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DECRETO 2431 DE 2022

(diciembre 9)

Diario Oficial No. 52.243 de 9 de diciembre de 2022

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.

Que, como candidato a ocupar el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Antalya, República de Turquía, la Embajada de Colombia ante la República de Turquía ha propuesto mediante el memorando ETRAKR.268/21 del 10 de noviembre de 2021 al señor MEUH BEKEN con pasaporte turco número U15495232.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto 1067 de 2015, corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República de Turquía, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado- Honorario en la ciudad de Antalya, República de Turquía, así como el nombramiento del señor Melih Beken como Cónsul Honorario.

Que mediante el memorando I-GECOE-22-004169 del 4 de abril de 2022, la Dirección de Europa igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuesto. Asimismo, con la Nota Verbal número Z-2022/80225068- KOPR/34100568 del 8 de marzo de 2022, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Turquía manifestó su beneplácito frente a la apertura y nombramiento propuestos.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. CREAR. Créase el Consulado Honorario de Colombia en la ciudad de Antalya, República de Turquía.

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ARTÍCULO 2o. DESIGNAR. Desígnese al señor Melih Beken con pasaporte turco número U15495232 como Cónsul Honorario en la ciudad de Antalya, con circunscripción en la Provincia de Antalya de la República de Turquía por un periodo inicial de cuatro (4) años.

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ARTÍCULO 3o. COMUNICAR. Comuníquese a través de la Embajada al señor Melih Beken y al Estado receptor el presente Decreto.

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ARTÍCULO 4o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2022.

GUSTAVO PETRO URREGO.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Álvaro Leyva Durán.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 30 de septiembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.869 - 4 de septiembre de 2024)

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