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CIRCULAR 61 DE 2017
(diciembre 6)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Bogotá, D.C.,
Para: | Delegaciones en el Exterior |
De: | Araminta Beltran Urrego |
Asunto: | Ley de Garantias Electorales |
Respetados Señores Jefes de Misión Diplomática y Oficinas Consulares:
Atendiendo lo dispuesto en la Ley 996 de 2005 “.Por medio de la cual se reglamenta la elección de Presidente de la República”, la Circular No 007 del 22 de mayo de 2017, de la Procuraduría General de la Nación y de acuerdo con el calendario electoral establecido por la Registraduría Nacional para el 2018, se informa:
1. RESTRICCIONES A LA CONTRATACIÓN PÚBLICA:
De conformidad con el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, el cual señala que los entes del estado, tendrán prohibido la celebración de contratos por la modalidad de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la elección en la segunda vuelta, si fuere el caso.
Queda exceptuado lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como también los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, de sastres naturales o casos de fuerza mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias. Adicionalmente se exceptúan aquellos gastos inaplazables e imprescindibles que afecten el normal funcionamiento de la administración.”
De acuerdo con lo anterior, y teniendo en cuenta que el calendario electoral establece que la primera vuelta de las próximas elecciones presidenciales es el domingo 27 de mayo de 2018. la restricción comienza a regir a partir del 27 de enero de 2018 y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido.
Por lo anterior, las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares deberán seguir las siguientes instrucciones frente a la contratación de bienes y servicios así:
a. SOSTENIMIENTO DE EMBAJADAS Y CONSULADOS, ADQUISICIÓN DE BIENES:
La compra de materiales y suministros y compra de equipo se deberá realizar así:
S Si la compra se realiza de manera directa tendrá que efectuarse hasta el 26 de enero de 2018, por lo tanto, la compra de estos elementos para el funcionamiento deberá satisfacer la totalidad de las necesidades hasta la elección del presidente de la república.
S Si la compra por causas excepcionales no se realizó de manera directa hasta el 26 de enero de 2018, se podrá adquirir previo proceso de selección con pluralidad de oferentes.
Con el fin de realizar las compras hasta el 26 de enero de 2018, la Dirección Administrativa y Financiera girará esta partida antes del 10 de enero de 2018.
b. SOSTENIMIENTO DE EMBAJADAS Y CONSULADOS, SERVICIOS:
- Servicios Públicos: El pago de los servicios públicos se ejecutará normalmente debido a que no media contratación alguna.
- Servicios de jardinería, servicio de conductor del Jefe de Misión y del Cónsul General Central, vigilancia, aseo, cafetería, traducciones y los demás servicios requeridos de forma continua: Se deberán elaborar y suscribir los contratos a más tardar el 26 de enero de 2018.
- Administración de inmuebles y comisiones bancarias: Se ejecutarán normalmente debido a que no media contratación alguna.
En el evento en el que los servicios de jardinería, vigilancia, aseo, cafetería, traducciones, y demás servicios requeridos de forma continua que no se contraten hasta el 26 de enero de 2018, como los servicios ocasionales podrán contratarse previo proceso de selección con pluralidad de oferentes.
Para los servicios públicos, administración de inmuebles y comisiones bancarias, y para los servicios de jardinería, servicio de conductor del Jefe de Misión y del Cónsul General Central, vigilancia, aseo, cafetería, traducciones y los demás servicios requeridos de forma continua, la Dirección Administrativa y Financiera girará trimestralmente los recursos para la realización de los pagos.
c. ARRENDAMIENTO BIENES INMUEBLES:
Todos los contratos de arrendamiento de las residencias, oficinas, parqueaderos y demás instalaciones requeridas para el normal funcionamiento de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares podrán ser adicionados, prorrogados o modificados en cualquier momento. A partir del 27 de enero y hasta la elección del presidente de la república, no se podrán celebrar nuevos contratos en la modalidad de contratación directa.
Para el pago de los cánones de arrendamiento de los contratos existentes, la Dirección Administrativa y Financiera girará trimestralmente los recursos o según se haya pactado.
d. ARRENDAMIENTO BIENES MUEBLES:
S Arrendamiento de equipos y demás bienes muebles: Se deberán elaborar y suscribir los contratos hasta el 26 de enero de 2018.
En el evento en el que los arrendamientos de equipos y demás bienes muebles no se contraten hasta el 26 de enero de 2018 podrán contratarse previo proceso de selección con pluralidad de oferentes.
