Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 28 DE 2018

(Marzo 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:Consulados de Colombia en Venezuela
DE:ELÍAS ANCÍZAR SILVA ROBAYO
ASUNTO:Traslado puestos de votación - Día Domingo 11 de Marzo.

Señores Cónsules y Encargados de Funciones Consulares

Me permito informarles que la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento del Proceso Electoral que se llevó a cabo el día viernes 02 de marzo de 2018, la cual fue presidida por el señor Ministerio del Interior; en la que participaron los diferentes partidos políticos y entidades del Estado, se decidió el traslado de los puestos y mesas de votación, ubicadas fuera de las sedes de oficinas consulares de los Consulados en Venezuela, para el día domingo 11 de marzo. Dichos puestos de votación serán instalados de forma independiente en las respectivas sedes Consulares.

En este orden, los Consulados para el día domingo contaran en sus respectivas sedes con los siguientes puestos adicionales:

Consulado en Barinas: Un puesto adicional. (Ezequiel Mora)

Consulado en Machiques: Un puesto adicional. (La Villa)

Consulado Maracaibo: Tres puestos adicionales. (San Francisco, Cabinas, Ciudad Ojeda)

Consulado en Mérida: Tres puestos adicionales. (El Vigía, Pueblo Llano, Bailadores)

Consulado en Puerto Ayacucho: Un puesto adicional. (San Fernando de Apure)

Consulado en Puerto de la Cruz: Tres puestos adicionales. (Porlamar, El Tigre, Maturín)

Consulado en Puerto Ordaz: Un puesto adicional. (Bolívar)

Consulado en San Antonio de Táchira: Un puesto adicional. (Rubio)

Consulado en San Carlos de Zulia: Un puesto adicional. (El Chivo)

Consulado en San Cristóbal: Cuatro puestos adicionales. (Fernández Feo, Garcia de Hevia, Jáuregui, Torbes)

Estos puestos de votación deben estar perfectamente identificados de forma independiente y deberán funcionar autónomamente. Igualmente, con el fin de generar el menor traumatismo, es menester adelantar todo el proceso de divulgación y socialización de esta información con nuestros connacionales a través de los diferentes canales dispuestos para tal fin.

Finalmente, será necesaria la modificación del “Acto de designación de puesto”, indicando que los mismos serán trasladados a las oficinas consulares, como se indicó.

Cordialmente,

ELÍAS ANCÍZAR SILVA ROBAYO

Secretario General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.