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RESOLUCION 928 DE 2012

(Octubre 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA

"Por la cual se crea el Comité Técnico de Apoyo al Supervisor del Contrato 086 de 2012 en cuanto a la recepción a conformidad de la tarjeta y artes para la elaboracion de las Cédulas de Extranjeria"

EL DIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 7" del articulo 4 y el numeral 19 del articulo 10 del Decreto Ley 4062 de 2011 y el articulo 77 del Decreto 4000 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 100 de la Constitucion Política de Colombia dispone que (...) "los extranjeros gazarán, en el territorio de la República, de las garantías concedidas a los nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitución o la ley."

Que el numeral 14 del articulo 10 del Decreto 4062 de 2011 define como función a cargo del Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia la de (...) "expedir los actos administrativos, realizar las operaciones necesarias y celebrar los contratos, acuerdos y convenias que se requieran para asegurar el cumplimiento de sus objetivos y funciones de acuerdo con las normas vigentes."

Que el numeral 19 del artículo 10 del Decreto 4062 de 2011 define como función a cargo del Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia la de crear, organizar y conformar comités, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes, proyectos y programas trazados para el adecuado funcionamiento de la entidad.

Que el articula 77 del Decreto 4000 de 2004 precisa que con base en el registro de extranjeros, el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, expedirá a los mayores de edad un documento de identidad, denominado Cédula de Extranjeria y las características de la misma serán establecidas por el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.

Que el numeral 2 del articulo 13 del Decreto Ley 4062 de 2011 estableció como función de la Oficina de Control Interno "Desarrollar los instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de control de riesgo, de autocontrol y de calidad que contribuya al mejoramiento continuo en la prestación de servicios de competencia de la entidad.

Que mediante la Resolución 0048 del 19 de enero de 2012 se estableció transitoriamente la expedición de contraseña como documento de identificación para los extranjeros dentro del territorio de la República de Colombia además de las características de la contraseña y por medio de la Resolucion 562 del 29 de junio de 2012 se prolongó su vigencia hasta 31 de diciembre de 2012.

Que de acuerdo con la FICHA TÉCNICA CÉDULAS DE EXTRANJERÍA (Anexo 1) emitido por Unidad Administrativa Especial Migración Colombia se establecieron las características de la nueva cédula de extranjería.

Que de acuerdo con el Contrato Interadministrativo No. 086 celebrado entre la Imprenta Nacional de Colombia y la Unidad Administrativa Especial Mígración Colombia el contratista aceptó cumplir con las condiciones de calidad pactadas para la nueva Cédula de Extranjería.

Que de acuerdo con lo contenido en dicho Contrato el Subdirector de Extranjeria de Migración Colombia ejercerá como Supervisor del mismo.

Que con el objetivo de verificar las caracteristicas técnicas, de seguridad y de calidad contratadas para la producción y suministro de la Cédula de Extranjeria expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia se hace necesario contar con un equipo técnico conformado por dactiloscopistas y grafólogos que avalen tales características para dicho documento.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Crear el Comité Técnico de Apoyo al Supervisor del Contrato Interadministrativo 086 de 2012 en cuanto a la recepción a conformidad de la tarjeta y artes para la elaboración de las Cédulas de Extranjería.

ARTÍCULO 2o. El Comite Técnico de Apoyo estará conformado por los siguientes funcionarios:

  • Gustavo Solano, Coordinador Grupo de Enlace Interpol.
  • Robinson Valencia Giraldo, Coordinador Grupo de Apoyo Técnico Cientifico.
  • Alex Ferney Hincapié Nuñez, funcionario de la Regional Andina.
  • Nelson Enrique Hernández, funcionario de la Subdirección de Extranjería.

Los mencionados funcionarios deberán establecer si los documentos Cédulas de Extranjería entregados por la Imprenta Nacional de Colombia de acuerdo con ef Contrato Interadministrativo No. 086 cumplen con los requerimientos técnicos solicitados por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia en dicho contrato y en sus anexos tecnicos.

PARÁGRAFO ÚNICO. Los funcionarios que conforman el Comité asumirán sus funciones por una única vez, en tanto cumplan con los fines de la presente Resolucion,

Dicho Comite será el órgano técnico de apoyo del Subdirector de Extranjeria de Migración Colombia, supervisor del Contrato Interadministrativo No. 086.

ARTÍCULO 3o. Las características de material diseño, impresión, calidad, seguridad a verificar serán las especificadas y determinadas minuciosamente en el Anexo 1 de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4o. La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, será la única propietaria del diseño del documento denominado CÉDULA DE EXTRANJERiA, en tal virtud es la única entidad facultada para su expedición y certificación.

ARTÍCULO 5o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los

SERGIO BUENO AGUIRRE

Director

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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