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RESOLUCIÓN 2985 DE 2017

(mayo 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se modifica el literal 14 del artículo 4o de la Resolución No. 3711 del 18 de junio de 2015.

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En el ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren la Ley 190 de 1995, el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, los artículos 2.2.16.1 y siguientes del Decreto 1083 de 2015 modificados por el artículo 1o del Decreto 484 de 2017 y el Decreto 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 le corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública el diseño e implementación del formato único de Hoja de Vida y la Declaración de Bienes y Rentas.

Que el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, recopiló en el Título 16 de la Parte 2 del Libro 2, las disposiciones reglamentarias de la declaración de bienes y rentas e informe de actividad económica.

Que el Decreto 484 de 2017 modificó los artículos 2.2.16.3 y 2.2.16.4 del Título 16 de la Parte 2 del Libro 2, del Decreto 1083 de 2015 con el fin de ajustar las fechas de presentación del formato de declaración juramentada de bienes y rentas en las entidades del orden nacional y territorial, de manera que sea posterior a la expedición del certificado de ingresos y retenciones para personas naturales por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFICAR el literal 14 del artículo 4o de la Resolución No. 3711 del 18 de junio de 2015, el cual quedará así:

ARTÍCULO 4o. CONCEPTOS En aras de dar mayor claridad al procedimiento de entrega del cargo se definen los siguientes conceptos:

14. Declaración Juramentada de Bienes y Rentas y de la Actividad Económica – SIGEP: En cumplimiento de la Ley 190 de 1995 y el artículo 2.2.16.3 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1o del Decreto 484 de 2017, en caso de retiro del servidor público de la entidad, la actualización en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público SIGEP, se hará por la opción de Retiro y con corte a la fecha en que se produjo este hecho y deberá ser presentada por el servidor público dentro de los tres (3) días hábiles siguientes.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a mayo 4 de 2017

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR

Ministra de Relaciones Exteriores

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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