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CIRCULAR 1 DE 2018

(Febrero 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

CONSEJO ASESOR DEL GOBIERNO NACIONAL EN MATERIA DE CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL

Para:Jefes de unidad u oficina de control interno o quien hace susveces, de los ministerios, departamentos administrativos, gobernaciones, alcaldias y entidades del sector central y descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial.
De:Presidente del consejo asesor del gobierno nacional enmateria de control interno de las entidades del orden nacional y territorial.
Asunto:Lineamientos proceso electoral

Teniendo en cuenta que las Oficinas de Control interno cuentan con la facultad de intervenir de manera previa en las actuaciones administrativas y propender por asegurar que la gestión institucional se oriente a los fines que son su objetivo y con estricta sujeción a los principios constitucionales, legales y al manejo transparente de los recursos públicos, el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno, en sesión del 31 de enero y con ocasión de las elecciones para congreso, presidencia y vicepresidencia de la República programadas para el 11 de marzo y 17 de mayo de 2018, imparte los siguientes lineamientos a los jefes de control interno o a quienes hagan sus veces:

1. Actuar como veedores del proceso electoral, atendiendo las directivas de la Procuraduría General de la Nación.

2. Impartir directrices para que al interior de sus entidades y organismos se divulguen de manera amplia las restricciones y prohibiciones contempladas en la Ley 996 de 2005, las circulares 01, 04 y 07 expedidas por el Procurador General de la Nación y la Circular 28 de 2017, expedida por Prosperidad Social.

3. Verificar que en sus entidades no se apoyen causas o campañas políticas o partidistas.

4. Hacer seguimiento al manejo de los recursos de los programas de desarrollo social a cargo de sus entidades.

5. Comunicar a la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la República cualquier presunta vulneración a las normas o directrices electorales, independiente del deber legal de informar a los órganos electorales, de control y a la Fiscalía General de la Nación

Cordial saludo,

LILIANA CABALLERO DURAN

Presidente

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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