Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 43 DE 2017

(octubre 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá,

Para:Funcionarios Ministerio
De:Ministra de Relaciones Exteriores
Asunto:Turnos de Navidad y Año Nuevo

En cumplimiento del artículo 2.2.5.5.51 del Decreto 648 de 2017, de manera atenta les informo que con ocasión de la época de Navidad y Año Nuevo se han establecido tres (3) turnos de descanso para que los funcionarios puedan compartir con sus familias, así:

TURNOFECHA DE DISFRUTEFECHA DE REGRESO
1Del 18 al 25 de diciembre de 201726 de diciembre de 2017
2Del 26 al 29 de diciembre 20172 de enero de 2018
3Del 2 al 8 de enero de 20189 de enero de 2018

 En el Exterior el 8 de enero de 2018 es día laboral:

TURNOFECHA DE DISFRUTEFECHA DE REGRESO
1Del 18 al 25 de diciembre de 201726 de diciembre de 2017
2Del 26 al 29 de diciembre de 20172 de enero de 2018
3Del 2 al 7 de enero de 20188 de enero de 2018

Este beneficio se establece garantizando la prestación del servicio con tres (3) turnos, con el fin de atender el normal desarrollo de las actividades propias del Ministerio. Por esta razón se hace necesario distribuir de manera proporcional a los funcionarios dentro de los turnos ofrecidos y cada uno de ellos deberá compensar una hora diaria durante el periodo comprendido entre el 20 de octubre y el 6 de diciembre de 2017. Los funcionarios que tomen el primer turno (del 16 al 25 de diciembre de 2017) deberán compensar ocho (8) horas más, es decir del 20 de octubre al 15 de diciembre de 2017, de acuerdo con las siguientes alternativas de horarios:

EN BOGOTÁ:

HORA DE ENTRADAHORA DE SALIDA
7:00 a.m.5:00 p.m
8:00 a.m.6:00 p.m

Para los funcionarios que laboran en los Grupos Internos de Trabajo de Visas e Inmigración, Pasaportes Sede Norte y Legalizaciones y Apostilla:

HORA DE ENTRADAHORA DE SALIDA
7:00 a.m.4:30 p.m.
8:00 a.m.5:30 p.m.

EN LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y OFICINAS CONSULARES:

Cada Jefe de Misión Diplomática u Oficina Consular, coordinará el horario de compensación acorde con las necesidades del servicio.

ASPECTOS GENERALES:

Remitir a más tardar el 20 de octubre de 2017, la relación de los funcionarios y el turno que disfrutarán cada uno.

- Informar el nombre del funcionario que quedará Encargado durante el disfrute del turno de Embajadores, Cónsules, Encargados de Funciones Consulares y Directores.

- No se autorizará tomar el tiempo de compensación en las horas destinadas para el almuerzo, ni en horario diferente al establecido en la presente circular.

No se concederán permisos remunerados entre el 15 de diciembre de 2017 y el 15 de enero de 2018.

- No tendrán derecho al turno los funcionarios que salgan a disfrutar vacaciones entre el 1 de noviembre de 2017 y el 30 de enero de 2018. Tampoco se podrá unir vacaciones con los turnos de la presente circular.

Los funcionarios que están autorizadas para trabajar horas extras, deberán tener en cuenta que el tiempo de compensación no se contabiliza como hora extra.

- Los funcionarios que no puedan compensar en su totalidad el tiempo como está previsto, no tendrán derecho a disfrutar el turno, dado que no existen turnos parciales.

- El tiempo de los turnos no podrá ser postergado, como tampoco podrá ser compensado en tiempo o en dinero posteriormente.

- Los funcionarios que laboran en la Dirección Administrativa y Financiera por la función específica que desarrollan podrán hacer uso del turno antes del 30 de julio de 2018.

- El Jefe Inmediato se responsabilizará del cabal cumplimiento del horario de compensación por parte de los funcionarios que disfrutarán los turnos y deberá enviar a la Dirección de Talento Humano la relación de control que así lo acredite.

Por último, es importante resaltar que los Superiores Inmediatos, Jefes de Misión y Jefes de Oficina Consular, serán los responsables de la adecuada prestación del servicio, para lo cual se solicita que en ningún caso quede encargada una persona que no tenga el certificado digital que le permita cumplir cabalmente con las funciones asignadas.

Cordialmente,

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUELLAR

Ministra de Relaciones Exteriores

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.