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ACUERDO 65 DE 2020
(noviembre 13)
Diario Oficial No. 51.501 de 17 de noviembre de 2020
INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022>
Por el cual se actualiza la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex.
LA JUNTA DIRECTIVA,
en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 1 del artículo 9o del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, el Acuerdo número 013 del 24 de febrero de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política contempla el derecho a la educación como un servicio público con función social, que propende por facilitar a las personas el acceso al conocimiento, la ciencia, la tecnología y la cultura;
Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, transformó al Icetex en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio vinculada al Ministerio de Educación Nacional;
Que el numeral 1 del artículo 9o del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, establece que es función de la Junta Directiva formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, y los lineamientos y políticas del Gobierno Nacional en materia de crédito educativo;
Que de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 5 del artículo 5o de los estatutos de la entidad, corresponde al Icetex “promover y gestionar la cooperación internacional tendiente a buscar mayores y mejores oportunidades de formación del recurso humano en el país o en el exterior, de acuerdo con las políticas del Gobierno Nacional y asimismo canalizar, fomentar y tramitar oficialmente las solicitudes de asistencia técnica y cooperación internacional, relacionadas con becas de estudio y entrenamiento en el exterior, que deseen presentar los organismos públicos nacionales ante los gobiernos y los organismos internacionales”, igualmente, “fomentar el estudio de idiomas extranjeros de los colombianos para mejorar los niveles de competitividad a nivel internacional”;
Que el Icetex, bajo la facultad que le confiere la Ley 30 de 1992, ha canalizado la cooperación ofrecida en el marco de los convenios suscritos por Colombia con diferentes gobiernos para el desarrollo del país, con el objeto de contribuir a la formación en el exterior de talento humano altamente calificado;
Que mediante Acuerdo número 047 del 22 de diciembre de 2010, se adoptó la Política de Cooperación Educativa Internacional del Icetex, como instrumento jurídico de los programas de intercambio educativo, derogado por el Acuerdo número 075 del 13 de diciembre de 2013, este a su vez derogado por el Acuerdo número 083 del 2 de diciembre de 2016 y este último derogado por el Acuerdo número 001 del 5 de marzo de 2019, que actualizó la Política de Cooperación Educativa Internacional del Icetex;
Que la Oficina de Relaciones Internacionales, mediante memorando número 2020004519, presentó a la Junta Directiva en la sesión ordinaria virtual del 27 de octubre de 2020, el estudio técnico sobre la propuesta de adoptar la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, en cuanto se requiere actualizar la política con el objeto de alinear los procesos y recursos con las necesidades del país;
Que el objetivo general de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex es “Fomentar el desarrollo de la internacionalización de la educación superior para mejorar la calidad, la pertinencia, la investigación y la innovación a través de la ampliación de mecanismos enlazados con entes gubernamentales, instituciones de educación en el exterior o en el país”;
Que, con el fin de fortalecer el alcance de los componentes estratégicos, se hace necesario cambiar la denominación de la Política de Cooperación Educativa Internacional a Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex.
Que los objetivos estratégicos específicos de la política son:
- Contribuir a la cobertura en la Oferta y Demanda y en la calidad de la educación del país.
- Contribuir en la Articulación de la Política Pública.
- Contribuir a la Internacionalización de la Educación Superior en Colombia.
Que teniendo en cuenta la ampliación del alcance del portafolio internacional del Icetex para la gestión de nuevas líneas de cooperación internacional para colombianos, extranjeros e instituciones educativas, se requiere la actualización de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional ampliando los ejes de desarrollo, incluyendo como cuarto eje la internacionalización mediada por nuevas tecnologías, con fin de actualizar el alcance de los programas enmarcados en los componentes estratégicos;
Que en la sesión ordinaria de Junta Directiva llevada a cabo el 27 de octubre de 2020, se aprobó la actualización a la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, presentada a consideración por la Oficina de Relaciones Internacionales;
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. <Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022> Aprobar la nueva denominación de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, en los términos y condiciones del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 2o. OBJETO. <Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022> Contribuir al fortalecimiento de la internacionalización de la educación superior y al relacionamiento técnico estratégico a través de la cooperación interinstitucional e internacional, mediante el trabajo articulado con los gobiernos, entes no gubernamentales, sector productivo y académico en Colombia y en el exterior, brindando oportunidades a estudiantes y profesionales e impulsando sus trayectorias educativas completas.
ARTÍCULO 3o. ALCANCE. <Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022> La Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex está dirigida a colombianos, extranjeros, instituciones de educación y otros aliados involucrados al sector académico.
ARTÍCULO 4o. EJES DE DESARROLLO. <Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022> La política permite el acceso y el fortalecimiento de la formación académica y profesional en modalidad presencial o virtual, así como recibir acompañamiento a través de los siguientes ejes de desarrollo:
1. Icetex Internacional: Tiene como objetivo fomentar el desarrollo de la internacionalización de la educación superior para mejorar el acceso, la calidad, la pertinencia y la investigación.
2. Alianzas para la internacionalización: El Icetex a través de los diferentes programas de su portafolio gestiona iniciativas de cooperación para fortalecer la internacionalización de la educación en Colombia, las cuales se desarrollan con la participación de entidades nacionales, internacionales, públicas, privadas, mixtas, del tercer sector y vinculadas a la cooperación académica.
3. Cooperación para las regiones: En el marco del objetivo estratégico de “Contribuir a la cobertura en la Oferta y Demanda y en la calidad de la educación del país”, el Icetex gestiona, promueve y fortalece programas de cooperación estratégica nacional e internacional para las regiones, con el fin de generar mayores oportunidades de acceso y equidad a las instituciones de educación del país y con prioridad para su población estudiantil.
4. Internacionalización mediada por nuevas tecnologías: Las dinámicas globales motivan a las Instituciones de Educación Superior y demás actores del sector académico, a tener capacidad de respuesta ante los cambios del sistema. De igual forma, la visión de la internacionalización dejó de estar atada a la movilidad y a la presencialidad, para dar paso a una variable que comprende todo tipo de dinámicas que pueden ser abordadas desde la virtualidad y la generación de condiciones más allá del aula.
El cuarto eje busca garantizar la promoción y el apoyo de estrategias de carácter virtual para desarrollar la internacionalización en el país y el exterior.
ARTÍCULO 5o. COMPONENTES ESTRATÉGICOS. <Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022> Los componentes de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional se encuentran alineados al Plan Nacional de Desarrollo y han sido diseñados para determinar los diferentes programas de cooperación internacional con las temáticas dispuestas a los grupos de interés incluidos por esta política.
Respecto a lo anterior, los componentes estratégicos son:
I. PROGRAMAS PARA COLOMBIANOS
II. PROGRAMAS PARA EXTRANJEROS EN COLOMBIA
III. PROGRAMAS PARA INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
IV. PROGRAMAS ESPECIALES DE COOPERACIÓN
Cada componente estratégico contiene un portafolio de programas, los cuales definen las modalidades, estrategias, requisitos y condiciones que han sido desarrolladas, en algunos casos, bajo normas de carácter nacional.
I. PROGRAMAS PARA COLOMBIANOS:
a) Becas Internacionales
b) Programa Pasaporte a la Ciencia
c) Programa de Consejería Académica
d) Programa Crédito Condonable Artistas Jóvenes Talentos
e) Programa Mariano Ospina Pérez
f) Programas de Movilidad para estudiantes colombianos
g) Programa Jóvenes Ingenieros
h) Programa Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico para colombianos
El objetivo de este componente es apoyar a ciudadanos colombianos mediante oportunidades de educación en el país y en el exterior a través de la modalidad presencial y virtual, fomentando el acceso, la continuidad y la culminación de estudios. A continuación, se relacionan los programas:
a) PROGRAMA DE BECAS INTERNACIONALES:
Mediante este programa, el Icetex facilita el acceso a las oportunidades educativas que brinda la comunidad internacional para elevar la calidad de vida de los colombianos y así contribuir al desarrollo económico y social del país. En consideración a que la oferta de becas para Colombia de los diferentes países y organismos internacionales es limitada, el Icetex ha diseñado estrategias que le permiten incrementar el número de becas y descuentos para los estudiantes y profesionales colombianos por medio de alianzas estratégicas, acuerdos de cooperación o convenios interinstitucionales.
El Icetex, en el marco de la Ley 30 de 1992, es la entidad del Gobierno Colombiano encargada de canalizar la oferta de becas de cooperación internacional que ofrecen al país los Gobiernos y Organismos Internacionales, con el fin de contribuir a la formación en el exterior del talento humano altamente calificado.
