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RESOLUCIÓN 63 DE 2017

(noviembre 14)

Diario Oficial No. 50.418 de 15 de noviembre de 2017

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año 2018.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),

en uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en el artículo 868 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 868 del Estatuto Tributario establece la Unidad de Valor Tributario (UVT), como la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la cual se reajustará anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en el periodo comprendido entre el primero (1º) de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.

Que de acuerdo con el radicado número 20171510238341 del 13 de octubre de 2017, se certificó por parte del Director Operativo de la Dirección de Difusión, Mercadeo y Cultura Estadística del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, entre el 1º de octubre de 2016 y el 1º de octubre de 2017, fue de 4,07%.

Que el inciso tercero del artículo 868 del Estatuto Tributario establece que le corresponde al Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), publicar mediante Resolución antes del 1º de enero de cada año, el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), aplicable para el año gravable siguiente.

Que se hace necesario establecer el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que regirá para el año gravable 2018.

Que se cumplió con las formalidades previstas en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en el Decreto 1081 de 2015, modificado por el Decreto 270 de 2017, en relación con la publicación del texto de la presente resolución.

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN),

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. VALOR DE LA UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO (UVT). Fíjase en treinta y tres mil ciento cincuenta y seis pesos ($33.156) el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que regirá durante el año 2018.

ARTÍCULO 2o. Para efectos de convertir en valores absolutos las cifras y valores expresados en UVT, aplicables a las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), de que trata el artículo 868-1 del Estatuto Tributario, se multiplica el número de las Unidades de Valor Tributario (UVT) por el valor de la UVT y su resultado se aproxima de acuerdo con el procedimiento de aproximaciones de que trata el inciso sexto del artículo 868 del Estatuto Tributario.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 14 de noviembre de 2017.

El Director General,

SANTIAGO ROJAS ARROYO.

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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