La Dirección Administrativa y Financiera girará la partida trimestralmente.
e. OTROS SEGUROS-EXTERIOR:
- Otros Seguros-Exterior: Se deberán elaborar y suscribir los contratos hasta el 26 de enero de 2018.
En el evento en el que los seguros no se contraten hasta el 26 de enero de 2018 podrán contratarse previo proceso de selección con pluralidad de oferentes.
La Dirección Administrativa y Financiera girará la partida necesaria para el pago de las primas.
En todo caso, los contratos existentes para seguros podrán adicionarse, prorrogarse o modificarse en cualquier momento.
f. IMPUESTOS:
Los recursos necesarios para el pago de los impuestos serán girados por la Dirección Administrativa y Financiera cuando sean requeridos.
g. EQUIPOS DE SISTEMAS:
Si la compra de equipos de Hardware y Software se realiza de manera directa deberá efectuarse hasta el 26 de enero de 2018 únicamente (Para el caso de equipos de sistemas, previo concepto técnico emitido por la Dirección de Tecnología).
Si la compra, por causas excepcionales, no se realizó de manera directa hasta el 26 de enero de 2018, se podrá adquirir previo proceso de selección con pluralidad de oferentes.
La Dirección Administrativa y Financiera girará la partida cuando sea requerida.
h. LABORES DE PROTECCIÓN DE CONNACIONALES EN EL EXTERIOR:
Los contratos para las labores de protección a connacionales en el exterior, deberán ser suscritos hasta el 26 de enero de 2018.
La Dirección Administrativa y Financiera girará la partida anualmente, previo visto bueno del Comité.
Nota: La contratación de las personas que actúen en calidad de multiplicadores del Programa Colombia Nos Une, deberá realizarse de acuerdo a lo indicado en el presente numeral.
i. PLAN DE PROMOCIÓN DE COLOMBIA EN EL EXTERIOR:
Los contratos para la ejecución del Plan de Promoción de Colombia en el Exterior, deberán ser suscritos hasta el 26 de enero de 2018.
La Dirección Administrativa y Financiera girará la partida de acuerdo con la forma de pago establecida.
j. FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN CUMPLIMIENTO DE LEY DE VICTIMAS
Los contratos para el fortalecimiento de la capacidad y cumplimiento de la Ley de victimas en el exterior, deberán ser suscritos hasta el 26 de enero de 2018.
La Dirección Administrativa y Financiera girará la partida de acuerdo con la forma de pago establecida.
k. MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE SECTOR
Los contratos para el mantenimiento y la dotación de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares deberán ser suscritos hasta el 26 de enero de 2018.
La Dirección Administrativa y Financiera girará la partida de acuerdo con la forma de pago establecida.
l. FORTALECIMIENTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA VINCULACIÓN Y ATENCIÓN DE COLOMBIANOS EN EL EXTERIOR A NIVEL INTERNACIONAL Y LINEAS DE COLOMBIA NOS UNE:
Los contratos para el fortalecimiento de políticas públicas para la vinculación y atención de colombianos en el exterior en el ámbito internacional y líneas de Colombia Nos Une, deberán ser suscritos hasta el 26 de enero de 2018.
La Dirección Administrativa y Financiera girará la partida de acuerdo con la forma de pago establecida, previo visto bueno de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano.
2. EXCEPCIONES A LA CONTRATACIÓN PARA LOS PROCESOS ELECTORALES:
De acuerdo con el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, se exceptúa la contratación directa en lo relacionado con la defensa y seguridad del Estado, para lo cual, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, ha reiterado en sus conceptos, que todo lo que tiene relación con los procesos democráticos y sus garantías, dentro de los que se encuentran los procesos electorales, tienen directa relación con lo referente a la defensa y seguridad del Estado.
Es importante señalar que, las Oficinas Consulares tienen entre sus funciones permanentes "(...) 4. Actuar en calidad de notario, de funcionario de registro civil, y en funciones similares, y ejecutar otras funciones de carácter administrativo", y en tal sentido deben conducir el proceso electoral en el extranjero, en ambientes donde debe promoverse la libertad y autonomía democrática de los connacionales inscritos
en el censo electoral, garantizando el derecho al voto de los ciudadanos colombianos que residen en el exterior.
Por lo anterior, las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares pueden utilizar la modalidad de contratación directa, durante la restricción de la Ley de Garantías, únicamente para adquirir bienes o servicios que se utilicen exclusivamente para la realización de los comicios electorales a realizarse en el 2018.
Cordialmente,
ARAMINTA BELTRAN URREGO
Secretaria General
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