BECAS: Las becas internacionales son ayudas financieras no reembolsables, destinadas a cubrir en forma total o parcial los costos de formación, perfeccionamiento o actualización académica en el exterior, tales como:
- Estudios de pregrado, posgrado, perfeccionamiento de idiomas, doctorado, posdoctorado e investigación en instituciones extranjeras de reconocimiento internacional.
- Premios: reconocimiento de tipo económico o en especie otorgado por diferentes gobiernos, instituciones, fundaciones u organizaciones internacionales a estudiantes y profesionales colombianos que desarrollen proyectos académicos o de investigación de importancia para el país.
- Expediciones didácticas: Programas especiales que permiten a jóvenes colombianos realizar actividades prácticas en diferentes áreas del conocimiento a través de recorridos por diferentes países del mundo.
- Pasantías: Estancias cortas que permiten realizar una práctica profesional en el exterior.
- Bachillerato Internacional: Programa para jóvenes estudiantes de últimos años de educación media conducentes al título de bachiller internacional.
PUBLICACIÓN DE LA OFERTA DE BECAS: Las convocatorias de becas ofrecidas por los diferentes Estados, organismos internacionales e instituciones extranjeras que se publican a través del Icetex, surten el proceso a través de la Comisión Nacional de Becas, que en el marco del Decreto número 380 de febrero de 2007 establece sus funciones que entre otras, es estudiar las solicitudes de becas internacionales de los ciudadanos colombianos que apliquen a las convocatorias de los gobiernos o instituciones internacionales con el fin de adelantar el proceso de preselección de los mismos.
COMISIÓN NACIONAL DE BECAS (CNB): Es un órgano asesor del Icetex creado en los términos del artículo 45 de la Ley 489 de 1998.
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BECAS (CNB): Está integrada por representantes de las siguientes instituciones gubernamentales:
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Ministerio de Educación Nacional
- Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (antes COLCIENCIAS)
- Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia - APC
- Departamento Administrativo de la Función Pública (con voz, pero sin voto)
- El Icetex que la preside
A las reuniones pueden asistir representantes de Gobiernos extranjeros o entidades internacionales que ofrezcan becas a Colombia, en calidad de invitados.
PROCESO DE PRESELECCIÓN: Es un proceso que adelanta la CNB y que responde estrictamente a los requisitos establecidos en los términos de referencia de cada convocatoria publicada en la página web del Icetex.
Este proceso, al ser una actuación de entidades públicas, puede ser objeto de consulta por los organismos de control de la República de Colombia y de la ciudadanía en general, garantizando la aplicación de los principios de transparencia e igualdad y los derechos de libre competencia y equidad consagrados en la Constitución Política de la República de Colombia.
En el caso específico de las becas ofrecidas por los diferentes gobiernos, las convocatorias son socializadas con los oferentes y sus términos de referencia son coordinados con cada uno de ellos, con el fin de que sean revisados antes de su publicación. Algunos de los criterios son establecidos por el Icetex en el marco de la Ley 30 de 1992:
- Excelencia académica
- Escasez de recursos económicos del estudiante.
- Distribución regional en proporción al número de estudiantes.
- Distribución adecuada para todas las áreas del conocimiento.
DEFINICIONES: De acuerdo con los lineamientos de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, estas son las definiciones para tener en cuenta en cada convocatoria:
- Título Propio: Dirigido a profesionales de diferentes disciplinas en especial las relacionadas con las ciencias administrativas y económicas, entre otras, y cuyo interés sea el de generar empleo a través de la constitución de una empresa o negocio o el de prestar sus servicios profesionales a empresas del sector privado donde no se le exija la convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional del título obtenido, pueden optar a este tipo de programas.
- Título Oficial: Dirigido a profesionales de diferentes disciplinas en especial las relacionadas con las ciencias administrativas y económicas, entre otras, y cuyo interés sea el de desempeñarse en el sector público, ascender en sus cargos o en la búsqueda del escalafón de docente.
El Icetex no otorgará créditos para estudios de posgrado conducentes a títulos propios, los cuales no son convalidables en Colombia.
- Exención de impuesto de salida del país: Descuento para el pago del impuesto de timbre nacional de salida del país, según Ley 2 de 1976, sección 3 artículo 26, concedida a estudiantes y profesionales colombianos que hayan obtenido un servicio del Icetex a través del crédito educativo para el exterior, fondos en administración o becas internacionales para realizar estudios a nivel de pregrado o posgrado en el exterior.
- Seguimiento a becarios colombianos: Dentro del proceso de adaptación del estudiante que se traslada a otro país para adelantar sus estudios mediante las becas otorgadas por el Icetex, es indispensable brindar la información y la asesoría pertinente por parte de la entidad para generar un acompañamiento permanente que fortalezca la relación de confianza entre la entidad y los beneficiarios.
b) PROGRAMA PASAPORTE A LA CIENCIA:
Es el componente del programa Colombia Científica (Alianza entre el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Icetex) que tiene como finalidad incrementar el capital humano del país con el fin de mejorar la calidad de la educación superior, y potenciar las capacidades de innovación, investigación y desarrollo tecnológico del sector productivo a través de un programa de créditos educativos parcialmente condonables para la realización de estudios de maestrías y doctorados en cualquiera de las primeras 500 universidades del Ranking de Shanghái o centros de investigación en áreas pertinentes para el desarrollo del país y para las alianzas creadas en torno a las convocatorias de Ecosistema Científico. Este programa se financiará con recursos aprobados por la banca multilateral para dos cohortes. Este programa está sujeto a las estipulaciones técnicas y financieras que se reglamentarán en un acuerdo específico.
FINANCIAMIENTO: Este es un crédito condonable para profesionales colombianos, que busca entregar recursos suficientes para cubrir la totalidad de gastos en los que pueda incurrir el beneficiario: matrícula, manutención, tiquetes aéreos y seguro médico. El estudiante se debe ajustar a los montos máximos financiables establecidos en la convocatoria.
c) PROGRAMA CONSEJERÍA ACADÉMICA:
Es una iniciativa que tiene como objetivo apoyar a los colombianos que están planeando estudios en el exterior, o participar en los programas ofrecidos por el Icetex. Durante cada vigencia se dictarán módulos específicos de charlas informativas, talleres, tutorías entre otros recursos a los que se podrán acceder por medio de la inscripción a diferentes convocatorias públicas.
Este programa se realizará con la participación de diferentes cooperantes, nacionales, internacionales, privados y públicos y se desarrollará de manera virtual o presencial de acuerdo con cada actividad programada.
d) PROGRAMA CRÉDITO CONDONABLE PARA ARTISTAS JÓVENES TALENTOS:
Mediante este programa, el Icetex apoya la formación de jóvenes colombianos en las diferentes disciplinas del arte, las industrias culturales y creativas a través de la internacionalización.
OBJETIVOS: Los objetivos que pretende alcanzar el programa Jóvenes Talentos son los siguientes:
- Contribuir a la formación de capital humano en las áreas de las artes, las industrias culturales y creativas a través de la internacionalización;
- Coadyuvar en el desarrollo de la internacionalización de las artes, las industrias culturales y creativas en Colombia;
- Generar estímulos para jóvenes colombianos sobresalientes con el fin de que puedan mejorar su perfil a través de especialidades o cursos de actualización en el exterior;
- Apoyar el desarrollo y fortalecimiento de la cooperación estratégica nacional e internacional.
ALCANCE DEL PROGRAMA: Entregar créditos parcial o totalmente condonables a jóvenes colombianos sobresalientes en las disciplinas de las artes, las industrias creativas y culturales, para que realicen cursos cortos o maestrías en el exterior en la modalidad virtual o presencial.
RUBROS POR FINANCIAR: Los recursos del crédito condonable serán girados directamente al beneficiario y podrán ser empleados para cubrir cualquier rubro vinculado a su estancia en el exterior, como los siguientes:
- Pasaje aéreo internacional
- Manutención y gastos de instalación
- Gastos para libros y materiales
- Seguro médico
- Matrícula y derechos de grado
MODALIDADES: Tendrá las siguientes modalidades en las áreas y disciplinas de las artes, las industrias culturales y creativas:
- Cursos cortos: Los beneficiarios del programa podrán llevar a cabo cursos cortos en el exterior cuya duración mínima será de dos semanas o hasta de seis meses. Dentro de esta modalidad se contemplan estancias de menor duración como audiciones o residencias cuyas condiciones específicas serán determinadas en la convocatoria.
- Maestrías: Los beneficiarios del programa podrán llevar a cabo maestrías en el exterior cuya titulación sea oficial en Colombia de acuerdo con la política de convalidación y homologación vigente del Ministerio de Educación Nacional.
