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CIRCULAR 109 DE 2021

(octubre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:CONSULADOS EN EL EXTERIOR MISIONES EN EL EXTERIOR EMBAJADAS EN EL EXTERIOR CANCILLERIA INTERNA
DE:LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO
ASUNTO:Turnos de descanso compensado festividades de fin de año

Apreciados funcionarios:

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.5.5.51 del Decreto 1083 de 2015, el cual establece que al empleado público se le podrá otorgar descanso compensado para festividades de fin de año, siempre y cuando haya compensado el tiempo laboral equivalente al tiempo del descanso, de acuerdo con la programación que establezca cada entidad, la cual deberá garantizar la continuidad y no afectación en la prestación del servicio; se han establecido dos (2) turnos de descanso compensado.

Por instrucción de la Vicepresidente y Canciller MARTA LUCÍA RAMÍREZ, y con el fin de garantizar el servicio óptimo de nuestras dependencias en planta interna y externa, se solicita a los funcionarios que deseen hacer uso del descanso compensado, la compensación de este tiempo de acuerdo con la distribución de los turnos que realice cada jefe de dependencia, la cual deberá garantizar la continua y oportuna prestación de los servicios a su cargo, teniendo presente que cada uno de los funcionarios deberá laborar en tiempo adicional a la jornada ordinaria con el fin de compensar en tiempo un total de 40 horas.

Para dar cumplimiento a la programación, los Jefes de cada dependencia o Misión deberán informar a la Dirección de Talento Humano, por medio del correo de [email protected], a más tardar el 13 de octubre de 2021, el turno elegido por cada funcionario.

PLANTA INTERNA

TURNODELALDÍASREGRESO
1Lunes 20 de
Diciembre de 2021
Viernes 24de Diciembre de 20215Lunes 27 de
Diciembre de 2021
2Lunes 27 de
Diciembre de 2021
Viernes 31 de Diciembre de 20215Lunes 03 de
Enero de 2022

Cada Jefe acordará, coordinará y hará seguimiento al cumplimiento del horario de compensación de cada funcionario.

Teniendo en cuenta que las funciones que desarrolla la Dirección Administrativa y Financiera, esta Dirección programará sus turnos de descanso compensado de festividades de fin de año sólamente durante el mes de diciembre de 2021 o enero de 2022.

PLANTA EXTERNA

TURNODELALDÍASREGRESO
1Lunes 20 de
Diciembre de 2021
Viernes 24 de Diciembre de 20215Lunes 27 de Diciembre de 2021
2Lunes 27de
Diciembre de 2021
Viernes 31 de Diciembre de 20215Lunes 03 de Enero de 2022

En las misiones diplomáticas u oficinas consulares, cada Jefe de Misión acordará, coordinará y hará seguimiento al cumplimiento del horario de compensación de cada funcionario.

En caso de los países que, entre los turnos de descanso compensado de festividades de fin de año indicados, se encuentre un festivo establecido por el país, el Jefe de Misión coordinará la compensación de los turnos.

ASPECTOS GENERALES

Finalmente, es importante hacer claridad sobre los siguientes aspectos:

A. La compensación será de una (1) hora diaria entre el 14 de octubre y el 16 de diciembre de 2021.

B. Se debe informar antes del 13 de octubre de 2021, el nombre del funcionario que quedará encargado durante el disfrute del turno de Embajadores, Cónsules, Encargados de Negocios a.i., Encargados de Funciones Consulares y Directores. El funcionario deberá contar con el certificado digital que le permita cumplir cabalmente con las funciones asignadas.

C. En el caso de que, por estrictas necesidades del servicio debidamente justificadas, se requiera cambiar el turno establecido de un servidor, solo se aceptarán estas novedades hasta el 19 de noviembre de 2021.

D. No se autoriza compensar el tiempo en las horas destinadas para el almuerzo, ni en horario diferente al acordado con el Jefe de cada dependencia o Jefe de Misión.

E. No aplicaran los turnos compensados que refiere la presente circular a los funcionarios que disfruten vacaciones entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de enero de 2022.

F. No se podrán unir permisos remunerados con los turnos de festividades de fin de año indicados.

G. Los funcionarios autorizados para trabajar horas extras deberán descontar el tiempo compensado (1 hora diaria), para acceder al disfrute de uno de los turnos de descanso compensado.

H. Los funcionarios que se encuentren en la modalidad de teletrabajo deberán ampliar una hora sus jornadas laborales realizadas en el lugar de teletrabajo. Los días en que presten sus servicios en las instalaciones de la entidad cumplirán la jornada habitual con su respectiva compensación.

I. Los funcionarios que se encuentren en la modalidad de trabajo en casa deberán ampliar una hora sus jornadas laborales.

J. En caso de no poder compensar en el horario acordado con el Jefe de cada dependencia o Jefe de Misión, con ocasión a calamidad doméstica, incapacidad, cita médica, estudio o por cualquier otra justa causa debidamente justificada, deberán acordar la reposición de dicho tiempo con su jefe, de manera que se logren acumular las 40 horas.

K. Los funcionarios que no puedan compensar en su totalidad el tiempo no tendrán derecho a disfrutar el turno, dado que no existen turnos parciales.

L. El tiempo de los turnos no podrá ser postergado, como tampoco podrá ser compensado en tiempo o en dinero.

M. El Jefe inmediato se responsabilizará del cabal cumplimiento del horario de compensación acordado y del retorno a sus funciones, una vez disfrutado el turno de festividades de fin de año por parte de los funcionarios. En caso de lo contrario, se deberá notificar inmediatamente a la Dirección de Talento Humano.

N. Los Jefes de Misión y Jefes de Oficina Consular serán los responsables de la adecuada prestación del servicio. Para lo cual, en ningún caso deben quedarencargados funcionarios que no tengan el certificado digital que les permita cumplir cabalmente con las funciones asignadas.

Cualquier duda o inquietud podrá ser presentada de manera escrita al correo electrónico [email protected], donde se dará respuesta oportunamente

En nombre de la Vicepresidente y Canciller MARTA LUCÍA RAMÍREZ, agradecemos su compromiso y colaboración en el cumplimiento de las instrucciones impartidas en esta Circular, con la esperanza que todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores puedan hacer uso de estos días de descanso compensado junto a sus familias y seres queridos.

Cordialmente,

LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO

Secretario General

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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