Buscar search
Índice developer_guide

RESOLUCION 186 DE 2011

(Enero 18)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se asignan para uso oficial los teléfonos celulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio y se deroga la Resolución 4662 del 25 de Octubre de 2010.

LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto 134 del 30 de enero de 2001.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Asignar para uso oficial los celulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, así:

1. DESPACHO DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

Ministra de Relaciones Exteriores (1)

Jefe de Gabinete (1)

Secretaria Privada (1)

Director del Protocolo (2)

Director de Asuntos Jurídicos Internacionales (1)

Director de la Academia Diplomática (1)

Jefe Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional (1)

Negociador Internacional (1)

Coordinador Grupo Interno de Trabajo de Ceremonial Diplomático (1)

Coordinador Grupo interno de Trabajo de Prensa del Despacho. (1)

Asesor Ministra de Relaciones Exteriores (1)

Asesora Ministra de Relaciones Exteriores (1)

Asesor Ministra de Relaciones Exteriores - Enlace Congreso (1)

Secretaria Ministra de Relaciones Exteriores (1)

2. DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

Viceministra de Relaciones Exteriores (1)

Director de Soberanía Territorial y Desarrollo Fronterizo (2)

Director de Asia, África y Oceanía (1)

Director de América (1)

Director de Europa (1)

Coordinador Grupo Interno de Trabajo de Fronteras y Cartografía (1)

3. DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ASUNTOS MULTILATERALES

Viceministra de Asuntos Multilaterales (1)

Asesor Viceministra de Asuntos Multilaterales (1)

Director de Derechos Humano y DIH (1)

Director de Asuntos Económicos, Sociales y Ambientales (1)

Director de Asuntos Políticos (1)

Director de Cooperación Internacional (1)

Director de Asuntos Culturales (1)

4. DESPACHO SECRETARÍA GENERAL

Secretaria General (1)

Director del Talento Humano (2)

Director Administrativo y Financiero (1)

Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicios al Ciudadano (1)

Director de Gestión de Información y Tecnología (1)

Director de Gestión de Información y Tecnología - Soporte (3)

Jefe Oficina Asesora Jurídica (1)

Jefe Oficina de Control Disciplinario Interno (1)

Coordinador Grupo Interno de Trabajo Colombia Nos Une (1)

Coordinador Grupo Interno de Trabajo de Servicios Generales (1)

Coordinador Grupo Interno de Trabajo de Mantenimiento (1)

ARTÍCULO SEGUNDO. Determinar el TOPE FIJO MENSUAL DE VOZ para el servicio de celular en mil veinticinco (1.025) minutos y cien (100) mensajes de texto a cualquier operador, no acumulables de un mes a otro.

Los Directores, Jefes de Oficina y Coordinadores de Grupo que superen el TOPE FIJO MENSUAL establecido, deberán cancelar el equivalente en pesos de la diferencia entre el consumo del periodo y el tope establecido en el presente artículo, dentro de los ocho (8) días siguientes a la comunicación que remita la Coordinación del Grupo Interno de Servicios Generales.

PARAGRAFO: Se excluyen del presente artículo los celulares asignados a la Señora Ministra de Relaciones Exteriores, Viceministros y Secretaria General.

ARTÍCULO TERCERO. Determinar el TOPE FIJO MENSUAL DE ROAMING DE VOZ en ciento veinte (120) minutos, no acumulables de un mes a otro.

Los Directores, Jefes de Oficina y Coordinadores de Grupo que superen el TOPE FIJO MENSUAL establecido, deberán cancelar el equivalente en pesos de la diferencia entre el consumo del periodo y el tope establecido en el presente artículo, dentro de los ocho (8) días siguientes a la comunicación que remita la Coordinación del Grupo Interno de Servicios Generales.

Dentro del plan corporativo de DATOS se cuenta con el servicio de internet ilimitado.

Que dada la naturaleza y los objetivos estratégicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, se incluye dentro del plan el uso del roaming internacional, el cual deberá ajustarse a las medidas de austeridad del gasto público y al ejercicio de las funciones propias de cada dependencia.

ARTÍCULO CUARTO. En el caso de utilizar el Servicio de Navegación en el Exterior, Los Directores, Jefes de Oficina y Coordinadores de Grupo deberán JUSTIFICAR los consumos ya que este servicio se considera restringido y genera cobros adicionales para el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Los funcionarios relacionados en el presente artículo, deberán justificar el uso de este servicio, dentro de los ocho (8) días siguientes a la comunicación que remita la Coordinación del Grupo Interno de Servicios Generales.

PARAGRAFO: No tendrán ninguna restricción de uso los celulares asignados a la Señora Ministra de Relaciones Exteriores, Viceministros y Secretaria General.

ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en todas sus partes la Resolución 4662 del 25 de Octubre de 2010.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

ELÍAS ANCIZAR SILVA ROBAYO

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

×
Volver arriba