- Formación Virtual: Los beneficiarios del programa podrán llevar a cabo estudios de mínimo tres meses hasta 1 año en la modalidad virtual.
El Icetex podrá establecer alianzas con actores nacionales e internacionales para generar proyectos de cooperación estratégica nacional e internacional de impacto en las áreas vinculadas al programa empleando recursos del CDP asignado para su operación anual, igualmente, a través de ofertas en el marco de alianzas de cooperación con gobiernos, organismos multilaterales, instituciones educativas u otras entidades no gubernamentales para realizar programas de carácter presencial, semipresencial o virtual.
MONTOS SEGÚN MODALIDAD:
- Cursos cortos presenciales: Hasta USD 13.000, teniendo en cuenta la duración del curso y el presupuesto de gastos
- Maestrías presenciales: USD 20.000
- Estudios Virtuales (cursos cortos o maestrías): Hasta USD 10.000
Los recursos serán girados en un solo desembolso de acuerdo con la modalidad a la que aplicó el beneficiario y deberán ser solicitados en una sola ocasión. Para programas virtuales se girará únicamente el rubro correspondiente al valor de la matrícula.
DURACIÓN: La financiación dependerá de la modalidad a la que aplique el beneficiario. Cursos cortos tendrán una duración mínima de dos semanas y máxima de seis meses; maestrías, mínimo un año y máximo dos años. El tiempo de las estancias especiales como audiciones y residencias será determinado en la respectiva convocatoria, de acuerdo con las características concretas de la actividad a realizar.
RECEPCIÓN DE SOLICITUDES: Los interesados en participar realizarán las solicitudes de acuerdo con el cronograma respectivo y de conformidad con lo establecido en cada convocatoria.
REQUISITOS: Para acceder a este crédito condonable se debe cumplir con los siguientes requisitos al momento de la postulación:
1. Ser ciudadano colombiano.
2. Tener entre 18 y 35 años.
3. No haber sido beneficiario del programa Artistas Jóvenes Talentos en ediciones anteriores.
4. Si el solicitante tiene crédito vigente con el Icetex, debe haber cancelado el porcentaje establecido por el reglamento de crédito en lo relacionado a montos de capital adeudados.
5. Estar al día en los pagos al momento de la solicitud aportando el respectivo paz y salvo que emite la entidad a través de su página oficial no mayor a 30 días.
6. Si el valor del programa supera el monto otorgado por el Icetex, el beneficiario deberá demostrar que cuenta con el apoyo financiero para complementar los gastos relacionados en el presupuesto.
7. Contar con un portafolio artístico y demostrar trayectoria artística
8. Proponer una persona que funja como deudor solidario el cual deberá respaldar el compromiso financiero.
9. Demás requisitos estipulados en la convocatoria vigente.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN: El Icetex, a través de los jurados asignados, tendrá en cuenta los siguientes criterios para realizar la preselección:
1. Nivel técnico.
2. Proyecto de retribución de impacto en Colombia en redes culturales.
3. Pertinencia del centro docente y programa de estudios según los términos de cada convocatoria.
4. Afinidad entre los estudios realizados, la experiencia y el programa a cursar.
5. Viabilidad financiera del proyecto de estudios.
6. Los demás que sean establecidos en la convocatoria vigente.
PROCESO DE APROBACIÓN: El Icetex convocará a un grupo de jurados ad honorem, expertos en las áreas vinculadas en la convocatoria, quienes evaluarán las candidaturas que cumplan con los requisitos mínimos.
Los jurados realizarán una calificación que arrojará una lista jerarquizada de elegibles, la cual se consignará en un acta y la decisión final se comunicará a los candidatos seleccionados.
Todo el proceso de postulación, aplicación, evaluación y publicación de resultados se hará a través de la herramienta tecnológica dispuesta para el programa.
Los candidatos que hacen parte de la lista de elegibles y han sido seleccionados deberán contar con un deudor solidario para respaldar financieramente el crédito condonable. En este proceso solo se pedirá evaluación de la calificadora de riesgo de crédito que defina el reglamento de crédito de la entidad para el codeudor mas no para el estudiante.
Una vez el beneficiario sea notificado, deberá llevar a cabo el proceso de legalización del crédito de acuerdo con la reglamentación vigente. La autorización del giro está sujeta al cumplimiento del proceso de legalización en el Icetex.
CONDONACIÓN: Los beneficiarios del programa deberán cumplir con los siguientes requisitos para que les sea condonado el crédito:
1. Las actividades que deberá realizar el beneficiario para solicitar la condonación de su crédito serán establecidas en cada convocatoria.
2. Iniciar el proceso de condonación dentro de los 90 días posteriores a la terminación del programa.
3. Realizar la condonación en un tiempo no superior a doce meses, contados a partir del momento del inicio del proceso de condonación, de acuerdo con los compromisos aprobados por los jurados en el proceso de postulación.
4. Entregar los documentos solicitados por el Icetex una vez culmine la actividad de condonación.
El Icetex podrá evaluar los casos excepcionales de beneficiarios que no hayan condonado bajo las condiciones anteriormente expuestas y decidir si se le aprueba un nuevo plazo de acuerdo con las condiciones puntuales del caso.
En el evento en que el beneficiario del crédito condonable suspenda sus estudios o no cumpla con los términos de la condonación, el crédito pasará al cobro de acuerdo con el reglamento de cartera de la entidad y los intereses serán contados a partir del paso al cobro.
APLAZAMIENTOS: No se aceptarán aplazamientos anteriores al desembolso del beneficio sin previa autorización del Icetex, caso contrario los beneficiarios deberán iniciar clases dentro de los tiempos estipulados por la convocatoria.
LEGALIZACIÓN: Los beneficiarios deberán presentar las solicitudes de legalización, dentro de las fechas establecidas en el cronograma, presentando todos los documentos requeridos.
e) PROGRAMA MARIANO OSPINA PÉREZ:
El Icetex podrá otorgar dos (2) créditos condonables hasta por USD 16.000 cada uno o su equivalente en pesos colombianos, para la realización de estudios de posgrado en ciencia y tecnología, en el país o en el exterior, que permita a dos (2) profesionales investigadores financiar los costos de matrícula, sostenimiento, transporte y demás gastos necesarios para la realización de su programa académico.
CONVOCATORIA: Se publicará a través de la plataforma del Icetex, previa reunión de representantes del Icetex y de la Fundación Mariano Ospina Pérez, en la cual se establecerán los términos de referencia del programa en la respectiva vigencia y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal.
DESEMBOLSOS: Los recursos serán girados directamente al usuario; en dólares si el programa lo realiza en el exterior y en pesos colombianos de acuerdo con la TRM del día en que se autorice el giro respectivo, si los estudios los realiza en el país.
Para obtener el beneficio, el estudiante seleccionado no podrá presentar calificación negativa en las centrales de riesgo.
MODALIDADES: El programa podrá llevarse a cabo en Colombia o en el exterior por medio de la modalidad virtual o presencial.
CONDONACIÓN: Los beneficiarios del programa deberán cumplir con los siguientes requisitos para que les sea condonado el crédito:
1. Reportar al Icetex la culminación del programa académico.
2. Presentar copia del título obtenido.
3. Presentar la certificación de la actividad académica desarrollada en virtud de lo establecido en cada convocatoria.
4. Las actividades que deberá realizar el beneficiario para solicitar la condonación de su crédito serán establecidas en cada convocatoria.
En el evento en que el beneficiario del crédito condonable suspenda sus estudios o no cumpla con los términos de la condonación, el crédito pasará al cobro de acuerdo con el reglamento de cartera de la entidad y los intereses serán contados a partir del paso al cobro.
APLAZAMIENTOS: No se aceptarán aplazamientos, los beneficiarios deberán iniciar sus estudios dentro de los tiempos estipulados por la convocatoria.
f) PROGRAMAS DE MOVILIDAD PARA ESTUDIANTES COLOMBIANOS:
Teniendo en cuenta las necesidades de interacción en el fortalecimiento del conocimiento y el acceso a nuevas tecnologías del capital humano colombiano, se busca que, a través de alianzas estratégicas con diferentes gobiernos, instituciones de educación, investigación e instituciones del sector productivo extranjeras, se lleven a cabo actividades de movilidad académica en línea con prácticas investigativas y empresariales desde Colombia hacia los países sedes de los aliados.
