Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

DECRETO 1496 DE 2020

(noviembre 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por el cual se hace una designación en el Servicio Exterior de una Cónsul Honoraria

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2o del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.

Que de conformidad con el literal d) del artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.

Que mediante el Decreto 2038 del 2 de octubre de 2012, se creó el Consulado Honorario de Colombia en Mendoza, República Argentina y designó a la señora CECILIA INÉS BARÁS, como Cónsul Honoraria de Colombia en Mendoza, con circunscripción en toda la provincia de Mendoza de la República Argentina.

Que mediante el Decreto 773 del 15 de mayo de 2017, se aceptó la renuncia de la señora CECILIA INÉS BARÁS, al cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Mendoza, República Argentina.

Que como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Mendoza, República Argentina, la Embajada de Colombia ante la República Argentina ha propuesto, por medio de los memorandos E. 20- 1108/421 y E.20-1107/420 del 31 de agosto de 2020 a la señora SOFÍA EUGENIA PESCARMONA, ciudadana argentina.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3., corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República Argentina, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado el nombramiento de la señora SOFÍA EUGENIA PESCAROMONA, como Cónsul Honoraria.

Que mediante el memorando No. E. 20-1300/447 del 6 de octubre de 2020, la Embajada de Colombia ante la República Argentina señaló que la Dirección Nacional de Ceremonial del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina informó “que al ser una candidata de nacionalidad argentina, para poder recibir el honor que se propone, es preciso que primero sea autorizado por Ley del Congreso, tramite que iniciará una vez contemos con la totalidad de la documentación solicitada”, entre ella “ Fotocopia del Acta de Nombramiento (Carta Patente) con circunscripción de la Provincia”.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. DESIGNAR a la señora SOFÍA EUGENIA PESCARMONA, como Cónsul Honoraria en Mendoza, con circunscripción en las Provincias de Mendoza, San Juan, San Luis y la Rioja de la República Argentina por un periodo inicial de cuatro (4) años.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a 23 NOV 2020

CLAUDIA BLUM

Ministra de Relaciones Exteriores

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 30 de septiembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.869 - 4 de septiembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.