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CIRCULAR 97 DE 2021

(agosto 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:EMBAJADAS EN EL EXTERIOR CONSULADOS EN EL EXTERIOR DELEGACIONES EN EL EXTERIOR CANCILLERIA INTERNA

DE:

MARTA LUCÍA RAMÍREZ DE RINCÓN
Vicepresidente y Ministra de Relaciones Exteriores
ASUNTO:Medidas de austeridad del gasto - comisiones de servicios al exterior y en el exterior.

Apreciados funcionarios y supervisores de contratistas:

Como parte de las medidas que se han venido adoptando en todas las entidades de la Rama Ejecutiva para ajustar el presupuesto nacional a la situación actual de las finanzas públicas, el Gobierno en cabeza del presidente Iván Duque, ha exhortado a todos los funcionarios a seguir contribuyendo con el plan de austeridad, con el fin de aunar esfuerzos necesarios para apoyar ese propósito. En este sentido me dirijo ustedes con el fin de hacer referencia a las solicitudes de comisión de servicios fuera de la sede habitual de la prestación de servicio.

Sobre el particular se reitera la Política de austeridad del gasto del Gobierno nacional adoptada mediante el Decreto 371 de 2021, “Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2021 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación”, en especial a los artículos 6, 7, 8, 9, 10 y 11 que reglamentan la prelación de encuentros virtuales, suministro de tiquetes, reconocimiento de viáticos, delegaciones oficiales y autorización previa de las comisiones al exterior, que impliquen gastos adicionales para el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Así mismo, me permito recordarles dar cumplimiento al procedimiento interno de la Cancillería - Tramite de comisiones de Servicios código GH-PT–121, previsto en la Resolución No. 3010 de 2013 y en el Decreto 1083 de 2015.

En este contexto, las comisiones de servicios se aprobarán teniendo en cuenta estrictos criterios de utilidad, permanencia y necesidad.

Las comisiones de servicios al exterior y en el exterior, deben solicitarse con anterioridad, esto es, 15 días hábiles anteriores a la fecha de del viaje, con la finalidad de realizar el estudio de rigor. Se deberá adjuntar la agenda a desarrollar, y los soportes necesarios para la debida consideración.

En este sentido, el tiempo de duración de estas no puede superar un máximo de 2 días de viaje (ida y regreso), salvo en los casos en que quien autoriza la comisión, considere que éstos no son suficientes para el desplazamiento al sitio donde deba cumplirse y su regreso al país, y un máximo 2 días de comisión del exterior hacia Colombia, todas debidamente justificadas y aprobadas por este despacho.

Sin otro particular, me suscribo de ustedes.

Cordialmente,

MARTA LUCÍA RAMÍREZ DE RINCÓN

Vicepresidente y Ministra de Relaciones Exteriores

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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