REQUISITOS DEL PROGRAMA: Dirigido a estudiantes de últimos semestres de pregrado de áreas de interés para el país en el marco de los Planes de Desarrollo del Gobierno Nacional, con los siguientes criterios:
- Excelencia Académica
- Que estén desarrollando actividades de investigación
RUBROS POR FINANCIAR.
- Tiquetes aéreos internacionales de ida y regreso
- Sostenimiento mensual
- Seguro médico
- Cubrimiento costos tutores
- En casos excepcionales como emergencias o situaciones especiales que impidan el regreso de los estudiantes a Colombia, el Icetex de acuerdo con su reglamentación y disponibilidad presupuestal, podrá apoyar con el pago del estipendio mensual para el sostenimiento de los estudiantes en el país anfitrión.
Estos valores se girarán directa y exclusivamente al aliado internacional en cada vigencia.
CONVOCATORIAS: De acuerdo con lo establecido en los convenios que suscriba el Icetex con los aliados estratégicos.
g) PROGRAMA JÓVENES INGENIEROS:
Mediante este programa que se desarrolla en cooperación con el DAAD de Alemania, se financia a estudiantes colombianos que estén cursando los últimos semestres de ingeniería, para que lleven a cabo actividades de movilidad académica y prácticas empresariales en centros docentes y empresas de Alemania.
RUBROS POR FINANCIAR:
- Tiquetes aéreos internacionales de ida y regreso
- Sostenimiento mensual
- Cubrimiento costos tutores en Alemania
Estos valores se girarán directa y exclusivamente al aliado internacional en cada vigencia.
En casos excepcionales como emergencias o situaciones especiales que impidan el regreso de los estudiantes a Colombia, el Icetex de acuerdo con su reglamentación y disponibilidad presupuestal, podrá apoyar con el pago del estipendio mensual para el sostenimiento de los estudiantes en Alemania, hasta que las condiciones le permitan el regreso hacia Colombia.
h) PROGRAMA PLATAFORMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL Y ACADÉMICA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO PARA COLOMBIANOS:
Los gobiernos de Colombia, Chile, Perú y México establecieron el programa de becas “Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico”, cuyo propósito es contribuir a la formación de capital humano avanzado, mediante el otorgamiento de becas de manera recíproca y en términos de igualdad entre los cuatro países, para el intercambio de estudiantes de pregrado, licenciatura, doctorado, profesores o investigadores, interesados en llevar a cabo actividades académicas en los países que hacen parte de este modelo de integración regional.
Los colombianos pueden participar en el proceso de becas de la “Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico”, de conformidad con los términos establecidos en la convocatoria publicada en la página del Icetex, y deberán surtir los mismos procesos correspondientes a las becas internacionales. Igualmente, deben inscribirse en el aplicativo diseñado por la plataforma para todos los países.
II. PROGRAMAS PARA EXTRANJEROS EN COLOMBIA:
a) Programa Asistentes de Idiomas
b) Programa Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico para Extranjeros
c) Programa Beca Colombia
El objetivo de este componente es apoyar a ciudadanos extranjeros mediante oportunidades de educación en el país a través de la modalidad presencial y virtual, fomentando la cooperación académica entre Colombia y los diferentes países cooperantes. A continuación, se relacionan los programas:
a) PROGRAMA ASISTENTES DE IDIOMAS:
A través de este programa el Icetex contribuye a la Política Nacional de Bilingüismo, con apoyo financiero a ciudadanos extranjeros para realizar asistencia en la enseñanza de un idioma en Colombia, en las instituciones de educación superior, colegios, escuelas normales e instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano, fundamental en el proceso de internacionalización de la educación en Colombia; se ejecuta mediante una convocatoria anual y se convierte en el instrumento de materialización de la Política Nacional de Bilingüismo del Gobierno de Colombia.
DEFINICIÓN: Es un programa cofinanciado con las instituciones de educación colombianas, el cual permite la movilidad hacia Colombia de jóvenes estudiantes o profesionales extranjeros, con el propósito de apoyar los procesos de enseñanza de un segundo idioma en centros docentes colombianos, en virtud de alianzas establecidas con diferentes gobiernos, entidades de carácter internacional, universidades extranjeras y con instituciones de enseñanza de idiomas. Este se desarrolla en el marco de convenios suscritos por Icetex con el British Council, la Embajada de Francia, el DAAD (Servicio Alemán de Intercambio Académico), la Comisión FULBRIGHT Colombia y el Ministerio de Educación Nacional, la Universidad de las West Indies (con sus sedes en Jamaica, Barbados y Trinidad y Tobago), además con el Gobierno de la India (a través del Convenio Cultural entre los dos países), con el Gobierno de la República Popular China y se podrá llevar a cabo con diferentes aliados extranjeros en virtud de alianzas de cooperación en movilidad académica, lingüística y técnica que se suscriban en la vigencia de la presente reglamentación.
MODALIDADES: El programa de Asistentes de Idiomas tendrá las siguientes modalidades:
- Convocatoria General para Estados Unidos, Francia, Reino Unido, Caribe, India y Alemania, para ciudadanos pertenecientes a los países mencionados y que no residan en Colombia.
- Convocatoria de Movilidad Académica China – Colombia, con base en la cooperación existente con el Gobierno de la República Popular China y los compromisos adquiridos en el Plan Educativo entre los dos países.
El Programa de Asistentes de Idiomas se podrá realizar de manera virtual, de conformidad con los términos de referencia que se establezcan en la respectiva convocatoria (educación virtual o educación en línea).
DURACIÓN: Los asistentes de idiomas y participantes en el programa de movilidad académica prestarán sus servicios durante un año académico, con la intensidad horaria semanal establecida en la alianza estratégica o en la convocatoria anual que se divulgue. La duración e intensidad semanal podrán variar si así lo consideran el Icetex y el aliado internacional.
RUBROS POR FINANCIAR: En el marco de las alianzas estratégicas del Programa de Asistentes de Idiomas y de acuerdo con los términos de referencia establecidos, los extranjeros seleccionados podrán recibir los siguientes rubros:
Rubros a cargo del Icetex:
- Póliza de Salud/Seguro médico: Asistencia médica y hospitalaria en Colombia que incluye repatriación en caso de invalidez o muerte. Esta asistencia solo cubre al asistente durante el período establecido de un año académico, diez (10) meses en Colombia y no es extensiva a familiares. Los asistentes deben asumir los costos de los medicamentos recetados y una cuota moderadora por los servicios médicos requeridos, de acuerdo con las políticas de la póliza para cada vigencia.
- Visa de cortesía: El Icetex remitirá a cada asistente una carta de aval para la solicitud en línea de la visa de cortesía tipo “V”, que otorgará el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia durante el período de estancia en el país. La visa es solamente para el asistente y en caso de requerir visa para familiares, esta debe solicitarse de forma independiente.
- Gastos de estadía durante el período de inducción en Bogotá: Recepción, alojamiento, transporte interno, alimentación, logística para las reuniones programadas durante la inducción en Bogotá.
- Otorgamiento de tiquetes aéreos internacionales y pasajes nacionales, en caso de establecerse como compromiso en los acuerdos suscritos con aliados internacionales y en los convenios del Gobierno Nacional o en casos excepcionales si así se requiere.
- En casos excepcionales como emergencias o situaciones especiales que impidan el regreso a sus países de origen, el pago del estipendio mensual para el sostenimiento del extranjero, hasta que las condiciones le permitan la salida de Colombia.
- Para aquellos asistentes de idiomas que realicen su actividad de manera virtual, el pago del estipendio mensual hasta por la suma correspondiente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, dando prioridad a aquellos asignados a universidades públicas, universidades formadoras de formadores y centros docentes de región.
Rubros a cargo del centro docente colombiano:
- Estipendio sostenimiento mensual: Las instituciones de educación colombianas apoyarán a cada asistente con un subsidio de manutención mensual suficiente para cubrir los costos básicos de alojamiento, alimentación y transporte local durante su permanencia en nuestro país realizando la actividad para la cual fue seleccionado.
- Transporte aéreo nacional. De conformidad con lo establecido en la respectiva convocatoria, el centro docente acepta otorgar los pasajes aéreos en la ruta nacional desde Bogotá hacia la ciudad sede de la institución educativa y el regreso al culminar la actividad.
RECEPCIÓN DE SOLICITUDES: Los candidatos extranjeros acceden a las convocatorias y procesos de selección que realizan las instituciones aliadas o las Embajadas de Colombia en los países participantes. La lista y las hojas de vida de los seleccionados son enviadas por estas instancias al Icetex.
Por su parte, el Icetex recibe las solicitudes de los centros docentes colombianos interesados en contar con un asistente de idiomas, lo cual le permite realizar, junto con el aliado internacional, el proceso de asignación de los extranjeros entre los centros docentes solicitantes.
