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CIRCULAR 79 DE 2021

(julio 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA: CONSULADOS EN EL EXTERIOR
EMBAJADAS EN EL EXTERIOR
DE: CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
ASUNTO: Lineamientos de austeridad en los gastos de funcionamiento

Respetados Jefes de Misión Diplomática y Oficina Consular

Con el propósito de dar cumplimiento a las directrices del Gobierno Nacional en materia de austeridad del gasto público establecidas en el Decreto 371 de 2021 y la Directiva Presidencial 09 de 2018; así como fomentar el seguimiento y controles necesarios para que en todas las actuaciones administrativas prevalezca la eficiencia, economía y optimización de los recursos públicos; de manera atenta se imparten lineamientos encaminados a reducir los gastos de funcionamiento de la Embajada o Consulado a su cargo:

- Adelantar gestiones orientadas a renegociar los contratos de arrendamiento de los inmuebles, en los que funcionan las sedes de Embajadas, Consulados y Residencias Oficiales, con el fin de obtener una reducción en el canon de arrendamiento.

- Adoptar acciones encaminadas a racionalizar el uso de insumos y útiles de escritorio. Solamente deberá adquirirse lo estrictamente necesario para el normal funcionamiento de la Embajada u Oficina Consular.

- Fijar topes para el servicio de telefonía celular asignado a Embajadores, Cónsules y Encargados de Funciones Consulares, así como adquirir planes tanto para telefonía fija como para telefonía celular, que generen ahorro en el pago del servicio. En el caso de los Consulados, será el Embajador del respectivo país, quien fije los nuevos topes.

- Incentivar el uso adecuado de los servicios públicos, con el fin reducir su consumo tanto en las instalaciones de Oficinas como de Residencias Oficiales.

- Establecer nuevos topes de consumo de combustible para vehículos oficiales. Los nuevos topes deben suponer una reducción frente a los topes actuales; en el caso de los Consulados, será el Embajador del respectivo país, quien fije los nuevos topes.

- Revisar los contratos celebrados por la Embajada o Consulado, para su normal funcionamiento; esto, con el propósito de incluir cláusulas que permitan flexibilizar los pagos, en función de los servicios efectivamente recibidos. De igual manera, implementar esquemas parala prestación del servicio, que limiten el uso de horas extras.

- Todas las solicitudes, bien sea de partidas o de autorización de gastos, deberán ser remitidas con su respectiva justificación y cotizaciones si es del caso, en las cuales se precise la necesidad de efectuar el gasto en el marco del normal funcionamiento de la Embajada o Consulado.

- Limitar las suscripciones a periódicos, revistas y publicaciones, solo a casos en los que sea estrictamente necesario adquirirlas.

Finalmente, es imperioso que cada ordenador del gasto dé estricto cumplimiento a la normatividad emitida por el Gobierno Nacional, con ocasión del funcionamiento de la Misión u Oficina Consular a su cargo. Así mismo, deberá reportarse a la Dirección Administrativa y Financiera los logros obtenidos con la adopción de los lineamientos señalados.

Cordialmente,

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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