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RESOLUCIÓN 2493 DE 2015

(mayo 5)

Diario Oficial No. 49.504 de 7 de mayo de 2015

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5444 de 2015>

Por la cual se fija para el segundo cuatrimestre de 2015 la tasa de cambio para la conversión en pesos de las tarifas que deban pagarse en Colombia por concepto de trámites y servicios.

Resumen de Notas de Vigencia

NOTAS DE VIGENCIA:

- Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5444 de 2015, 'por la cual se fija para el tercer cuatrimestre de 2015 la tasa de cambio para la conversión en pesos de las tarifas que deban pagarse en Colombia por concepto de trámites y servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores', publicada en el Diario Oficial No. 49.625 de 4 de septiembre de 2015.

- Corregida por la Resolución 3163 de 2015, 'por la cual se corrigen errores formales en la Resolución 2493 del 5 de mayo 2015', publicada en el Diario Oficial No. 49.530 de 2 de junio de 2015.

EL DIRECTOR DE ASUNTOS MIGRATORIOS, CONSULARES Y SERVICIO AL CIUDADANO.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 2055 de 20 de marzo de 2014 se establecieron las tarifas que deben pagar los usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que el artículo 15 de la Resolución 2055 del 20 de marzo de 2014, establece que para el recaudo en el territorio nacional por concepto de los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano fijará las tasas por concepto de trámites y servicios que se presten o deban pagarse en Colombia, tomando como base el promedio de la tasa oficial del dólar de los Estados Unidos de América y del Euro en el último cuatrimestre.

Que se ha utilizado la Tasa Representativa del Mercado (TRM) fijada por el Banco de la República desde el 1o de enero de 2015 hasta el 30 de abril de 2015, para obtener el promedio cuatrimestral del dólar de los Estados Unidos de América, y la tasa de cambio promedio del Euro establecida por el Banco de la República durante el mismo cuatrimestre; aproximando sus valores a la decena más cercana,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5444 de 2015> <Artículo corregido por el artículo 1 de la Resolución 3163 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:> Fíjese la tasa promedio del dólar estadounidense para el segundo cuatrimestre de 2015 en el territorio nacional en dos mil cuatrocientos ochenta pesos ($2.480.00) moneda corriente.

Notas de Vigencia

- Artículo corregido por el artículo 1 de la Resolución 3163 de 2015, 'por la cual se corrigen errores formales en la Resolución 2493 del 5 de mayo 2015', publicada en el Diario Oficial No. 49.530 de 2 de junio de 2015.

Legislación Anterior

Texto original de la Resolución 2493 de 2015.

ARTÍCULO 1o. Fíjese la tasa promedio del dólar estadounidense para el primer cuatrimestre de 2015 en el territorio nacional en dos mil ciento veinticuatro pesos ($2.480,00) moneda corriente.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5444 de 2015> <Artículo corregido por el artículo 1 de la Resolución 3163 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:> Fíjese la tasa promedio del Euro, para el segundo cuatrimestre de 2015 en el territorio nacional en dos mil setecientos sesenta pesos ($2.760.00) moneda corriente.

Notas de Vigencia

- Artículo corregido por el artículo 1 de la Resolución 3163 de 2015, 'por la cual se corrigen errores formales en la Resolución 2493 del 5 de mayo 2015', publicada en el Diario Oficial No. 49.530 de 2 de junio de 2015.

Legislación Anterior

Texto original de la Resolución 2493 de 2015.

ARTÍCULO 2o. Fíjese la tasa promedio del Euro, para el primer cuatrimestre de 2015 en el territorio nacional en dos mil seiscientos setenta pesos ($2.760,00) moneda corriente.

ARTÍCULO 3o. DE LA VIGENCIA Y DEROGATORIA. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5444 de 2015> La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución 85 del 7 de enero de 2015 y demás que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de mayo de 2015.

El Director de Asuntos Migratorios Consulares y Servicio al Ciudadano,

JAVIER DARÍO HIGUERA ÁNGEL.

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores
ISSN 2256-1633
Última actualización: 29 de abril de 2025

 

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