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CIRCULAR 123 DE 2021

(noviembre 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA: PERSONALINTERNO
COORDINADORES
DIRECTORES
VICEMINISTERIOS
DE:LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO
ASUNTO:CIERRE FINANCIERO VIGENCIA FISCAL 2021 CANCILLERIA INTERNA

Con el ánimo de efectuar el cierre de vigencia en materia financiera de una manera oportuna, de la manera más atenta me permito informar las actividades requeridas y las fechas límites para el desarrollo de diferentes procesos administrativos y financieros, así:

PROCESOS INTERNOS

No.PROCESOFECHA LIMITE
1Recepción de solicitudes para expedición de Certificados de Disponibilidad PresupuestalDiciembre 13/2021
2Radicación de legalizaciones de comisiones de servicios por parte del GIT de Tiquetes y Viáticos al Grupo Interno de Trabajo de Cuentas por Pagar y/o Grupo Interno de Trabajo Financiero del Fondo RotatorioDiciembre 14/2021
3Pago de comisiones nacionales por parte de la Tesorería del Grupo Interno de Trabajo Financiero del Fondo Rotatorio a funcionariosDiciembre 14/2021
4Recepción de documentos con todos los requisitos exigidos para el trámite de pagos del mes de diciembre de 2021 (las facturas o cuentas de cobro presentadas después de esta fecha quedarán en cuentas por pagar y su pago se efectuará en la vigencia de 2022)Diciembre 17/2021
5Legalización definitiva de Cajas MenoresDiciembre 17/2021
6Registros Presupuestales de CompromisosDiciembre 21/2021
7Negociación de moneda extranjera por parte de la Tesorería del Grupo Interno de Trabajo Financiero del Fondo Rotatorio para atender pagos de: Giros al Exterior, Viáticos, Pasajes y ComisionesDiciembre 21/2021
8Recepción en Almacén de pedidos referentes al suministro de bienes de consumo y devolutivos. Pedidos recibidos después del 21 de diciembre de 2021 serán atendidos a partir del 11 de enero del 2022Diciembre 21/2021
9Radicación de memorandos de solicitud de aperturas deCajas Menores para la vigencia 2022Diciembre 23/2021
10Radicación de solicitudes de constitución de reserva presupuestalDiciembre 27/2021
11Pagos de las obligaciones de la vigencia 2021 tramitadas por el Grupo Interno de Trabajo de Cuentas por Pagar y sujetos a disponibilidad del PACDiciembre 28/2021

PROCEDIMIENTOS PARTICULARES

1. Pago a Contratistas

Para proceder al pago del mes de diciembre, los contratistas deben anexar, además de los documentos exigidos para el pago, el formato GA-FO-04 Solicitud de traslado o devolución de elementos. (aplica cuando el contratista termina labores con el Ministerio de Relaciones Exteriores o el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, debe tener visto bueno del Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Almacén).

Igualmente, deberán allegar copia del soporte remitido al Grupo Interno de Trabajo de Licitaciones y Contratos, de la publicación del informe final de supervisión en la plataforma SECOP II.

En el caso de que el contrato haya sido por acuerdo marco, se deberá allegar copia del correo electrónico enviado con el informe final de supervisión a la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Licitaciones y Contratos.

2. Legalización definitiva de Cajas Menores.

a. La Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Cuentas por Pagar hará llegar vía correo electrónico los documentos que deben presentarse para la respectiva legalización y cierre definitivo de la caja menor.

b. El responsable de la Caja Menor debe realizar el reintegro del saldo que arroja la cuenta corriente asignada a su caja a la cuenta corriente “Fondos Comunes CITIBANK No. 0006073019

c. Debe consignar de manera separada el valor de las retenciones efectuadas durante el mes de diciembre en la cuenta corriente “Fondos Comunes CITIBANK No. 0006073019''

d. Presentar ante la Tesorería del Grupo Interno de Trabajo Financiero del Fondo Rotatorio, copia de la consignación para que le expidan el comprobante de ingreso.

e. Presentar ante el Grupo Interno de Trabajo de Cuentas por Pagar la comunicación de la legalización, acompañada de los documentos soporte de acuerdo con el procedimiento GF-PT-14 Creación legalización y reembolso de cajas menores.

3. Liberación de saldos que no serán ejecutados.

En caso de actos administrativos que presenten recursos que no van a ser ejecutados, se debe solicitar a más tardar el día 3 de diciembre de 2021 su liberación, esto mediante comunicación expedida por el supervisor/interventor donde se indique el monto del saldo a liberar. En caso de existir excedentes que no sean informados se ocasionará devolución de recursos a la Dirección del Tesoro Nacional y los mismos valores serán reducidos de las necesidades del área en la siguiente vigencia.

Es pertinente anotar que los cumplimientos de los plazos indicados en la presente Circular son imperativos, razón por la cual agradecemos su compromiso con las fechas aquí estipuladas, ya que el incumplimiento a las fechas dará lugar a:

- No pago de obligaciones y compromisos dentro de la vigencia 2021.

- Imposibilidad de cierre presupuestal de las cajas menores y la aplicación de reintegros y deducciones.

- Solicitud de vigencias expiradas.

- Procesos administrativos de control interno y/o disciplinario

Cordialmente,

LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO

Secretario General

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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