REQUISITOS GENERALES: Para acceder a este programa, el candidato extranjero debe cumplir con los siguientes requisitos generales.
- Ser ciudadano extranjero
- No estar residiendo en Colombia
- Contar con un título de licenciatura en lenguas modernas, en idiomas o en áreas relacionadas con la esencia del programa
- Preferiblemente contar con experiencia pedagógica
CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Para la evaluación, asignación y aprobación de los asistentes, el Icetex junto al aliado internacional, tendrá en cuenta los criterios establecidos en cada convocatoria, entre otros, los siguientes:
- Experiencia en la enseñanza de un idioma
- Conocimiento en la metodología en la enseñanza
- Ubicación geográfica de los centros docentes colombianos (distribución regional)
- Instituciones de Educación Superior formadora de formadores
- Carácter de la institución (pública o privada)
SEGUIMIENTO Y CONTROL: El seguimiento y control de los asistentes de idiomas estará a cargo del Icetex, que hará acompañamiento de la experiencia de los asistentes para facilitar la llegada a Colombia e inicio y desarrollo del programa en las instituciones de educación colombianas participantes en el programa.
COMPROMISOS DE LOS ASISTENTES DE IDIOMAS: Con el propósito de obtener los mejores resultados en las actividades para las cuales fue seleccionado y lograr una inmersión cultural, el asistente debe cumplir a cabalidad con lo siguiente:
- Cumplir con las actividades académicas y culturales programadas por las instituciones de educación colombianas.
- Dedicar el tiempo establecido y convenido con la institución de educación para el apoyo en la enseñanza de su idioma, ya que no le es permitido establecer contratos laborales, bajo ninguna modalidad, mientras tenga la condición de asistente de idiomas del Icetex. La Visa de cortesía otorgada no permite trabajar.
- Presentar los informes que solicite el tutor, el representante de su gobierno o el Icetex sobre su experiencia durante el desarrollo del programa.
- Cumplir con los reglamentos establecidos por la institución de educación donde presta sus servicios de apoyo en la enseñanza de un segundo idioma e igualmente acatar la normatividad vigente en materia migratoria.
- Mantener actualizados ante el Icetex los datos de contacto y domicilio.
- Asistir a las reuniones convocadas por el Icetex de manera presencial o virtual.
OBLIGACIONES ESPECIALES: El asistente se compromete a no participar en actividades ilícitas relacionadas con el lavado de activos, financiación del terrorismo y delitos fuentes de estos. Asimismo, a comunicar al Icetex o a una autoridad competente toda la información que conozca referente a estos delitos.
VOLUNTARIADO: El Icetex, en el marco de las alianzas suscritas o por suscribir, podrá gestionar el desarrollo de actividades de voluntariado por parte de los extranjeros participantes en el Programa de Asistentes de Idiomas en Colombia. Cada alianza o convenio de cooperación educativa establecerá los términos de referencia de estas actividades de voluntariado.
b) PROGRAMA PLATAFORMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL Y ACADÉMICA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO PARA EXTRANJEROS.
Los Gobiernos de Colombia, Chile, Perú y México establecieron el programa de becas “Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico”, cuyo propósito es contribuir a la formación de capital humano avanzado, mediante el otorgamiento de becas de manera recíproca y en términos de igualdad entre los cuatro países, para el intercambio de estudiantes de pregrado, licenciatura, doctorado, profesores o investigadores, interesados en llevar a cabo actividades académicas en los países que hacen parte de este modelo de integración regional.
Este programa se desarrolla con el apoyo de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional – APC Colombia. Es importante resaltar que cada país miembro de la Alianza del Pacífico se encarga de otorgar los distintos rubros a los becarios extranjeros que recibe.
RUBROS POR FINANCIAR: Estos rubros están sujetos a la disponibilidad presupuestal de la entidad.
- Estipendio mensual para los estudiantes de posgrado, únicamente durante el período de estudios contemplado por la carta de aceptación emitida por la universidad receptora.
- Seguro médico a través de la póliza de salud para los participantes en la modalidad de posgrado.
c) PROGRAMA BECA COLOMBIA:
DEFINICIÓN: Icetex otorga las ayudas financieras a ciudadanos extranjeros para realizar estudios en Colombia, en las instituciones universitarias, técnicas y tecnológicas que hacen parte del Programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia.
Estas ayudas son apoyos para el sostenimiento durante el período de estudios y se desarrollan de manera cofinanciada con las IES colombianas que otorgan los cupos de matrícula en los diferentes programas del Catálogo de Oferta Académica para cada convocatoria o modalidad.
Este programa, pionero en la internacionalización de la educación superior en Colombia se ejecuta a través de diferentes convocatorias generales y también es el instrumento de materialización de la cooperación internacional bilateral y multilateral del Gobierno de Colombia y de gobiernos extranjeros.
Asimismo, en el marco de este programa se podrá apoyar la apertura de nuevas convocatorias para extranjeros en programas académicos ofrecidos por instituciones universitarias, técnicas y tecnológicas en Colombia.
MODALIDADES: El programa de Beca Colombia tendrá las siguientes modalidades:
- Convocatorias Generales de todas las nacionalidades: Convocatorias de programas de estudios para extranjeros provenientes de todos los países que no residan en Colombia ni tengan ciudadanía colombiana. Estas convocatorias podrán realizarse semestral o anualmente, conforme a los cupos ofertados por las IES colombianas y la disponibilidad presupuestal.
- Convocatoria de Becas de Reciprocidad Binacionales o Multilaterales: Convocatorias desarrolladas en el marco de compromisos binacionales o multilaterales del Gobierno Colombiano con gobiernos extranjeros, que impliquen reciprocidad de beneficios para los ciudadanos colombianos.
- Convocatorias de Becas en modalidad virtual: Convocatorias de programas de estudios virtuales impartidos por Instituciones de Educación Superior colombianas, para extranjeros provenientes de todos los países que no residan en Colombia ni tengan ciudadanía colombiana.
DURACIÓN: La financiación para estudios será de la siguiente forma:
- Programas de intercambio de un semestre: seis (6) meses.
- Especializaciones: Hasta doce (12) meses.
- Maestrías: Hasta veinticuatro (24) meses.
- Doctorados: Hasta cuarenta y ocho (48) meses.
La duración del apoyo corresponderá al tiempo del programa académico para el cual cada becario es seleccionado.
RUBROS POR FINANCIAR: En el marco de las convocatorias del Programa Beca Colombia y de acuerdo con los términos de referencia establecidos, el Icetex apoyará a los becarios extranjeros con los siguientes rubros:
- Matrícula: Cobertura del 100% de la totalidad de estos costos académicos otorgado por la institución de educación superior colombiana (solo para los programas académicos que se encuentran dentro del catálogo de oferta académica, publicado en la convocatoria respectiva).
- Póliza de Salud/Seguro médico: Asistencia médica y hospitalaria en Colombia que incluye repatriación en caso de invalidez o muerte. Esta asistencia solo se cubre durante el período de estudios en Colombia y solamente al becario, no es extensible a familiares. Los becarios deben asumir los costos de los medicamentos recetados y una cuota moderadora por los servicios médicos requeridos.
- Visa de cortesía: Icetex remitirá a cada becario una carta para la solicitud en línea de la visa de cortesía tipo “V”, que otorgará el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia durante el período de estudios. Esta visa es solamente para el becario. En caso de requerir visa para familiares, estos deben solicitar una visa por su cuenta.
- Estipendio/Sostenimiento mensual: Icetex apoyará a cada becario extranjero con un sostenimiento mensual correspondiente a tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes, durante el tiempo de estudios.
- Gastos de instalación: Icetex apoyará por una única vez a cada becario con un valor para gastos de instalación en Colombia, equivalente a medio (1/2) salario mínimo mensual legal vigente.
- Gastos de libros y materiales: Por cada año de estudios, Icetex apoyará a cada becario con un valor para libros y materiales, equivalente a medio (1/2) salario mínimo mensual legal vigente. Este rubro aplica para programas de posgrado de las convocatorias generales o aquellas en que el convenio lo establezca.
- Imprevistos: Este valor solo se cancelará una vez durante todo el programa de estudios y será equivalente a una cuarta parte de un salario mínimo mensual legal vigente. Para el otorgamiento de este rubro, el becario debe realizar la solicitud cuando sufra un percance de fuerza mayor, con los soportes correspondientes para aprobación de Icetex. Este rubro aplica para programas de posgrado de las convocatorias generales o aquellas en que el convenio lo establezca.
