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CIRCULAR 07 DE 2023
(febrero 22)
<Fuente de Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Bogotá, D.C.,
PARA: | EMBAJADAS EN EL EXTERIORCONSULADOS EN EL EXTERIOR MISIONES EN EL EXTERIOR CANCILLERÍA INTERNA |
DE: | JOSÉ ANTONIO SALAZAR RAMÍREZ Secretario General |
Asunto: | LEGALIZACIÓN DE COMISIONES Y VIÁTICOS |
Estimados funcionarios:
De manera atenta me permito hacer referencia a la Circular C-DSG-22-000073 del pasado 26 de octubre de 2022, relativa a la aplicación de la Directiva Presidencial No. 08 del 17 de septiembre de 2022, con las directrices de austeridad del actual gobierno, incluyendo lo correspondiente a las comisiones y viáticos.
Sobre este particular, esta Secretaría General continua observando un elevado número de solicitudes de comisión que se presentan con muy poca antelación a la fecha de los eventos, y en muchos casos sin existir una necesidad imperiosa para la entidad que responda a criterios de eficiencia, eficacia, efectividad y que represente una trascendencia importante para ios fines del Estado, en contravención del Procedimiento GH-PT-121, y el cual establece una anticipación mínima, antes de la fecha prevista de viaje, para la presentación de dichas solicitudes de cinco (5) días para el caso de las comisiones nacionales y de quince (15) días para el caso de las comisiones al exterior y en el exterior, concurrencias y circunscripciones.
Asimismo, y pese a Ea obligatoriedad de legalizar dichas comisiones dentro de los tres (3) días de terminación de las mismas, dicha legalización no está siendo llevada a cabo por una gran cantidad de comisionados. Por lo anterior, y ante la afectación presupuestal que está ocasionando el reiterado incumplimiento ai mencionado procedimiento, así como a las directrices de austeridad del actual gobierno señaladas en la Directiva Presidencial No. 08 del 17 de septiembre de 2022, todas las comisiones nacionales o al exterior y en el exterior, concurrencias y/o circunscripciones, ya sea de funcionarios o contratistas, esta Secretaría General no aprobará las solicitudes de comisión de aquellos funcionarios que no han legalizado sus comisiones anteriores o cuando no se cumplan los anteriores plazos y criterios.
Finalmente, se reitera lo dispuesto en la mencionada Circular C-DSG-22-000073 del pasado 26 de octubre de 2022 adjunta a la presente.
Atentamente,
JOSÉ ANTONIO SALAZR RAMÍREZ
Secretario General
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