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CIRCULAR 101 DE 2021

(septiembre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:EMBAJADAS EN EL EXTERIOR

DE:

SONIA MARINA PEREIRA PORTILLA
ASUNTO: Perfiles redes sociales

Respetados funcionarios:

Establece el numeral 12 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, que es función del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, “Definir, aprobar y dirigir todo lo relacionado con las comunicaciones estratégicas internas y externas, la imagen institucional y la divulgación de los planes, programas, proyectos y actividades del Ministerio y sus Misiones, tanto en el ámbito nacional como internacional”.

En cumplimiento de lo anterior, y por directriz de la señora Vicepresidente y Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, Marta Lucía Ramírez se autoriza a todas las Embajadas y misiones en el exterior la creación de perfiles de sus redes sociales con el objetivo de generar una comunicación más asertiva y efectiva tanto para los connacionales como para la comunidad internacional.

En ese sentido, el GIT de Prensa y Comunicación Corporativa de la Cancillería estará presto a asesorar a quienes los jefes de misión designen para el manejo de dichas redes sociales.

Cordialmente,

SONIA MARINA PEREIRA PORTILLA

Jefe de Gabinete (E)

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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