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CIRCULAR 28 DEL 2023

(junio 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

PARA:CANCILLERIA INTERNA
DELEGACIONES EN EL EXTERIOR
CONSULADOS EN EL EXTERIOR
EMBAJADAS EN EL EXTERIOR
DE:JOSE ANTONIO SALAZAR RAMIREZ
Secretario General
ASUNTO:Lineamientos para la presentación de incapacidades médicas.

Respetados Servidores:

Un cordial saludo, con el fin de continuar velando por la salud y el bienestar de los funcionarios, por medio de la presente circular se realiza un recuento de los lineamientos a seguir para la validación de incapacidades médicas.

1. El servidor deberá comunicar a su oficina o superior inmediato, cuando le sea concedida una incapacidad médica.

2. El certificado médico que concede la incapacidad deberá ser expedido por la EPS y contar con los siguientes requisitos:

- Nombre del paciente.

- Diagnostico (CIE - 10 Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud).

- Origen de la incapacidad.

- Fecha de inicio, fecha final y fecha de expedición del certificado.

- Nombre, número de identificación, firma y registro del médico tratante.

3. El certificado médico que concede la incapacidad deberá ser reportado al GIT de Prestaciones Sociales al correo electrónico [email protected] dentro de las 72 horas siguientes a su emisión, en formato PDF, legible y claro. No se aceptan fotografías.

4. El certificado médico también puede ser radicado en la Dirección de Talento Humano, dentro de un sobre sellado.

5. Si el certificado médico fue expedido en un idioma diferente al español, deberá acompañarse de una traducción simple del documento.

6. Si la incapacidad médica fue expedida por un médico no adscrito a la red de prestadores la EPS, el funcionario deberá solicitar la transcripción ante la EPS. Sin este paso la incapacidad no le será validada.

7. En caso de incapacidad médica de los Jefes de Misión, Directores o Coordinadores, se deberá informar sobre el servidor que estará encargado de funciones durante la incapacidad médica.

Cabe anotar que, los funcionarios de planta externa del Ministerio están cubiertos por la póliza médica internacional Allianz, en el marco de los dispuesto en el Decreto 1323 de 2009.

Atentamente,

JOSE ANTONIO SALAZAR RAMIREZ

Secretario General

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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