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CIRCULAR 58 DE 2020

(abril 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA: CANCILLERIA INTERNA
DIRECTORES
COORDINADORES
CONSULADOS EN EL EXTERIOR
EMBAJADAS EN EL EXTERIOR
DELEGACIONES EN EL EXTERIOR
DE: CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
ASUNTO: Lineamientos para uso de la valija diplomática en lo relacionado con el envío de dispositivos médicos y elementos de protección personal

El Gobierno Nacional ha señalado lineamientos para garantizar la disponibilidad de dispositivos médicos y elementos de protección personal en aras del amparo de los derechos fundamentales a la vida digna y a la salud de todos los habitantes de Colombia.

Para estos efectos se requiere la articulación eficiente de esfuerzos de diversas entidades públicas cuyo concurso sea necesario para la adquisición oportuna de bienes para la mitigación de los efectos de la pandemia en Colombia, bajo postulados de inmediatez y coordinación administrativa.

De conformidad con lo anterior, se hace necesario ampliar el alcance de la Circular 50 de 2011 que contiene instrucciones para envíos diplomáticos desde y hacia el Ministerio de Relaciones Exteriores en el sentido de incluir de manera transitoria y mientras subsista la emergencia sanitaria, dispositivos médicos y elementos de protección personal, dentro de los elementos cuyo envío se encuentra permitido desde las misiones en el exterior haciendo uso de la valija diplomática.

Para tales efectos, deberán tenerse en cuenta los siguientes lineamientos:

- Por regla general, cuando el solicitante del envío sea una entidad diferente al Ministerio de Relaciones Exteriores, esta deberá hacerse cargo de todos los costos asociados al transporte de los bienes desde el lugar de origen hasta el lugar de destino.

- Los bienes recibidos a título de donación o de compraventa, provenientes de otros Estados, organismos internacionales y sector privado en el exterior, cuya finalidad sea la descrita en esta Circular, y que sean de importancia estratégica urgente para el país, pueden ser enviados por valija diplomática previo concepto favorable de la Dirección de Cooperación Internacional que verificará la necesidad del envío con las entidades competentes en la arquitectura definida por la Presidencia para la coordinación interinstitucional.

Cordialmente,

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 30 de septiembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.869 - 4 de septiembre de 2024)

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