Queda a discreción de Icetex realizar el otorgamiento del rubro de imprevistos, conforme a la disponibilidad presupuestal de cada vigencia.
Para los programas virtuales, el Icetex podrá establecer apoyos, según la convocatoria, para los rubros de gastos de libros y materiales e imprevistos.
Recepción de solicitudes. Los candidatos extranjeros realizarán las solicitudes del programa Beca Colombia en la página de Icetex directamente para el caso de convocatorias generales, y para las convocatorias de reciprocidad binacionales, si así es requerido, deberán también realizar su postulación en la página web del cooperante respectivo.
Requisitos generales. Para acceder a este apoyo financiero se debe cumplir con los siguientes requisitos generales.
a) Ser ciudadano extranjero.
b) No tener nacionalidad colombiana.
c) No estar residiendo o haber iniciado estudios en Colombia al momento de la aplicación a la convocatoria correspondiente.
d) No haber sido beneficiario de Icetex a través del Programa Beca Colombia para estudios de posgrado.
e) Contar con un título técnico, tecnológico, profesional, de pregrado o de licenciatura en cualquier área del conocimiento.
f) Tener admisión definitiva para programas académicos de las IES colombianas que se establezcan para cada convocatoria en el Catálogo de Oferta Académica.
En los términos de referencia de cada convocatoria anual o semestral se podrán adicionar requisitos de aplicación de tipo académico, o de idioma, conforme a los programas del Catálogo de Oferta Académica.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Para la evaluación, asignación y aprobación de los becarios seleccionados para cada modalidad del Programa Beca Colombia, Icetex tendrá en cuenta los criterios establecidos en cada una de las convocatorias, los cuales pueden ser los siguientes, entre otros:
a) Excelencia académica.
b) Coherencia del perfil del candidato con el programa académico que desea adelantar.
c) Ubicación geográfica de los centros docentes colombianos.
d) Instituciones de Educación Superior públicas o privadas.
e) Programas académicos de instituciones técnicas y tecnológicas.
f) Áreas del conocimiento priorizadas por el Gobierno Nacional.
ESPECIFICACIONES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS:
a) El Catálogo de oferta académica de cada convocatoria o modalidad es un consolidado de programas que ofrecen las instituciones de educación superior colombianas que hacen parte del Programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia. En este catálogo se encuentran los cupos por cada programa que se ofrecen. Si varios candidatos extranjeros que cumplen con los requisitos aplican a un mismo programa para el cual la IES solo ofrece un cupo, dicha plaza la obtendrá el candidato con mayor puntaje en la evaluación.
b) El candidato extranjero seleccionado no podrá cambiar el programa ni la institución, y se tendrá en cuenta únicamente la carta de admisión definitiva presentada dentro de la documentación recibida inicialmente por el Icetex. Es recomendable que el candidato solicite admisión a varios programas que se encuentren en el catálogo correspondiente para cada convocatoria y en la carta de motivación establecer la prioridad de cada uno.
c) Cada candidato debe tramitar directamente la admisión a los programas académicos ante las instituciones de educación superior colombianas.
d) El candidato debe sufragar con recursos propios los costos de inscripción y admisión establecidos por las instituciones de educación superior colombianas a las cuales solicita el ingreso o admisión, además de los tiquetes de ingreso y salida de Colombia, a no ser que exista un convenio que contemple el cubrimiento de este rubro por parte de Icetex.
PROCESO PARA APROBACIÓN: El Icetex evaluará las solicitudes del apoyo financiero para el Programa Beca Colombia y las someterá a consideración de la Presidencia de Icetex para su aprobación.
La decisión sobre la aprobación de las solicitudes se consignará en un acta y se comunicará la selección a cada candidato, al centro docente colombiano correspondiente y a las Representaciones Diplomáticas.
PROCESO DE ACEPTACIÓN DE LA BECA
Aceptación del beneficio. Los candidatos extranjeros que sean seleccionados y notificados tendrán un plazo estipulado en el correo de notificación para aceptar la beca. La respuesta deberá ser enviada al correo de donde reciba la notificación de selección. El no dar una respuesta dentro de este período de tiempo implica el desistimiento de la beca sin que haya lugar a quejas o reclamos posteriores y el cupo se podrá adjudicar a otro candidato.
Carta de compromisos. Los candidatos seleccionados deberán remitir por correo electrónico la “Carta de Compromisos”, la cual deberá ser leída y firmada por cada becario. Dicha carta estipulará los compromisos y obligaciones, tanto académicas como legales, que deberá cumplir el becario durante su período de estudios para conservar el beneficio de beca.
Carta de solicitud de visa de cortesía. Los candidatos seleccionados, recibirán por parte del Icetex, una carta dirigida al Coordinador del Grupo Interno de Trabajo, Visas e Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, o al Cónsul de Colombia en su país de origen, con la información pertinente del becario para obtener su Visa de Cortesía. Cada becario deberá solicitar su visa de cortesía en línea en la página web del Ministerio y estampar la visa en el Consulado de Colombia en su país de origen o en la Oficina de Visas en Bogotá, Colombia.
Seguimiento y control. El seguimiento y control de los becarios extranjeros estará a cargo del Icetex, que hará acompañamiento de la experiencia de los becarios para facilitar la llegada a Colombia e inicio de estudios, además de efectuar de forma oportuna las transferencias o pagos de estos compromisos.
COMPROMISOS DE LOS BECARIOS EXTRANJEROS
Con el propósito de obtener los mejores resultados en las actividades académicas, de lograr una experiencia enriquecedora y de mantener su bienestar y seguridad, el becario debe cumplir a cabalidad con lo siguiente:
Obligaciones legales
- Cumplir y acatar las leyes colombianas.
- Respetar las normas de conducta y costumbres sociales.
- Realizar los trámites migratorios de visa de cortesía y cédula de extranjería en los tiempos exigidos, asegurándose de no dejar vencer estos documentos ya que esto le generaría multas y sanciones. Si el becario infringe lo anterior, debe asumir los costos adicionales de los trámites.
Obligaciones académicas
- Cursar y culminar exitosamente el programa académico dentro del período para el cual se aprobó la beca y cualquier novedad o aplazamiento debe ser autorizado por el Icetex. Se recuerda que no es posible cambiar de programa ni de centro docente.
- Dedicar tiempo completo a la realización del programa académico, ya que no le es permitido establecer contratos laborales, bajo ninguna modalidad, mientras tenga la condición de becario del Icetex. La Visa de cortesía no permite trabajar.
- Mantener un desempeño académico sobresaliente que pueda ser certificado por la Institución de Educación Superior a manera de promedio académico acumulado y/o posición en el cuartil superior de la cohorte.
- Presentar un informe de experiencia cada trimestre, de acuerdo con el cronograma y la metodología indicada por Icetex. De no presentar los informes en las fechas estipuladas, no se realizará el desembolso correspondiente al siguiente trimestre, hasta que el becario envíe los documentos.
- Cumplir a cabalidad con las normas de la institución donde realiza sus estudios.
- Actualizar ante el Icetex los datos de contacto y domicilio de manera permanente.
- Asistir a todas las reuniones convocadas por el Icetex.
- Elaborar el trabajo de grado según los términos de referencia definidos en cada convocatoria. La tesis o trabajo de grado debe ser terminado al tiempo con el programa académico, puesto que el apoyo económico del Icetex se mantendrá hasta la finalización de las materias del último semestre aprobado.
- Notificar al Icetex la terminación de los estudios y la fecha exacta de regreso a su país.
- Realizar la evaluación final de su experiencia, de acuerdo con la metodología indicada por el Icetex.
Obligaciones especiales. El becario se compromete a no participar en actividades ilícitas, relacionadas con el lavado de activos, financiación del terrorismo y delitos fuentes de estos. Asimismo, a comunicar al Icetex o a una autoridad competente toda la información que conozca referente a estos delitos.
DESEMBOLSOS POR SOSTENIMIENTO
Periodicidad. Para el pago del dinero correspondiente a los rubros asignados, el cual se efectuará trimestralmente, el becario deberá realizar la apertura de una cuenta de ahorros, corriente o una cuenta de ahorro de trámite simplificado en Colombia. Una vez el becario extranjero cuente con este documento, deberá presentar al Icetex, vía correo electrónico, la certificación correspondiente.
Estimación del sostenimiento. El pago del sostenimiento dependerá de la fecha de inicio del programa académico del becario, y no del tiempo que lleve en Colombia. Es decir, si el becario ingresa al país un mes antes del inicio del programa, los recursos serán depositados teniendo en cuenta la fecha oficial de inicio del Programa Académico, la cual será verificada con la institución en donde iniciará estudios.
SUSPENSIÓN DE LA BECA
El Icetex podrá suspender en forma temporal o definitiva los desembolsos de la beca, cuando el becario incurra en cualquiera de los siguientes casos:
Suspensión temporal. La suspensión temporal de la beca implica la suspensión de los desembolsos por enfermedad, incapacidad mental o física, que impida al becario de manera temporal la continuación de sus actividades educativas, debidamente justificadas según certificado médico.
Una vez superada la causa por la cual se suspendió de manera temporal la ejecución de la beca, el becario deberá informar a Icetex para continuar recibiendo el beneficio de sostenimiento.
Suspensión definitiva. Icetex podrá suspender de forma definitiva los desembolsos o no efectuar prórroga al beneficio, cuando se incurra en uno de los siguientes casos:
Por abandono de los estudios.
- Por cancelación de la matrícula o retiro del programa académico, por incumplimiento del reglamento de la institución de educación superior.
- Por no mantener un desempeño académico sobresaliente correspondiente al periodo académico inmediatamente anterior.
- Por presentación comprobada de documentos adulterados o con presunción de falsedad.
- Por no presentar los documentos académicos exigidos en la carta de compromisos en los tiempos establecidos.
- Por enfermedad, incapacidad mental o física que impida al becario la culminación definitiva de sus actividades académicas.
- Por solicitud motivada del becario, debidamente informada al Icetex.
REQUISITOS GENERALES PARA OBTENER UNA AYUDA FINANCIERA NO REEMBOLSABLE EN LA MODALIDAD DE “INTERCAMBIO TYT EN COLOMBIA” O “PASANTÍAS EN COLOMBIA”.
- Ser ciudadano extranjero. No ser nacional colombiano, por nacimiento o por adopción.
- Acreditar domicilio permanente en el país de origen y no encontrarse viviendo en Colombia.
- Haber cursado al menos la mitad del programa técnico o tecnológico mediante el cual se presenta a la convocatoria. Para las pasantías podrá aplicar cualquier ciudadano que se encuentre adelantando un programa de pregrado y haya cursado al menos la mitad de este.
- Demostrar dominio del idioma español (mediante certificación solicitada en la convocatoria correspondiente).
- Carta de admisión definitiva a un programa académico expedida por universidad colombiana, que se encuentre en el catálogo académico de la vigencia respectiva.
Los requisitos y condiciones específicas serán establecidos en la respectiva convocatoria.
RUBROS POR FINANCIAR. Dentro de este programa, los rubros que serán cubiertos y que se establecerán específicamente en la respectiva convocatoria serán los siguientes:
- Gastos de instalación en Colombia por una sola vez;
- Cubrimiento de la totalidad del valor de la matrícula, otorgada por la institución de educación superior;
- Gastos para libros y materiales, una vez al año;
- Gastos de sostenimiento, por la suma mensual equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes;
- Póliza de salud, por el valor correspondiente al seguro de asistencia médica y hospitalaria mensual, fijado entre el Icetex y la compañía de seguros;
- Gastos de imprevistos, este valor solo se cancelará una vez durante todo el programa de estudios y exclusivamente por razones de fuerza mayor, que deben ser justificadas ante el Icetex;
- Pasajes internacionales de ida y regreso, en aquellos casos en que así lo contemple el convenio respectivo;
- Gastos de titulación o derechos de grado, en aquellos casos en que así lo contemple el convenio respectivo.
- En casos excepcionales como emergencias o situaciones especiales que impidan el regreso a sus países de origen, el pago del estipendio mensual para el sostenimiento del extranjero, hasta que las condiciones le permitan la salida de Colombia.
RUBROS NO FINANCIABLES:
- Cursos de idiomas;
- Cursos de verano en Colombia o en el exterior;
- Materias electivas;
- Materias no aprobadas;
- Seminarios internacionales;
- Cursos intersemestrales;
- Estudios de campo;
- Estancias de investigación;
Los valores deberán ser determinados y ajustados anualmente, de acuerdo con el incremento del salario mínimo legal mensual vigente y considerando la asignación de recursos para el programa.
III. PROGRAMAS DE APOYO A INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN:
a) Programa Expertos Internacionales
b) Programa para el Apoyo a la Calidad de las Instituciones de Educación Superior Colombianas con Expertos Internacionales
El objetivo de este componente es apoyar a las instituciones de educación colombianas en el fortalecimiento de la internacionalización. A continuación, se relacionan los programas:
a) PROGRAMA EXPERTOS INTERNACIONALES:
El Icetex cofinanciará la participación de expertos nacionales e internacionales en eventos organizados, en Colombia o en el exterior, por instituciones de educación superior, instituciones técnicas y tecnológicas y escuelas normales superiores, con el propósito de fortalecer sus programas académicos, lingüísticos y de investigación. De igual forma, se busca generar y fortalecer redes de colaboración académica y científica de las instituciones educativas colombianas con sus aliados en el exterior, mediante la implementación de proyectos enmarcados en la internacionalización y/o las demás líneas de cooperación estratégica nacional e internacional descritas en el presente acuerdo.
OBJETIVOS: Los objetivos que pretende alcanzar el programa Expertos Internacionales son los siguientes:
- Contribuir al desarrollo de la internacionalización de la educación superior del país.
- Coadyuvar en el desarrollo de la internacionalización de la investigación, la ciencia y la innovación en Colombia.
- Fortalecer los procesos de internacionalización en casa desarrollados por las Instituciones de Educación Superior del país.
- Apoyar el desarrollo y fortalecimiento de la cooperación internacional de Colombia con otros gobiernos e instituciones internacionales.
- Buscar el posicionamiento de Colombia como destino académico de calidad en escenarios internacionales.
MODALIDADES: El programa de expertos internacionales tendrá las siguientes modalidades:
- Apoyo para movilidad entrante solicitado por una IES: Las instituciones educativas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia y las escuelas normales superiores podrán solicitar apoyo financiero bajo las condiciones descritas en la convocatoria respectiva, con el fin de que un experto residenciado en el exterior participe en un evento o actividad en Colombia.
- Apoyo para movilidad saliente solicitado por una IES: Las instituciones educativas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia y las escuelas normales superiores podrán solicitar apoyo financiero bajo las condiciones descritas en la convocatoria respectiva, con el propósito de participar en un evento, actividad académica o de investigación fuera del país. Dentro de esta modalidad se podrán apoyar también:
- Misiones académicas apoyadas por el Gobierno Nacional
- Pasantías para investigadores y estudiantes de doctorado
- Apoyo para movilidad entrante o saliente solicitado por el Icetex: El Icetex podrá incluir solicitudes de apoyo con el fin de que un experto nacional o internacional participe en un evento o actividad preparada por la entidad o el Gobierno Nacional, según el caso.
- Apoyo para movilidad virtual solicitado por una IES: Las instituciones educativas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia y las escuelas normales superiores podrán solicitar apoyo financiero bajo las condiciones descritas en la convocatoria respectiva, con el propósito de generar espacios de movilidad virtual para expertos colombianos o extranjeros.
- Apoyo para la cofinanciación de proyectos en internacionalización: Las instituciones educativas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia y las escuelas normales superiores podrán solicitar apoyo financiero bajo las condiciones descritas en la convocatoria respectiva, para implementar proyectos educativos, presenciales y/o virtuales, que se enmarquen en los ejes de la política de cooperación educativa de la entidad.
DURACIÓN: La financiación para el experto en el evento o actividad podrá ser hasta por seis (6) meses cuando el rubro aprobado sea tiquetes aéreos y hasta por catorce (14) días cuando el rubro sea viáticos.
De igual forma, los proyectos en internacionalización podrán tener una duración mínima de 5 días y máxima de 6 meses.
RUBROS POR FINANCIAR: La institución educativa colombiana podrá solicitar apoyo al Icetex para uno de los siguientes rubros, por experto:
- Pasaje aéreo internacional ida y regreso en tarifa económica, hasta por el valor correspondiente a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Viáticos hasta por catorce (14) días calendario durante el tiempo de permanencia del experto, hasta por un valor de medio salario mínimo legal mensual vigente por día.
- Fondos en dinero para cofinanciar el proyecto. Rubros determinados en los convenios de cooperación.
Queda a discreción del Icetex financiar uno o los dos rubros establecidos en el presente Acuerdo en el marco de eventos organizados por la entidad.
Los reembolsos financieros para viáticos o tiquetes aéreos, luego de la aprobación de los apoyos y las visitas de los expertos colombianos o internacionales, se harán directamente a las instituciones solicitantes.
