RESOLUCIÓN 4090 DE 2009
(Septiembre 18)
<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 4481 de 2010>
Por medio de la cual se delegan unas funciones
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
En uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 9, 10 y 59, numeral 3, de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo señalado en el Decreto extraordinario 020 de de <sic> 1992, la Ley 80 de 1993; el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, el numeral 9 del artículo 6o del Decreto 3355 de 2009 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores conforme el artículo 209 de la Constitución Política, desarrolla su función administrativa bajo los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, entre otros.
Que el artículo 209 de la Constitución Política enuncia, entre otros, a la delegación como uno de los medios para desarrollar su función administrativa, y el artículo 211 ibídem señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos.
Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 establece que "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias."
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6o, numeral 9, del Decreto 3355 de 2009, se hace necesario delegar en algunos funcionarios del nivel directivo y asesor algunas funciones inherentes a las gestión del Ministerio.
Que con mérito en lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 4481 de 2010> Delegar en el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes funciones:
1. Ejercer la Representación Legal del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Asignar los recursos y ordenar el pago a las Embajadas y Oficinas Consulares.
3. Otorgar poderes para las actuaciones judiciales y demás actuaciones que lo requieran dentro del ámbito territorial de la Misión.
ARTÍCULO QUINTO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 4481 de 2010> Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes funciones:
1. Aprobar las garantías relacionadas con los contratos que se constituyan a favor de la Nación-Ministerio de Relaciones Exteriores o del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, cualquiera que sea su cuantía.
2. Diligenciar y suscribir la información que deba remitirse a la Cámara de Comercio y otras instituciones de las licitaciones que se pretendan abrir.
3. Ejercer la representación judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, en aquellos procesos jurisdiccionales, extrajudiciales y administrativos en que la Nación Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio adscrito, hagan parte a nivel nacional. Para los fines anteriormente señalados, el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Interna, tendrá las facultades otorgadas por la Ley y expresamente las de notificarse y otorgar poderes a los abogados del Ministerio de Relaciones Exteriores con la observancia de todos los requisitos legales.
ARTÍCULO SEXTO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 4481 de 2010> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 18 SEP. 2009
JAIME BERMÚDEZ MERIZALDE
Ministro de Relaciones Exteriores