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CIRCULAR 17 DE 2019

(Octubre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:XXXXXXXXXXXXXXX
DE:XXXXXXXXXXXXXXX
ASUNTO:TURNOS DE DESCANSO COMPENSADO PARA NAVIDAD Y AÑO NUEVO.

Cordial Saludo:

En cumplimiento del artículo 2.2.5.5.51 del Decreto 648 de 2017, el cual establece que al empleado público se le podrá otorgar descanso compensado para festividades de fin de año, siempre y cuando haya compensado el tiempo laboral equivalente al tiempo del descanso, la cual deberá garantizará la continuidad y no afectación en la prestación del servicio, se han establecido dos (3) turnos de descanso compensado.

Para dar cumplimiento a la programación, los jefes de cada dependencia informarán a la Dirección de Talento Humano, a más tardar el 15 de octubre del año en curso, el turno elegido por cada funcionario, teniendo en cuenta que se debe garantizar la continuidad en la prestación del servicio.

Se debe, sin excepción, tomar este horario de compensación así:

PLANTA INTERNA

TURNODELALDÍASREGRESO
1Lunes 23 de Diciembre de 2019Viernes 27 de Diciembre de 20194Lunes 30 de Diciembre de 2019
2Lunes 30 de Diciembre de 2019
Viernes 3 de Enero de 2020
4Martes 7 de
Enero de 2020
3Martes 7 de Enero de 2020Viernes 10 de Enero de 20204Lunes 13 de
Enero de 2020

El tiempo a compensar equivale a 32 horas. La compensación será de una (1) hora diaria a partir del 15 de octubre y hasta el 29 de noviembre de 2019, en el siguiente horario:

A) Hora de entrada: 7:00 am - Hora de Salida 5:00 pm.

B) Hora de entrada: 8:00 am - Hora de Salida 6:00 pm.

Para los funcionarios que laboran en los Grupos Internos de Trabajo de Visas e Inmigración, Pasaportes Sede Norte, Pasaportes 53 y Legalizaciones y Apostilla.

A) Hora de entrada: 7:00 am - Hora de Salida 4:30 pm.

B) Hora de entrada: 8:00 am - Hora de Salida 5:30 pm.

PLANTA EXTERNA

En las misiones diplomáticas u oficinas consulares, cada jefe de misión coordinara el horario de compensación

- Países en los cuales el 6 de enero de 2020, es día laboral:

TURNODELALDÍASREGRESO
1Lunes 23 de Diciembre de 2019Viernes 27 de Diciembre de 20194Lunes 30 de Diciembre de 2019
2Lunes 30 de Diciembre de 2019Viernes 3 de Enero de 20204Lunes 6 de Enero de 2020
3Lunes 6 de Enero de 2020Viernes 10 de Enero de 20204Lunes 13 de Enero de 2020

Cabe anotar que los funcionarios del exterior que tomen el tercer turno (del 6 al 10 de enero de 2020), deberán compensar ocho (8) horas más, es decir del 15 de octubre al 11 de diciembre de 2019.

Teniendo en cuenta que las funciones que desarrolla la Dirección Administrativa y Financiera, esta dirección programara sus turnos de descanso compensado durante los meses de diciembre de 2019 o enero de 2020.

Finalmente, es importante hacer claridad sobre los siguientes aspectos:

- Informar antes del 29 de octubre de 2019, el nombre del funcionario que quedara Encargado durante el disfrute del turno de Embajadores, Cónsules, Encargados de negocios a.i., Encargados de Funciones Consulares y Directores.

- No se autoriza a compensar el tiempo en las horas destinadas para el almuerzo, ni en horario diferente al establecido en la circular.

- No se concederán permisos remunerados entre el 5 de noviembre de 2019 y el 31 de enero de 2020.

- No tendrán derecho al turno los funcionarios que salgan a disfrutar vacaciones entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de enero de 2020.

- Los funcionarios autorizados para trabajar horas extras deberán descontar el tiempo compensado (1 hora diaria), para acceder al disfrute de uno de los turnos de descanso.

- En caso de no poder compensar en el horario que describe en la presente circular, con ocasión de una calamidad doméstica, incapacidad, cita médica, estudio o por cualquier otra justa causa, deberán acordar la reposición de dicho tiempo con su jefe inmediato, de manera que se logren acumular las 32 horas.

- Los funcionarios que no puedan compensar en su totalidad el tiempo como esta previsto, no tendrán derecho a disfrutar el turno, dado que no existen turnos parciales.

- El tiempo de los turnos no podrá ser postergado, como tampoco podrá ser compensado en tiempo o en dinero.

- El jefe inmediato se responsabilizará del cabal cumplimiento del horario de compensación por parte de los funcionarios que disfrutaran los turnos y deberá enviar a la Dirección de Talento Humano la relación de control que así lo acredite.

- Por último, es importante resaltar que los Jefes Inmediatos, Jefes de Misión y Jefes de Oficina Consular, serán los responsables de la adecuada prestación del servicio, para lo cual que en ningún caso quede encargada una persona que no tenga el certificado digital que le permita cumplir cabalmente con las funciones asignadas.

Cordialmente,

FANCISCO JAVIER ECHEVERRI LARA

Viceministro de Relaciones Exteriores
Encargado de las Funciones del Despacho del
Ministro de Relaciones Exteriores

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
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