RESOLUCION 3610 DE 2015
(junio 12)
<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2647 de 2019>
Por la cual se fija el valor de la expedición de copiás de documentos oficiales en el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
LA VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES ENCARGADA DE LAS
FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
En ejercicio de las facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 6o numeral 15 del Decreto 3355 de 2009 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 74 de la Constítución señala que "Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley (...)";
Que el artículo 4o de la ley 1712 de 2014 consagra que "toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier sujeto obligado, en la forma y condiciones que establece esta ley y la Constitución";
Que el inciso segundo del artículo 26 de la ley 1712 de 2014 determina que "la respuesta a la solicitud deberá ser gratuita o sujeta a un costo que no supere el valor de la reproducción y envío de la misma al solicitante (...)";
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 3o de la Ley 242 de 1995, el Gobierno Nacional al expedir normas que dispongan la actualización de valores sujetos a su determinación por disposición legal, tendrán en cuenta la meta de inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se aplican dichos valores;
Que de conformidad con la información suministrada por el DANE, para el año 2015 la meta de inflación está proyectada en 3%;
Que mediante la Resolución 4837 de 2013, se fijó el valor de la expedición de copias de documentos oficiales en el Ministerio de Relaciones Exteríores y su Fondo Rotatorio para el 2013, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 3o de la Ley 242 de 1995, se requiere ajustar el valor de las mismas para el año 2015;
Que en mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2647 de 2019> Fíjese el valor de cada fotocopia en CIENTO SESENTA PESOS M/CTE ($160), por folio solicitado.
ARTÍCULO 2. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2647 de 2019> La expedición de fotocopias correrán a cargo del interesado y su pago se hará previamente a la cuenta número 0060703019 del Banco Citibank a nombre del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 3. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2647 de 2019> El recibo de consignación deberá ser presentado en la Tesorería del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de obtener el correspondiente recibo de caja.
ARTÍCULO 4. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2647 de 2019> El valor de cada fotocopia, será reajustado anualmente de acuerdo con los parámetros legales que se establezcan para tal fin.
ARTÍCULO 5. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2647 de 2019> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 4837 de 2013.
PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a
PATTI LONDOÑO JARAMILLO
VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES