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DECRETO 1027 DE 2007

(marzo 30)

Diario Oficial No. 46.887 de 30 de enero de 2008

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Por el cual se modifica la fecha de entrega del Informe Ejecutivo Anual de Evaluación del Sistema de Control Interno.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 87 de 1993,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo compilado en el artículo 2.2.21.2.5 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 3.1.1 del mismo Decreto 1083 de 2015> Ampliar hasta el 30 de abril de 2007 la fecha de entrega al Consejo Asesor en materia de Control Interno de las entidades del orden nacional y territorial, de la copia del Informe Ejecutivo anual de Evaluación del Sistema de Control Interno, correspondiente a la vigencia 2006.

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ARTÍCULO 2o. <Artículo compilado en el artículo 2.2.21.2.5 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 3.1.1 del mismo Decreto 1083 de 2015> A partir del 2008 la copia del Informe Ejecutivo Anual de Evaluación del Sistema de Control Interno, deberá presentarse antes del 28 de febrero.

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ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto 153 de 2007.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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