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CIRCULAR 35 DE 2017

(agosto 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

Para:Cancilleria Interna
De:Araminta Beltran Urrego
Asunto:Medidas de Seguridad de Obligatorio Cumplimiento

Con el fin identificar a los servidores y contratistas, controlar el ingreso de visitantes y brindar mayor seguridad al personal que labora en la entidad y en sus sedes, se adoptan las siguientes medidas de obligatorio cumplimiento:

1. Todos los funcionarios deben portar el carné que los identifica, en un lugar visible y sin excepción, durante la jornada laboral.

2. Los visitantes deberán portar la escarapela entregada en las recepciones de las instalaciones de la Cancillería y sus sedes, en un lugar visible y durante toda la estadía.

Les recuerdo que el Carné constituye un documento de carácter público, personal e intransferible, que identifica al funcionario o contratista, el cual deberá ser portado por su titular en un lugar visible y de forma obligatoria.

Así mismo, les recalco a todos los funcionarios y contratistas, el compromiso en coadyuvar con el cumplimiento de los protocolos de control, el cual está orientado a fortalecer nuestras propias condiciones de seguridad.

Les solicito dar estricto cumplimiento de las medidas de seguridad, y de manera especial el porte del carné institucional, el cual debe ser presentado permanentemente a los funcionarios de seguridad que realizan el control de ingreso, cuyo incumplimiento puede acarrear medidas disciplinarias y administrativas.

ARAMINTA BELTRAN URREGO

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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