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RESOLUCIÓN 4826 DE 2025

(abril 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Diario Oficial No. 53.103 de 29 de abril de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 30 de abril de 2025

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se fija para el segundo cuatrimestre de 2025 la tasa de cambio para la conversión en pesos de las tarifas que deban pagarse en Colombia por concepto de trámites y servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores

EL DIRECTOR DE ASUNTOS MIGRATORIOS, CONSULARES Y SERVICIO AL CIUDADANO,

En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 22 del artículo 21 del Decreto 869 de 2016 y el artículo 15 de la Resolución 10452 de 2023 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 10452 del 29 de diciembre de 2023, se establecieron las tarifas de las tasas que deben pagar los usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que el artículo 15 de la Resolución 10452 del 29 de diciembre de 2023, establece que para el recaudo en el territorio nacional por concepto de los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano fijará las tasas por concepto de trámites y servicios que se presten o deban pagarse en Colombia, tomando como base el promedio de la tasa oficial de cambio del Euro y del dólar de los Estados Unidos de América en el último cuatrimestre; aproximando sus valores a la decena más cercana.

Que se ha utilizado la Tasa Representativa del Mercado (TRM) fijada por el Banco de la República de forma cuatrimestral entre el mes de enero hasta el mes de abril de 2025, para obtener la tasa de cambio promedio del dólar de los Estados Unidos de América, y de forma cuatrimestral entre el mes de enero hasta el mes de abril de 2025, para obtener la tasa de cambio promedio del Euro para el cuatrimestre.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Fijar la tasa promedio del dólar y del euro para el segundo cuatrimestre del año 2025.

ARTÍCULO 2. TASA PROMEDIO DÓLAR ESTADOUNIDENSE. Fíjese la tasa promedio del dólar estadounidense para el segundo cuatrimestre de 2025 en el territorio nacional en cuatro mil doscientos diez pesos ($4.210) moneda corriente.

ARTÍCULO 3. TASA PROMEDIO EURO. Fíjese la tasa promedio del Euro para el segundo cuatrimestre de 2025 en el territorio nacional en cuatro mil quinientos pesos ($4.500) moneda corriente.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir del 1 de mayo de 2025 y deroga la Resolución 13214 del 19 de diciembre de 2024 y demás que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C.,

FRANK ALBERTO GODOY CASADIEGO

Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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