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DECRETO 821 DE 2021

(julio 26)

Diario Oficial No. 51.747 de 26 de julio de 2021

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto número 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto número 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.

Que, como candidato a ocupar el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Bali, República de Indonesia, la Embajada de Colombia ante la República de Indonesia, ha propuesto mediante el memorando EIDYKT número 466 del 23 de noviembre de 2020 al señor Ketut Rai Arya, ciudadano indonesio.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto número 1067 de 2015, corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República de Indonesia, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Bali, República de Indonesia, así como el nombramiento del señor Ketut Rai Arya, como Cónsul Honorario.

Que mediante el memorando I-GAP-20-013780 del 2 de diciembre de 2020, la Dirección de Asia, África y Oceanía igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuestos. Asimismo, con la Nota Verbal número D/01066/05/2021/65 del 31 de mayo de 2021, el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Indonesia, manifestó su beneplácito frente al nombramiento.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. CREAR el Consulado Honorario de Colombia en Bali, República de Indonesia.

ARTÍCULO 2o. DESIGNAR al señor Ketut Rai Arya, como Cónsul Honorario en Bali, con circunscripción en la Provincia de Bali de la República de Indonesia, por un periodo inicial de cuatro (4) años.

ARTÍCULO 3o. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de julio de 2021.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Martha Lucía Ramírez Blanco

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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