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DECRETO 1647 DE 2002

(agosto 2)

Diario Oficial No. 44.893, de 07 de agosto de 2002

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio del cual se asigna una circunscripción consular.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la República de Colombia mediante Decreto 2649 del 24 de diciembre de 1999 suprimió en el Consulado de Colombia en Bluefields, Nicaragua, el cargo de Cónsul de Segunda Clase, consecuentemente, suprimiendo el consulado,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Asignar la circunscripción consular que pertenecía al Consulado de Colombia en Bluefields, Nicaragua, el cual fue suprimido mediante Decreto 2649 del 24 de diciembre de 1999, a la Sección Consular, de la Embajada de Colombia en Managua, Nicaragua.

ARTÍCULO 2°. El Consulado de Colombia en Managua queda con circunscripción en la misma ciudad, y en todo el territorio Nicaragüense.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO.

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
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2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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