico militares binacionales en la zona fronteriza se estima necesario articular este esfuerzo con la participación de la mayor cantidad de entidades y organizaciones tanto estatales como privadas de ambos países.

Asimismo, desarrollar programas de atención a las poblaciones afectadas por situaciones de emergencia y/o desastres naturales, con el apoyo de las Fuerzas Armadas y las Policías Nacionales de ambos países.

XI. ARMAS PEQUEFIAS, LIGERAS, ARMAS ANTIAEREAS PORTATILES, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y MINAS ANTIPERSONALES.

Realizar operaciones coordinadas contra el tráfico ilegal de armas, municiones, explosivos, con base en el intercambio de información entre ambos países, con la finalidad de identificar y neutralizar a las organizaciones dedicadas a ese ilícito. De igual manera, cooperar en desminado humanitario, la educación para el riesgo de minas y atención a víctimas, así como en la lucha contra los artefactos explosivos improvisados utilizados por los grupos armadas ilegales.

XII. CONTRABANDO DE MERCANCIAS.  

Realizar operaciones policiales coordinadas, con apoyo de información de inteligencia puntual y oportuna para identificar y capturar a miembros de organizaciones dedicadas al ingreso de mercancía evadiendo los controles aduaneros.

ACCIONES A DESARROLLAR

Se anexan como parte integrante del presente documento, las acciones a ser desarrolladas en el marco del presente Plan de Acción, las mismas quo serán actualizadas periódicamente. Asimismo, se identifican las Instituciones encargadas de su ejecución.

MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, EVALUACION Y ACTUALIZACIÓN

Los Viceministros de Defensa e Interior del Perú y el Viceministro de Defensa de Colombia serán los responsables de hacer el seguimiento, evaluación y actualización de este Plan de Acción contando para ello con la asesoría de la Comisión Binacional Fronteriza Colombia-Perú en el ámbito de su competencia, así como las sugerencias y recomendaciones que reciba de los Comandos Fronterizos y de los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas y Policías Nacionales de ambos países.

Los Viceministros elevaran a los Ministros para su aprobación las recomendaciones para optimizar y actualizar el presente Plan.

Firmado en la ciudad de Lima, Perú, el día... del mes de.. del año 2011, en tres (03) originales en español.

JAIME THORNE

Doctor

Ministro de Defensa

República del Perú

RODRIGO RIVERA SALAZAR

Doctor

Ministerio de la Defensa Nacional

República de Colombia

MIGUEL HIDALGO MEDINA

Teniente General PNP (r)

Ministro del Interior

República del Perú

ANEXO.

ACTIVIDADES ESPECIFICAS AL PLAN DE ACCION PARA LA SEGURIDAD FRONTERIZA ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DE COLOMBIA Y LOS MINISTERIOS DE DEFENSA Y DEL INTERIOR DEL PERÚ

I. MEDIO AMBIENTE Y BIODIVERSIDAD AMAZONICA. Para las tareas contenidas en esta materia se actuará bajo el marco de las competencias del Ministerio de Defensa Nacional de Colombia y del Ministerio de Defensa y del Interior del Perú no sin ello se debe dejar de mencionar que la efectividad de estas acciones, exige la colaboración y compromiso ante las autoridades regionales de ambos países.

1) Efectuar una verificación de la normatividad legal en cuanto a los delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales, debiendo el Grupo de Coordinación Regional, señalado en el parrafo II, presentar un informe sobre la materia.

2) Efectuar un registro fílmico de la zona fronteriza (fotografías aéreas), para la identificación, ubicación y cuantificación de cultivos ilícitos; y las áreas deforestadas.

3) Determinar los procesos de migración y desplazamiento de las comunidades indígenas y colonos.

4) Efectuar acciones tendientes a la ubicación de las dragas y maquinaria utilizada en la explotación ilícita de yacimientos mineros, tala ilegal y cultivos ilícitos.

5) Establecer protocolos y procedimientos para la ejecución de operaciones binacionales, las cuales se deberán realizar por lo menos cada 4 meses, a partir del mes de junio del año 2011.

6) Coordinar con las autoridades competentes de cada país a fin de realizar acciones conjuntas binacionales para la judicialización y desarticulación de organizaciones dedicadas a actividades ilícitas contra de la biodiversidad.

