RESOLUCION 791 DE 2014
(abril 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA
Por la cual se recopila en un solo cuerpo normativo las designaciones de coordinaciones y supervisiones del Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Eldorado y se dictan otras disposiciones
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA
en uso de sus atribuciones, en especial las que le confiere el numeral 19 del articulo 10 del Decreto 4062 de 2011, en aplicación de la normatividad descrita en la parte motiva de esta Resolución, y
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta el proceso de transición entre el Departamento Administrativo de Seguridad (Das) y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia se hizo necesario crear y conformar unos grupos internos de trabajo para garantizar la adecuada presentación de los servicios migratorios en todos los puestos de control migratorio (PCM) y Centros facilitadores de servicios migratorios (CFSM) en todo el territorio nacional.
Que mediante la Directiva 013 del 20 de abril de 2012, se implemento el Sistema de Gerencia Regional de Control Migratorio, en el que se establece un modelo de jerarquías en cada uno de los puestos de Control Migratorio y Coordinadores a nivel nacional, determinando las funciones y responsabilidades en sus cargos.
Que mediante la Resolución 0042 del 4 de junio de 2012 del Director General ordenó realizar unas designaciones como supervisores de grupos de trabajo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia a unos funcionarios adscritos en los puestos de control migratorio del país.
Que mediante Resolución No. 1184 del 28 de diciembre de 2012, se crearon unos grupos infernos de trabajo, y se modificaron las resoluciones 297, 485 y 748 de 2012 y se derogó la resolución 430 de 2012, de conformidad con lo previsto en la ley 489 de 1998.
Que el Director General de Migración Colombia mediante la Resolución 462 del 4 de junio de 2012, designó como supervisores a varios funcionarios del Aeropuerto Eldorado, mediante la Resolución 01907 del 21 de octubre de 2013, suprimió algunas supervisiones terminó otras y realizó nuevas designaciones, por lo cual existen varios actos administrativos que regulan el tema y mediante la resolución 006 del 2 de enero de 2014, una designación adicional.
Que atendiendo a las necesidades de la Entidad y al modelo de creación de grupos de trabajo por procesos; a la fecha, se hace necesario compilar las supervisiones existentes en el Aeropuerto Eldorado, en un solo cuerpo normativo, para facilitar su consulta y la administración del talento humano asignado a las tareas en mención.
Que por lo antes expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Ratificar las siguientes designaciones como supervisores de Grupos de Trabajo del Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Eldorado, de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia;
No. | CEDULA | APELLIDOS | NOMBRES | CARGO | CODIGO | GRADO | SUPERVISION |
1 | 80.058.262 | CUBILLOS NOVOA | JOHN ALEJANDRO | Oficial de Migración | 3010 | 13 {E) | Supervisor 1 (Jefe de Turno) |
2 | 52.270.106 | LLANO GAITAN | MARIA FERNANDA | Oficial de Migración | 3010 | 15 | Supervisor 1 (Jefe de Turno) |
3 | 10.030.992 | RAMÍREZ HERNANDEZ | DIEGO FERNANDO | Oficial de Migración | 3010 | 13 | Supervisor 1 (Jefe de Turno) |
No. | CEDULA | APELLIDOS | NOMBRES | CARGO | CODIGO | GRADO | SUPERVISION |
4 | 80.728.629 | NAVARRETE RODRIGUEZ | DIEGO ANDRES | Oficial de Migración | 3010 | 15 (E) | Supervisor 1 (Jefe de Tumo) |
1 | 52,979.114 | ARCHILA GOYENECHE | LADY ANDREA | Oficial de Migración | 3010 | 11 | Supervisor 2 |
2 | 11.446.004 | CELIS BERNAL | OSCAR FRANCISCO | Oficial de Migración | 3010 | 13(E) | Supervisor 2 |
3 | 88.194.223 | CORREA ARCHSLA | MARCOS | Oficial de Migración | 3010 | 15{ E} | Supervisor 2 |
4 | 52.243.175 | DÍAZ PARRA | CAROLINA | Oficial de Migración | 3010 | 11 | Supervisor 2 |
5 | 63.531.270 | DIAZ JIMENEZ | ANGELA MARIA | Oficial de Migración | 3010 | 11 | Supervisor 2 |
6 | 52.814,377 | GARZON BOLIVAR | DIANA MILENA | Oficial de Migración | 3010 | 11 | Supervisor 2 |
7 | 52,740,050 | HERNANDEZ PARRA | JOHANNA MILENA | Oficial de Migración | 3010 | 11 | Supervisor 2 |
8 | 79.970.150 | JIMENEZ DEVIA | WILSSON ARMANDO | Oficial de Migración | 3010 | 13 | Supervisor 2 |
9 | 79.749.284 | MARROGUIN ESPITIA | JAVIER ALEXANDER | Oficial de Migración | 3010 | 13 | Supervisor 2 |
10 | 80.724,389 | MERCHAN GUERRERO | ANDRU FABIAN | Oficial de Migración | 3010 | 11 | Supervisor 2 |
11 | 75,083,250 | MUÑOZ LOPEZ | JUAN CARLOS | Oficial de Migración | 3010 | 13 | Supervisor 2 |
12 | 35.603.388 | PEÑA MOSQUERA | LUCY STELLA | Oficial de Migración | 3010 | 13 (£) | Supervisor 2 |
13 | 72.215.477 | PERALTA VASQUEZ | JOSE JULIAN | Oficial de Migración | 3010 | 16{£) | Supervisor 2 |
14 | 80,067.193 | PULIDO ARIAS | SEGUNDO RICARDO | Oficial de Migración | 3010 | 13 | Supervisor 2 |
15 | 52.931.487 | SUAREZ ARIAS | SANDRA MILENA | Oficial de Migración | 3010 | 13 (£) | Supervisor 2 |
16 | 93.397.270 | VALBUENA PINZON | RAFAEL ANTONIO | Oficial de Migración | 3010 | 18 {E) | Supervisor 2 |
ARTÍCULO 2. Los funcionarios ya designados como supervisores percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo que estén desempeñando, durante el tiempo en que ejerzan las funciones de supervisor. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal
ARTÍCULO 3. Los gastos que este reconocimiento demande se pagarán con Cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuesta) No. 114 de 2 de enero de 2014, expedida por el Subdirector Administrativo y Financiero de la Entidad.
ARTÍCULO 4. La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, hará seguimiento de la labor desarrollada por los supervisores y dependiendo de los resultados podrá prorrogar o no el presente reconocimiento.
ARTÍCULO 5. En caso de que con posterioridad a este reconocimiento sobrevengan sanciones disciplinarias o investigaciones en contra del Supervisor, la Entidad dará por terminada en cualquier momento la presente supervisión.
ARTÍCULO 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 462 del 4 de junio de 2012, la Resolución 01907 del 21 de octubre de 2013 y la Resolución 006 del 2 de enero de 2014 del Director General de Migración Colombia, únicamente en la relativo a la designación del Aeropuerto El dorado-Regional Andina.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE
SERGIO BUENO AGUIRRE
Director General