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CIRCULAR CONJUNTA 1000 - 002 DE 2008

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

PARA:Ministros, directores de departamento administrativo superintendentes, Directores de unidades administrativas' gobernadores, Alcaldes, secretarios de despacho y en general representantes legales de las entidades del sector central y descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional y de los niveles departamental distrital y municipal.

Rama judicial, organización electoral, organismos de control, organismos autónomos, entes universitarios autónomos.
 
DE:Ministro de relaciones exteriores, Ministro del interior y de justicia y Director del departamento administrativo de la función pública.
 
ASUNTO:Actualización de registro de firmas de autoridades públicas o funcionarios delegados para efectos de apostilla o legalización de documentos por parte del gobierno Colombiano que surtiran efectos legales en el Exterior.

Con el propósito de garantizar la efectividad del trámite de solicitud de apostilla[1](1) de los documentos colombianos que deben ser presentados en el exterior, y debido al alto índice de solicitudes provenientes de las Gobernaciones y Alcaldías! que no han podido ser tramitadas oportunamente debido a que en la Cancillería no se cuenta con las firmas registradas de los responsables, se requiere con carácter de urgencia, el registro de las mismas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de las autoridades públicas que se posesionaron para el periodo 2008 - 2010 y de los funcionarios delegados para firmar dichos documentos.

Así mismo, se solicita a las entidades que cuentan con firmas ya registradas confirmar mediante oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores, los nombres de los funcionarios autorizados para firmar, así como el tipo de documentos avalados por ellos y, de considerarlo pertinente, actualizar su Tarjeta de Registro de Firma.

Para tal efecto se debe:

1. Diligenciar la Tarjeta de Registro de Firma, que se puede obtener de la página Web de la Cancillería en la siguiente dirección electrónica: www.cancilleria.gov.coa través de la opción "trámites y servicios" o solicitarlo en las Oficinas de Legalizaciones y Apostilla de dicho Ministerio.

2. Adjuntar fotocopia del acto administrativo de nombramiento, de la delegación respectiva si fuere el caso y del Acta de posesión.

Los anteriores documentos deberán ser remitidos antes del 30 de julio de 2008, a través de los siguientes medios:

Carrera 13 N° 26-45 Interior 7 - Bogotá

Coordinación de Legalizaciones y Apostilla - Centro Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

Este procedimiento es permanente y se debe realizar en caso de cualquier nombramiento o traslado de autoridad pública que requiera firmar documentos y que deban ser presentados en el exterior.

Lo anterior, en desarrollo de los principios establecidos en los artículos 6 de la Ley 489 de 1998 y 16 de la Ley 962 de 2005.

Cordialmente,

FERNANDO ARAUJO PERDOMO

Ministro de Relaciones Exteriores

FABIO VALENCIA COSSIO

Ministro del Interior y de Justicia

FERNANDO GRILLO RUBIANO

Director del Departamento Administrativo

De la Función Pública

NOTAS AL PIE:

1. La apostilla en Colombia es una certificación oficial sobre la validez de un documento que realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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