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CIRCULAR 18 DE 2020

(febrero 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del objeto>

PARA:EMBAJADAS EN EL EXTERIOR
CONSULADOS EN EL EXTERIOR
MISIONES EN EL EXTERIOR
DELEGACIONES EN EL EXTERIOR
CAINCILLERIA INTERNA
DE:CLAUDIA BLUM
MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
ASUNTO: TURNOS DE DESCANSO COMPENSADO PARA SEMANA SANTA

Apreciados funcionarios:

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.5.5.51 del Decreto 648 de 2017, el cual establece que al empleado público se le podrá otorgar descanso compensado para festividades de semana santa, siempre y cuando haya compensado el tiempo laboral equivalente al tiempo del descanso, la cual deberá garantizar la continuidad y no afectación en la prestación del servicio, en este año una vez más se ha establecido dos (2) turnos de descanso compensado.

Para tal fin los funcionarios que harán uso del descanso deberán compensar este tiempo de acuerdo con la distribución de los turnos que realice cada jefe de la dependencia, lo cual deberá garantizar la continua y oportuna prestación de los servicios a su cargo, teniendo presente que cada uno de los funcionarios deberá laborar en tiempo adicional a la jornada ordinaria con el fin de compensar en tiempo un total de 24 horas, la compensación será de una (1) hora diaria.

Para dar cumplimiento a la programación, ustedes como jefes de cada dependencia deberán informar a la Dirección de Talento Humano, a más tardar el 17 de febrero del 2020, el turno elegido por cada funcionario.

PLANTA INTERNA

TURNODELALDÍASREGRESO
1Lunes 6 de abril de 2020Miércoles 8 de abril de 20203Lunes 13 de abril de 2020
2Lunes 13 de abril de 2020Miércoles 15 de abril de 20203Jueves 16 de abril de 2020

A) Hora de entrada: 7:00 am - Hora de Salida 5:00 pm.

B) Hora de entrada: 8:00 am - Hora de Salida 6:00 pm.

Para los funcionarios que laboran en los Grupos Internos de Trabajo de Visas e Inmigración, Pasaportes Sede Norte, Pasaportes 53 y Legalizaciones y Apostilla.

A) Hora de entrada: 7:00 am - Hora de Salida 4:30 pm.

B) Hora de entrada: 8:00 am - Hora de Salida 5:30 pm.

PLANTA EXTERNA

En las misiones diplomáticas u oficinas consulares, cada jefe de misión coordinara el horario de compensación

TURNODELALDÍASREGRESO
1Lunes 6 de abril de 2020Miércoles 8 de abril de 20203Lunes 13 de abril de 2020
2Lunes 13 de abril de 2020Miércoles 15 de abril de 20203Jueves 16 de abril de 2020

ASPECTOS GENERALES

Es importante hacer claridad acerca de las consideraciones que se aplicarán en este proceso:

A. La compensación será de una (1) hora diaria entre el 24 de febrero y el 27 de marzo de 2019.

B. Se debe informar antes del 17 de febrero de 2020, el nombre del funcionario que quedara encargado durante el disfrute del turno de Embajadores, Cónsules, Encargados de negocios a.i., Encargados de Funciones Consulares y Directores.

C. No se autoriza a compensar el tiempo en las horas destinadas para el almuerzo, ni en horario diferente al establecido en la circular.

D. No se concederán permisos remunerados entre el 24 de febrero de 2020 y el 30 de abril de 2020.

E. No tendrán derecho al turno los funcionarios que salgan a disfrutar o se encuentren en vacaciones entre el 24 de febrero y el 30 de abril de 2020.

F. Los funcionarios autorizados para trabajar horas extras deberán descontar el tiempo compensado (1 hora diaria), para acceder al disfrute de uno de los turnos de descanso.

G. Los funcionarios que se encuentren en teletrabajo deberán ampliar una hora sus jornadas laborales. Los días en que presten sus servicios en las instalaciones de la entidad cumplirán la jornada habitual con su respectiva compensación.

H. En caso de no poder compensar en el horario que se describe en la presente circular, por una calamidad doméstica, incapacidad, cita médica, estudio o por cualquier otra justa causa debidamente justificada, deberán acordar la reposición de dicho tiempo con su jefe inmediato, de manera que se logren acumular las 24 horas.

I. Los funcionarios que no puedan compensar en su totalidad el tiempo como está previsto en la circular, no tendrán derecho a disfrutar el turno, dado queno existen turnos parciales.

J. El tiempo de los turnos no podrá ser postergado, como tampoco podrá ser compensado en tiempo o en dinero.

K. El jefe inmediato se responsabilizará del cabal cumplimiento del horario de compensación por parte de los funcionarios que disfrutaran los turnos y deberá enviar a la Dirección de Talento Humano la relación de control que así lo acredite.

L. Por último, es importante resaltar que los Jefes de Mision y Jefes de Oficina Consular, serán los responsables de la adecuada prestación del servicio, en tal sentido en ningún caso podrá quedar encargada una persona que no tenga el certificado digital que le permita cumplir cabalmente con las funciones asignadas.

Cualquier duda o inquietud podrá ser presentada de manera escrita al correo electrónico [email protected], lo cual se dará respuesta oportunamente.

Cordialmente,

CLAUDIA BLUM

Ministra de Relaciones Exteriores

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

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