RESOLUCIÓN 6884 DE 2023
(agosto 29)
Diario Oficial No. 52.503 de 30 de agosto de 2023
<Rige a partir del 1 de septiembre de 2023>
DIRECCIÓN DE ASUNTOS MIGRATORIOS, CONSULARES Y SERVICIO AL CIUDADANO
<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 10369 de 2023>
Por la cual se fija para el tercer cuatrimestre de 2023 la tasa de cambio para la conversión en pesos de las tarifas que deban pagarse en Colombia por concepto de trámites y servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores.
LA DIRECTORA DE ASUNTOS MIGRATORIOS, CONSULARES Y SERVICIO AL CIUDADANO,
en ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 22 del artículo 21 del Decreto número 869 de 2016 y el artículo 15 de la Resolución número 576 de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 576 del 20 de enero de 2023, se establecieron las tarifas de las tasas que deben pagar los usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Que el artículo 15 de la Resolución número 576 del 20 de enero de 2023, establece que para el recaudo en el territorio nacional por concepto de los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano fijará las tasas por concepto de trámites y servicios que se presten o deban pagarse en Colombia, tomando como base el promedio de la tasa oficial de cambio del euro y del dólar de los Estados Unidos de América en el último cuatrimestre; aproximando sus valores a la decena más cercana.
Que se ha utilizado la Tasa Representativa del Mercado (TRM) fijada por el Banco de la República de forma cuatrimestral entre el mes de mayo hasta el mes de agosto de 2023, para obtener la tasa de cambio promedio del dólar de los Estados Unidos de América, y de forma cuatrimestral entre el mes de mayo hasta el mes de agosto de 2023, para obtener la tasa de cambio promedio del euro para el cuatrimestre.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 10369 de 2023> Fijar la tasa promedio del dólar y del euro para el tercer cuatrimestre del año 2023.
ARTÍCULO 2o. TASA PROMEDIO DÓLAR ESTADOUNIDENSE. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 10369 de 2023> Fíjese la tasa promedio del dólar estadounidense para el tercer cuatrimestre de 2023 en el territorio nacional en cuatro mil doscientos treinta pesos ($4.230.00) moneda corriente.
ARTÍCULO 3o. TASA PROMEDIO EURO. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 10369 de 2023> Fíjese la tasa promedio del euro, para el tercer cuatrimestre de 2023 en el territorio nacional en cuatro mil seiscientos diez pesos ($4.610.00) moneda corriente.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir del 1 de septiembre de 2023 y deroga la Resolución número 3052 del 26 de abril de 2023 y demás que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de agosto de 2023.
La Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano,
Martha Patricia Medina González.