Se podrá apoyar de manera directa la participación de expertos internacionales, en eventos académicos que tengan lugar en Colombia, ofrecidos sin costo alguno para los asistentes y con pertinencia para el desarrollo académico, científico y cultural del país, organizados por el Icetex y en actividades conjuntas con otras entidades de gobierno.
Se podrá apoyar la participación de expertos colombianos en eventos, actividades académicas o escenarios internacionales, que tengan lugar fuera de Colombia. Los docentes tendrán que contar con el respaldo de la institución de origen. Esta modalidad se podrá aplicar en los programas alineados con el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Nacional y con la disponibilidad presupuestal.
El desembolso lo realizará el Icetex directamente al centro docente, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la convocatoria.
RECEPCIÓN DE SOLICITUDES: Las instituciones educativas realizarán las solicitudes de acuerdo con el cronograma respectivo, publicado en la página web del Icetex y de conformidad con lo establecido en cada convocatoria.
REQUISITOS: Para acceder a este apoyo financiero se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Que la institución de educación se encuentre inscrita en el Programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia.
- Que la participación del profesor o experto, nacional o internacional esté enmarcada en un evento o actividad académica.
- Que el experto internacional sea residente permanente en el exterior.
- Que el experto nacional resida en Colombia.
- Que las escuelas normales superiores realicen la solicitud formal justificando el apoyo financiero, mediante oficio firmado por el rector o su representante legal.
- Los demás dispuestos en la convocatoria.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN: El Icetex tendrá en cuenta los siguientes criterios para evaluar la solicitud del apoyo:
- Participación de la Institución en cualquier modalidad de intercambio para Extranjeros en Colombia.
- Contribución al desarrollo del país a través de la transferencia de conocimiento en los temas específicos relacionados con el evento.
- Distribución regional.
- Áreas priorizadas en el Plan Nacional de Desarrollo.
- Carácter de la institución: pública o privada.
PROCESO PARA APROBACIÓN: El Icetex evaluará las solicitudes del apoyo financiero para la participación de expertos en eventos académicos, la decisión se consignará en un acta y se comunicará a las instituciones educativas solicitantes.
LEGALIZACIÓN: Las instituciones de educación deberán presentar las solicitudes de reembolso, dentro de las fechas establecidas en el cronograma, enviando todos los documentos requeridos por cada experto.
DISPOSICIONES FINALES: La institución educativa deberá dar reconocimiento al apoyo otorgado por el Icetex en los documentos de publicidad y divulgación del programa en el que participará el profesor o experto y reservará cupos para la asistencia de funcionarios del Icetex en el evento.
En caso de aplazamiento del evento o cambio del profesor o experto aprobado, la institución educativa deberá notificar al Icetex, dentro de los ocho (8) días hábiles anteriores a la fecha establecida para la realización del evento.
b) PROGRAMA PARA EL APOYO A LA CALIDAD DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR COLOMBIANAS CON EXPERTOS INTERNACIONALES:
Bajo esta modalidad se brinda apoyo financiero a los procesos de calidad que adelanten las instituciones de educación superior colombianas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia, mediante la participación de expertos internacionales que puedan aportar en dichos procesos.
Las instituciones de educación superior interesadas deben presentar un plan de trabajo con actividades a desarrollar en un período de hasta seis meses, en el que se especifique cuál o cuáles de los siguientes componentes se van a trabajar con el asesoramiento del experto:
- Acreditación;
- Calidad;
- Internacionalización del currículo;
- Creación de programas con doble titulación;
- Metodología para la enseñanza de una segunda lengua;
- Otros enfoques de trabajo que estén encaminados al logro de los anteriores componentes o a conseguir la acreditación de un programa académico en específico.
RUBROS POR FINANCIAR: De acuerdo con la solicitud de la institución de educación colombiana, el Icetex podrá financiar uno o ambos de los siguientes rubros:
- Pasaje aéreo internacional de ida y regreso en tarifa económica.
- Manutención mensual hasta por siete salarios mínimos legales mensuales vigentes.
IV. PROGRAMAS ESPECIALES DE COOPERACIÓN:
a) Programa de Alianzas o Programas Cofinanciados
b) Programa “Colombia como Destino Académico”
El objetivo de este componente es generar alianzas y apalancar recursos mediante cooperación estratégica nacional e internacional que permitan la implementación de programas enmarcados en los ejes del presente acuerdo y promocionar a Colombia como destino académico de calidad. A continuación, se relacionan los programas:
a) PROGRAMA DE ALIANZAS O PROGRAMAS COFINANCIADOS:
Son acuerdos de cooperación educativa, técnica y científica, con organismos internacionales o nacionales, entidades gubernamentales, instituciones académicas, sector privado y tercer sector que permiten la transferencia de conocimiento y realización de estudios en Colombia o en el exterior. Este tipo de alianzas educativas buscarán realizar aportes entre el Icetex y otros aliados específicos, con los cuales se pueda financiar total o parcialmente la realización de actividades académicas como cursos de posgrado, cursos cortos, estancias o intercambios, desarrollo de proyectos de investigación, programas de inmersión en lenguas extranjeras y pasantías.
Con estas alianzas se podrán beneficiar ciudadanos colombianos o extranjeros y centros docentes, dependiendo de la actividad a desarrollar y de la participación de cooperantes o aliados estratégicos.
Para lo anterior, se establecerán alianzas con entidades nacionales e internacionales que estén en la disposición de contribuir con recursos al establecimiento de dichos programas, alineados con las temáticas de prioridad de las entidades involucradas y los recursos serán desembolsados por el Icetex a las entidades cooperantes.
MODALIDADES: Este tipo de cooperación se podrá adelantar para realizar actividades en la modalidad presencial o virtual dependiendo de las características propias de cada alianza o convenio.
CONDICIONES: Los programas cofinanciados se establecerán bajo las siguientes condiciones:
- Deberá existir al menos una entidad aliada que aporte recursos en dinero o en especie.
- Dicha entidad deberá aportar al menos un 30% de aportes comparativamente con el aporte del Icetex.
- Los beneficiarios de estos programas se seleccionarán en conjunto entre el Icetex y la entidad aliada.
- La entidad aliada debe tener antecedentes de ejecución de programas con otras entidades, a través de acuerdos o convenios de cooperación interinstitucional o internacional.
- Los acuerdos podrán estar enmarcados en cualquiera de las temáticas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo y estar dirigidos al fortalecimiento de la educación colombiana.
RUBROS Y/O ACTIVIDADES POR FINANCIAR:
- Cursos de formación
- Pasajes aéreos
- Costos de alojamiento y manutención
- Logística para eventos académicos
- Logística para posicionar a Colombia como destino académico
- Difusión y promoción de actividades de fortalecimiento de la educación superior colombiana
- Fondos o subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la educación superior
DESEMBOLSOS: Para los programas cofinanciados y/o de movilidad académica, los desembolsos se efectuarán a los aliados, cooperantes o personas jurídicas establecidas en cada programa.
b) PROGRAMA “COLOMBIA COMO DESTINO ACADÉMICO”:
El Icetex acompañará y apoyará la realización de conferencias y misiones académicas internacionales las cuales considere pertinentes de acuerdo con el enfoque y objetivo de estas, aportando recursos económicos o en especie y en alianza con otras instituciones o cooperantes.
ARTÍCULO 6o. PROGRAMACIÓN. <Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022> Anualmente, el Icetex determinará el cronograma de realización de las convocatorias para el desarrollo de cada uno de los programas descritos en este Acuerdo y realizará la difusión que se requiera a través de los medios o canales institucionales y los que considere más efectivos para este propósito.
ARTÍCULO 7o. INSTANCIAS RESPONSABLES. <Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022> Las instancias institucionales responsables de desarrollar la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex serán las áreas misionales y de apoyo de la entidad.
ARTÍCULO 8o. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. <Acuerdo derogado por el artículo 9 del Acuerdo 14 de 2022> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Acuerdo número 001 del 5 de marzo de 2019, el Acuerdo número 010 del 30 de marzo de 2016, el Acuerdo número 001 del 30 de enero de 2018, el Acuerdo número 018 del 29 de julio de 2009 que modificó el Acuerdo número 051 del 31 de octubre de 2007, la Resolución número 024 del 17 de enero de 2020, la Resolución número 1523 del 15 de diciembre de 2019 y las demás normas que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de noviembre de 2020.
El Presidente de Junta Directiva,
Luis Fernando Pérez Pérez.
La Secretaria (e) de Junta Directiva,
Miriam Cardona Giraldo.
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