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DECRETO 1886 DE 2012

(septiembre 11)

Diario Oficial No. 48.550 de 11 de septiembre de 2012

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Por el cual se dictan disposiciones en materia de requisitos para el desempeño de un empleo.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 5o del Decreto número 770 de 2005,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo compilado en el artículo 2.2.2.7.7 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 3.1.1 del mismo Decreto 1083 de 2015> Para el desempeño del empleo de Ministro Consejero del Presidente de la República, Código 1185, se requiere acreditar los mismos requisitos señalados en el artículo 207 de la Constitución Política para ocupar el cargo de Ministro del Despacho.

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ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 2012

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

ELIZABETH RODRIGUEZ TAYLOR.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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