II. TRAFICO ILICITO DE DROGAS.

Conformar un Grupo de Coordinación Regional a cargo de los Comandantes Militares, de Policías y demás organismos de seguridad de la Región de ambos países, en el ámbito de la competencia que le corresponde a cada uno de los siguientes integrantes:

PERU

- Comandante General del Comando Operacional de la Amazonia.

- Comandante General de Operaciones de la Amazonia.

- Jefe del Distrito de Capitanías N° 5.

- Director de la V Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú.

COLOMBIA

- Comandante de la VI División del Ejercito Nacional de Colombia.

- Comandante de la Fuerza Naval del Sur.

- Comandante de la Brigada XXVI del Ejercito Nacional de Colombia.

- Comandante del Departamento de Policía Amazonas.

- Director Seccional del Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia.

- Comandante de Guardacostas del Amazonas.

El Grupo de Coordinación Regional efectuara el planeamiento de las acciones que garanticen el cumplimiento y efectividad de las tareas aquí descritas:

1) Designar Oficiales de enlace de los organismos de Policía Judicial e Inteligencia de ambos países. En el caso de Colombia se nombra a quien ocupe el cargo de Jefe de la SIJIN (Policía Judicial), SIPOL (Inteligencia del Departamento de Policía del Amazonas) y enlace del Departamento Administrativa de Seguridad (coordinador operativo y coordinador de inteligencia). Para el caso del Perú quien ocupe el cargo de Jefe de la V Dirección Territorial de la PNP de Iquitos.

2) Intercambiar información de los mapas judiciales y demás intervinientes en el proceso de judicialización de Perú y Colombia, destacando las unidades que adelanten investigación criminal frente a los delitos y las autoridades judiciales (fiscales y jueces), así como las autoridades competentes para conocer de las conductas delictivas.

3) Aportar el flujograma de procedimiento por cada uno de los delitos conexos al trafico ilícito de drogas, a fin de determinar las rutas a seguir ya sea en materia penal o administrativa.

4) Presentar un avance de las investigaciones que esten en curso, y que involucren delitos trasnacionales sobre la región limitrofe, la presentación del citado informe estate a cargo de las policías judiciales u organismos de investigación criminal de ambos países.

5) Fortalecer mecanismos de intercambio de información en tiempo real entre los Oficiales de Enlace nombrados por bs dos países frente a las diferentes modalidades delictivas.

6) Generar espacios de capacitación binacional en investigación criminal e inteligencia entre los organismos de seguridad del Perú y Colombia.

7) Generar una reunión mensual o cuando se amerite, entre los enlaces de investigación criminal e inteligencia (Policías Nacionales y demás organismos de investigación criminal e inteligencia), para analizar las informaciones que sean de interés para ambos países aportando lo que esté al alcance para el desarrollo de las investigaciones; de igual manera, los informes de inteligencia deberán ser analizados pare que coadyuven a las investigaciones que están en curso o que sirvan como orientadores en nuevos procesos judiciales, igualmente se deberán actualizar las apreciaciones de inteligencia. Adicionalmente, en esta reunión podrán participar representantes de las Fuerzas Militares de ambos países quienes aportarán apreciaciones de inteligencia. Asimismo, coordinaran la ejecución de operativos conjuntos, coordinados y sincronizados que se reflejen en acciones puntuales de la lucha contra el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos.

8) Compartir los avances investigativos y en materia de inteligencia en las reuniones de la COMBIFRON.

9) Presentar en las reuniones de COMBIFRON un informe de las dificultades que se están presentando frente a los procesos de investigación criminal, a efectos de diseñar estrategias o coordinaciones con los entes intervinientes en el procedimiento penal, a fin de garantizar la efectividad de la investigación criminal.

10) Proponer a través de los oficiales de enlace de ambos países en inteligencia y policía judicial los cambios normativos necesarios para facilitar los procedimientos en investigación criminal con base en las experiencias adquiridas en las tareas de coordinación para ambos países, teniendo en cuenta que no deben contravenir el ordenamiento constitucional.

El Grupo de Coordinación Regional, en los próximos 45 días Útiles presentara a sus respectivos superiores y a través de ellos a los Ministros de Defensa Nacional de Colombia y a los Ministros de Defensa e Interior del Pero un informe sobre las modalidades de operativos nacionales y binacionales y los requerimientos para su implementación, de igual monto los funcionarios de enlace en los próximos 30 días intercambiaran la normatividad y la descripción del funcionamiento del sistema de control del comercio licito de insumos controlados, empresas productoras, sistemas de control a importaciones, venta al usuario, use y transporte, asimismo intercambiaran la información relacionada a los insumos decomisados o hallados durante los operativos entre otros aspectos relevantes de cada país, para hater frente al desvió de insumos químicos utilizados en la producción de drogas ilícitas.

