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DECRETO 2452 DE 2018

(diciembre 27)

Diario Oficial No. 50.819 de 27 de diciembre de 2018

MINISTERIO DEL TRABAJO

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 2 del Decreto 2361 de 2019>

Por el cual se establece el auxilio de transporte.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4 de 1992,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. AUXILIO DE TRANSPORTE PARA 2019. <Decreto derogado por el artículo 2 del Decreto 2361 de 2019> Fijar a partir del primero (1) de enero de dos mil diecinueve (2019) el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de noventa y siete mil treinta y dos pesos ($97.032.00) mensuales, que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. El presente decreto rige a partir del primero (1) de enero del año dos mil diecinueve (2019) y deroga el Decreto número 2270 de 2017.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2018.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

La Ministra del Trabajo,

Alicia Victoria Arango Olmos.

La Ministra de Transporte,

Ángela María Orozco Gómez.

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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