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RESOLUCIÓN 8101 DE 2022

(octubre 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se modifica la Resolución 1600 del 19 de abril de 2021,

"Por la cual se integra el Comité de Convivencia Laboral (Comité Mediador de Resolución de Conflictos) de la Planta Externa del Ministerio de Relaciones Exteriores para el periodo 2021-2023".

El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el literal a. del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y los numerales 17 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, el artículo 2 de la resolución 3195 de 2022, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con el numeral 1 del artículo 9 de la Ley 1010 de 2006, “Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo”, las instituciones deberán establecer mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio para superar las conductas que ocurran en el lugar de trabajo.

Que el Ministerio del trabajo, a través de la Resolución 1356 del 18 de julio de 2012, modificó la Resolución 652 de 2012, “Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en las entidades públicas y privadas”, estableciendo nuevas disposiciones en torno a su conformación, número de servidores que integran los comités de convivencia laboral y el plazo para su creación.

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, en cumplimiento de lo anterior y de los principios normativos enfocados a prevenir, corregir y atender eventuales situaciones que puedan atentar contra la sana convivencia laboral en la entidad, ha expedido varios actos administrativos, tendientes a la conformación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral (Comités Mediadores de Resolución de Conflictos), siendo la Resolución 3195 del 13 de mayo de 2022, la más reciente norma que fija los procedimientos sobre prevención y corrección de las conductas de acoso laboral, conformación, competencia y procedimiento interno conciliatorio, para el adecuado funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral (Comités Mediadores de Resolución de Conflictos) de la Planta Interna y Externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que mediante Resolución 1600 del 19 de abril del 2021, se conformó el Comité de Convivencia Laboral (Comité Mediador de Resolución de Conflictos) de la Planta Externa del Ministerio de Relaciones Exteriores para el periodo 2021-2023, integrado por tres (3) representantes de la entidad, con sus respectivos suplentes y tres (3) representantes de los funcionarios, con sus respectivos suplentes.

Que el articulo 11 de la Resolución 3195 de 2022, establece que son causales de retiro de los miembros del respectivo Comité, entre otras: 1). El retiro de la entidad 2). El traslado a la planta externa de la entidad, cuando la diferencia horaria no le permita asistir a las reuniones, entrevistas y demás actividades propias del Comité.

Que el señor José Trinidad Rozo Martínez, quien se desempeñaba como suplente de los representantes de los funcionarios en el Comité de Convivencia de Planta Externa fue retirado del servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del Decreto 822 de 26 de julio del 2021 y la funcionaria Esther Margarita Arias Cuentas, quien ejercía como representante titular por parte de la entidad, fue trasladada a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Mancomunidad de Australia, mediante Decreto 797 del 16 de mayo de 2022.

Que en consecuencia del retiro de los dos miembros del Comité de Convivencia Laboral (Comité Mediador de Resolución de Conflictos) de la planta Externa de este Ministerio y teniendo en cuenta lo previsto en el parágrafo del artículo 12 de la Resolución 3195 de 2022, se hace necesario que la administración gestione tales reemplazos.

Por lo expuesto y en cumplimiento al parágrafo 2° del artículo 2 de la Resolución 3195 de 2022, la Dirección de Talento Humano realizó prueba psicotécnica y entrevista a las funcionarias Olga Paola Parada Villate y Mallerly Navas Ramírez, quienes fueron seleccionadas para los reemplazos y cuentan con las competencias actitudinales y comportamentales, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos, para integrar el Comité de Convivencia Laboral (Comité Medicación de Resolución de Conflictos) de planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que en consideración de lo anterior, la administración procede a modificar el artículo 1o de la Resolución 1600 del 19 de abril del 2021, por la cual se integra el Comité de Convivencia Laboral (Comité Mediador de Resolución de Conflictos) de la Planta Externa del Ministerio de Relaciones Exteriores para el periodo 2021-2023.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. MODIFICAR. Modificar el artículo 1o de la Resolución 1600 del 19 de abril del 2021, el cual quedara así:

“ARTÍCULO 1. Objeto Confórmese el Comité de Convivencia Laboral (Comite Mediador de Resolución de Conflictos) de la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores para el periodo 2021-2023, el cual estará integrado por los siguientes miembros.

1. REPRESENTANTES DE LA ENTIDAD:

TITULARES

NOMBRE CARGO
Leonardo Quintero Cristancho Ministro Consejero
Mallerly Navas RamirezProfesional Universitario
Viviana Paola Espitia GuizaProfesional Universitario

SUPLENTES

NOMBRECARGO
Maria Rosa Ferrer CabralesMinistro Consejero
Gina Carolina Corredor MolinaAsesor
Jhoana Maritza Medina RamirezAsesor

2. REPRESENTANTES DE LOS FUNCIONARIOS

TITULARES

NOMBRE CARGO
Ana Maria Velasquez Giraldo Primer Secretario de Relaciones Exteriores
Víctor Alfonso Arias Garcia Director Técnico
José Ignacio Ruiz Becerra Técnico

SUPLENTES

NOMBRECARGO
Jack Jaime Smith MayAsesor
Alejandro Torres Peña Consejero de Relaciones Exteriores
Olga Paola Parada VillateTécnico Administrativo     

ARTÍCULO 2. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 1o de la Resolución 1600 del 19 de abril del 2021.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los (24 OCT 2022)

ÁLVARO LEYVA DURÁN

Ministro de Relaciones Exteriores

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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