III. LAVADO DE ACTIVOS Y FINANZAS ILICITAS.

Avanzar de manera conjunta en la definición y fortalecimiento de mecanismos de cooperación en materia de intercambio de información, experiencias y capacitación, para apoyar en el marco de su competencia, la lucha integral contra las finanzas de los grupos delictivos organizados transnacionales y el lavado de actives.

IV. CONTROL FRONTERIZO.

1) Realizar un ciclo de capacitaciones y actualizaciones binacional y recíproca, que se iniciara con una actividad académicos en el mes de junio en la ciudad de Iquitos con la participación de las autoridades migratorias peruanas y colombianas, en el marco del taller de capacitación de control migratorio y documentación fraguada (falsa o adulterada) y proceso de expulsión y salida obligatoria de ambas partes.

2) Implementar mecanismos de verificación de autenticidad de documentos con la participación de funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad y funcionarios de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, con el fin de reducir la ilegalidad de la zona.

3) Implementar medios logísticos y tecnológicos con el objetivo de viabilizar un canal seguro y efectivo del control migratorio, para así incrementar el control de esta zona, que se encuentre complementado con un sistema de interconexión de carácter personal o tecnológico entre Perú y Colombia.

V. TRATA DE PERSONAS Y TRAFICO ILICITO DE MIGRANTES.

1) Realizar durante el desarrollo de las Acciones Cívicas / Acciones Integrales seminarios conjuntos a cargo del Ministerio del Interior del Peri, y del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y de la Policía Nacional de Colombia sobre trata de personas y tráfico de migrantes para sensibilizar y concientizar a la población de la problemática.

2) Establecer puntos de contacto entre el Ministerio del Interior del Perú y el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y la Policía Nacional de Colombia para el intercambio de información y coordinación de operativos para la prevención y judicialización del delito de trata de personas.

3) Proyectar la reunión de coordinación en Iquitos con marco del taller de capacitación, para ser ampliado en el intercambio de información de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.

4) Incorporar a la Jornada Binacional de Desarrollo (Acción Integral/Acción cívica) a la Policía Nacional de Colombia para que participe en la prevención de la trata de personas y acompañamiento a las víctimas.

VI. CONTROL DE NAVEGACION FLUVIAL.

1) Se propone recibir respuesta sobre la revisión del procedimiento de intervención a artefactos fluviales propuesto por el Perú, por parte de la Armada Colombiana (FNS) para así estandarizar los procesos de ambas partes a más tardar el 20 de Julio del 2011.

2) Estandarizar los procedimientos de intervención a artefactos fluviales, así como implementar* un intercambio de experiencias entre ambos países para combatir la minería ilegal en los dos fronterizos, el citado proceso de estandarización se deberá efectuar de manera conjunta y se iniciará con una reunión a llevarse a cabo entre el Comandante de la Fuerza Naval del Sur y el Comandante General de Operaciones de la Amazonia en Puerto Leguizamo, el 20 de mayo del 2011.

3) Dar estricto cumplimiento a las reuniones trinacionales de Capitanías de Puerto de Leticia e Iquitos, con una participación de la Capitanía de Puerto de Tabatinga de acuerdo al cronograma aprobado.

VII. TECNOLOGIAS PARA LA SEGURIDAD FRONTERIZA.

Impulsar la implementación del Sistema de Vigilancia de la Amazonia (SIVAM), para monitorear la región amazónica y proteger su riqueza ambiental, socioeconómica, biodiversidad e hidrología.

VIII. DERECHOS HUMANOS DE LA POBLACION FRONTERIZA.

1) Efectuar a. cargo de la Fuerza Naval del Sur de Colombia y la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia y la V Zona Naval del Perú en coordinación con los organismos competentes, deberán efectuar, un levantamiento de información en las comunidades de la zona fronteriza durante las acciones cívicas que se ejecuten tanto de manera binacional como nacional, con el fin de identificar Ia existencia de violaciones de los derechos humanos contra los pobladores y su comunidad.

