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TÍTULO X.

DISPOSICIONES VARIAS Y TRANSITORIAS

<Título derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia

CAPÍTULO I.  

DEL REGISTRO Y CONTROL DE NOVEDADES DE PERSONAL

ARTICULO 260. <Artículo derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia
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ARTICULO 261. <Artículo derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia
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ARTICULO 262. <Artículo derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia
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ARTICULO 263. <Artículo derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia
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CAPÍTULO II.  

DE LOS CONCURSOS Y CURSOS DE ADIESTRAMIENTO PARA INGRESO A LA

CARRERA DEL PERSONAL EN SERVICIO

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ARTICULO 264. <Artículo derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia
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ARTICULO 265. <Artículo derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia
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ARTICULO 266. <Artículo derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia
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ARTICULO 267. <Artículo derogado por el artículo 72 del Decreto 256 de 1994>

Notas de vigencia
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 TITULO XI.  

DE LA VIGILANCIA ADMINISTRATIVA

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ARTICULO 268. De acuerdo con los artículos 143 y 145 de la Constitución Nacional, corresponde al Procurador General de la Nación y a los demás funcionarios del Ministerio Público supervigilar la conducta de los empleados oficiales para hacer que desempeñen cumplidamente sus deberes.

Notas del Editor
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ARTICULO 269. <Derogado tácitamente por el Artículo 13 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
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ARTICULO 270. <Derogado tácitamente por el Artículo 14 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
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ARTICULO 271. <Derogado tácitamente por el Parágrafo del Artículo 14 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
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CAPÍTULO I.  

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA VIGILANCIA ADMINISTRATIVA

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ARTICULO 272. <Derogado tácitamente por el Artículo 15 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 273. <Derogado tácitamente por el Artículo 16 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 274. <Derogado tácitamente por el Artículo 17 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 275. <Derogado tácitamente por los Artículos 18 y 21 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 276. <Derogado tácitamente por el Artículo 18 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 277. <Derogado tácitamente por el Artículo 19 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 278. <Derogado tácitamente por el Artículo 20 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 279. <Derogado tácitamente por el Artículo 21 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 280. <Derogado tácitamente por el Artículo 15 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 281. <Derogado tácitamente por el Artículo 10 de la Ley 13 de 1984>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 282. <Derogado tácitamente por el Artículo 23 de la Ley 25 de 1974>.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTICULO 283. <Derogado tácitamente por el Artículo 24 de la Ley 25 de 1974>.

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ARTICULO 284. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.E., a 24 de Septiembre de 1973

MISAEL PASTRANA BORRERO

CARMENZA ARANA DE RAMIREZ

Jefe Departamento Administrativo del Servicio Civil

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de julio de 2019

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