RESOLUCIÓN 5564 DE 2001
(diciembre 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Por la cual se deroga la Resolución No. 3320 del 26 de julio de 2001 y se reglamenta la destinación de los Gastos de Representación asignados a los Embajadores, Jefes de Misión Permanente, Encargados de Negocios, a.i,, y Cónsules Generales Centrales
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
En ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 489 de 1998, el Decreto 2105 de 2001 y Decreto 2106 de 2001
CONSIDERANDO:
Que el Decreto anual de los salarios, establece la escala de Gastos de Representación a que tienen derecho los Embajadores, los Jefes de Misión Permanente, los Encargados de Negocios a.i., y los Cónsules Generales Centrales de Colombia, así como la obligación de enviar al Ministerio de Relaciones Exteriores, cada cuatro (4) meses, la relación de los gastos efectuados por concepto de las actividades de representación inherentes a tales cargos. Así mismo, establece que al término de la vigencia los funcionarios mencionados, deberán reintegrar al Ministerio los dineros girados y no utilizados.
Que se hace necesario, precisar la reglamentación relacionada con los Gastos de Representación.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Las partidas por concepto de Gastos de Representación asignadas a los Embajadores, los Jefes de Misión Permanente, los Encargados de Negocios a,i., y los Cónsules Generales Centrales de Colombia, deberán ser utilizadas exclusivamente en la cancelación de obligaciones derivadas de las actividades de representación propias de sus cargos.
PARÁGRAFO 1. En todo caso, no podrán considerarse como Gastos de Representación los efectuados por los siguientes conceptos:
· Servicios domésticos
· Vinculaciones laborales
· Alimentación y manutención de personal vinculado a la residencia u oficina.
· Afiliación y cuotas de clubes sociales
· Suscripción a revistas y compra de libros
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 3320 del 26 de julio de 2001.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 10 DIC. 2001.
GUILLERMO FERNANDEZ DE SOTO
Ministro de Relaciones Exteriores