2) Elaborar en forma combinada entre la Fuerza Naval del Sur de Colombia y la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia y la V Zona Naval del Perú en coordinación con los organismos competentes, un formato Único que contenga de manera clara y objetiva información relacionada con violaciones de los derechos humanos y las necesidades priorizadas de las comunidades de las zonas fronterizas, con el propósito de optimizar información con datos estadísticos viables para la formulación de acciones relacionadas con protección de los derechos humanos y la intervención del estado.

IX. PROCEDIMIENTOS DE INTERVENCION PARA LAS FUERZAS ARMADAS Y LAS POLICÍAS NACIONALES.

Adoptar protocolos para la actuación de las Fuerzas Armadas y las Policías Nacionales de los dos países en su interacción con las comunidades étnicas ubicadas en las zonas fronterizas, bajo los principios de protección de los Derechos Humanos, la observancia del Derecho Internacional Humanitario y el reconocimiento a la diversidad cultural.

X. ACCION CIVICO MILITAR / ACCION INTEGRAL.

1) Coordinar entre la Fuerza Naval del Sur de Colombia y la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia y la V Zona Naval acciones concretas y focalizadas con otras entidades del Estado e Instituciones privadas, con el objetivo de fortalecer las. Acciones Cívico Militares y/o Jornadas de Apoyo al desarrollo llevadas a cabo por ambos países.

2) Elaborar de manera combinada entre la Fuerza Naval del Sur de Colombia y la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia y la V Zona Naval, un cuadro de las principales necesidades y confeccionaran un mapeo de las comunidades fronterizas, con la finalidad de identificar las zonas críticas y generar iniciativas concretas y focalizadas con otras entidades del Estado e Instituciones privadas.

3) Diseñar a través de sus respectivos Ministerios de Defensa un cronograma que posibilite la participación en Acciones Cívicas y Acciones Integrales en forma binacional y efectuar el intercambio de experiencias y buenas practicas relacionadas con la presente materia.

XI. ARMAS PEQUENAS, LIGERAS, ARMAS ANTIAEREAS PORTATILES, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y MINAS ANTIPERSONALES.

ARMAS PEQUERAS, LIGERAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS

1) Efectuar el intercambio información, entre todas las autoridades en capacidad de hacerlo a nivel nacional y de frontera relacionado con el tipo de armas, municiones y explosivos que vienen siendo demandadas ilícitamente o traficadas; asimismo compartir información sobre las rutas, modalidades y canales de abastecimiento que actualmente están utilizando los grupos armados ilegales o delictivos en cada uno de los países, con el objetivo de mantener actualizado el diagnóstico de la situación y conocer las nuevas tendencias así como individualizar organizaciones.

2) Intercambiar información sobre la normatividad, instructivos y la descripción del funcionamiento del sistema de control del comercio ilícito, empresas productoras, sistema de control de importaciones, venta al público, entre otros aspectos relevantes de cada País, con la finalidad de transparentar la información y elaborar protocolos. Para este fin se deberá establecer canales seguros de comunicación en la región fronteriza, nombrándose como los puntos focales para intercambiar información y el envió de requerimientos de cooperación en la zona fronteriza a la Brigada 26 del Ejercito Nacional de Colombia y el Comando Operacional de la Amazonia del Perú.

Programar para dentro de SESENTA (60) días, la primera reunión de las autoridades nacionales encargadas del desminado humanitario, la educación para el riesgo de minas y la atención a las víctimas.

ARTEFACTOS EXPLOSIVOS IMPROVISADOS

Intercambiar información sobre experiencias basadas en el entrenamiento y capacitación para las Fuerzas Armadas y Policiales, teniendo en cuenta los retos que enfrentan ambos países en la lucha contra el empleo de artefactos explosivos improvisados por parte de los grupos armados ilegales y aprovechando la experiencia que han generado ambos países en este tema, se encarga al Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas del Perú y el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia el ofrecimiento o continuación, según el caso, del intercambio de:

- Procedimientos de atención medica primaria para victimas (enfermeros de campo). Procedimientos para detección y destrucción de artefactos explosivos improvisados.

- Mantenimiento los convenios de capacitación y expandirlos para la creación de grupos móviles de entrenamiento.

XII. CONTRABANDO DE MERCANCIAS.

Realizar operaciones coordinadas con las autoridades competentes, con apoyo de información de inteligencia puntual y oportuna para identificar y capturar a miembros de organizaciones dedicadas al ingreso de mercancía evadiendo los controles aduaneros.

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Última actualización: 30 de septiembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.869 - 4 de septiembre de 2024)

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