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RESOLUCION 3652 DE 2013

(Junio 17)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución  2719 de 2016>

Por la cual se modifica una resolución 3758 del 25 de junio de 2012 "Por la cual se adopta y se reglamenta el Programa Institucional de Educación del Ministerio de Relaciones Exteriores"

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confieren la Ley 489 de 1998, la Ley 909 de 2004, el Decreto 3355 de 2009, el Decreto 1567 de 1998, y el Decreto 1227 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 909 de 2004, los cargos que conlleven ejercicio de responsabilidad directiva en la administración pública de la Rama Ejecutiva del orden nacional, tienen el carácter de gerencia pública, y son de libre nombramiento y remoción.

Que según lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 48 de la Ley 909 de 2004, "Los gerentes públicos están sujetos a la responsabilidad de la gestión, lo que significa que su desempeño será valorado de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia. El otorgamiento de incentivos dependerá de los resultados conseguidos en el ejercicio de sus funciones".

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 del Decreto 1227 de 2005, "La evaluación de la gestión gerencial se realizará con base en los Acuerdos de Gestión".

Que el artículo 78 del decreto 1227 de 2005 establece que para el otorgamiento de incentivos, "El desempeño laboral de los empleados de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública, se efectuará de acuerdo con el sistema de evaluación de gestión prevista en el presente decreto; los demás empleados de libre nombramiento y remoción, serán evaluados con los criterios y los instrumentos que se aplican en la entidad para los empleados de carrera."

Que mediante Resolución 3758 del 25 de junio de 2012, se adoptó y reglamentó el Programa Institucional de Educación del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que el Comité de Bienestar y Capacitación en el acta No. 3 de mayo 9 de 2013, en relación con la resolución 3758 de 2012, decidió realizar las modificaciones pertinentes al artículo 6, con el fin de, incluir los acuerdos de gestión como requisito para los Gerentes Públicos que deseen acceder al Programa Institucional de Educación.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución  2719 de 2016> MODIFICAR el artículo 6 de la Resolución 3758 del 25 de junio de 2012, el cual quedará así:

ARTÍCULO 6o. REQUISITOS PARA ACCEDER AL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN. Para ser beneficiario del Programa Institucional de Educación el funcionario deberá reunir los siguientes requisitos:

1. Ser funcionario de Carrera Diplomática y Consular, Carrera Administrativa, Libre Nombramiento y Remoción o Gerente Público.

2. No haber sido sancionado disciplinariamente el año inmediatamente anterior.

3. Llevar por lo menos un año de servicio continuo en la entidad.

4. Haber obtenido evaluación en el año inmediatamente anterior, así:

- Evaluación del Desempeño Laboral para los funcionarios de Carrera Diplomática y Consular: código A (Satisface Plenamente) o código B (Satisface), de acuerdo a los formatos de evaluación adoptados por el Ministerio (GH-FO-09 y GH-FO-10).

- Evaluación del Desempeño Laboral para los funcionarios de Carrera Administrativa y de Libre Nombramiento y Remoción: Nivel de Cumplimiento DESTACADO o SOBRESALIENTE, de acuerdo a los niveles establecidos en el numeral 4.2.1, del Acuerdo 137 de 2010, de la Comisión Nacional del Servicio Civil, por ser este el instrumento de evaluación adoptado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

- Acuerdo de Gestión para los Gerentes Públicos: entre 90% y 100%, de acuerdo al formato de adoptado por el Ministerio (GH-FO-12).

PARÁGRAFO. Los funcionarios inscritos en el escalafón de Carrera Diplomática y Consular, que se desempeñen transitoriamente como Gerentes Públicos, se tendrá en cuenta como evaluación para efectos de lo anterior, el Acuerdo de Gestión del año inmediatamente anterior.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución  2719 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica parcialmente la Resolución 3758 del 25 de junio de 2012.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá., a

MARÍA ÁNGELA HÓLGUIN CUELLAR

Ministra de Relaciones Exteriores

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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