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CIRCULAR 59 DE 2021

(mayo 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:CANCILLERIA INTERNA
DE:CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
ASUNTO: Disposición de tapabocas y guantes de un solo uso y medidas de prevención del COVID-19

Estimados funcionarios y contratistas:

Siguiendo las recomendaciones del Gobierno Nacional sobre las medidas que se deben adoptar dentro de las entidades para mitigar la propagación de la Pandemia, es importante que todas los servidores públicos que realicen labores presenciales hagan un uso adecuado de los Elementos de Protección Personal (tapabocas quirúrgico - guantes), así como garantizar una adecuada disposición final de estos elementos que son de un solo uso, los cuales no pueden ser dispuestos en los puntos ecológicos, sino en los contenedores que están debidamente establecidos e identificados para este propósito; por lo anterior, se instalaron contenedores en cada una de las sedes ubicadas en Bogotá de la siguiente manera:

- Blancos: se deberá disponer el envoltorio de plástico donde se encuentra empacado el tapabocas suministrado en cada una de las dependencias.

- Negros: se deberá disponer los tapabocas y guantes de un solo uso.

La ubicación de los contenedores para la disposición de tapabocas y guantes, de un solo uso, es la siguiente:

- Sede Centro:

- Entrada Edificio López de Mesa - Carrera 6

- Entrada parqueadero vehículos diplomáticos

- Sede Norte:

- Oficina GIT de Pasaportes Sede Norte - segundo piso

- Entrada de funcionarios - primer piso

 Sede Calle 53:

- Casilleros Sede Calle 53 - segundo Piso

Cada punto cuenta con los protocolos de uso y disposición de tapabocas y guantes de un solo uso de manera segura, lo que nos permitirá mitigar los riesgos a la salud de los colaboradores de servicios generales quienes hacen la recolección de los mismos y la generación de posibles impactos ambientales.

Recordamos la importancia de tener en cuenta las siguientes medidas de autocuidado para prevenir el contagio del virus del COVID-19, dentro de las instalaciones de la Entidad en nuestras labores diarias:

- Uso correcto de tapabocas (que cubra nariz y boca durante toda la jornada laboral y en espacios públicos).

- Lavado frecuente de manos (al llegar a las instalaciones y cada 2 horas durante 30 segundos con abundante agua y jabón y secar con toallas de papel de ser posible)

- Distanciamiento social de 2 metros entre personas.

- Ventilación natural de las áreas de trabajo y reunión.

- Si presenta síntomas de gripa o asociados a COVID, no presentarse a las instalaciones y reportar al correo: [email protected].

- Todos los contratistas (directos o tercerizados), deben cumplir las recomendaciones mencionadas anteriormente.

Por último, es importante indicar que se deben acatar y cumplir las disposiciones definidas por el Ministerio para mitigar y controlar el contagio por el nuevo Coronavirus, asimismo, recuerde que es deber de todo servidor público cumplir los deberes contenidos en la Constitución, leyes, decretos, estatutos de la entidad, reglamentos, manuales de funciones, y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente, según lo establece el artículo 34 Ley 734 de 2002, Código Único Disciplinario. Adicionalmente, la misma Ley en su artículo 51 establece la preservación del orden interno, figura a través de la cual el jefe inmediato puede llamar la atención de los servidores de su equipo de trabajo cuando se trate de conductas que contraríen en menor grado el orden administrativo al interior de la dependencia.

Con el apoyo y compromiso de todos, lograremos mitigar la propagación del virus.

Cordialmente,

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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