CIRCULAR 5338 DE 2025
(marzo 31)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Bogotá 31 de marzo de 2025
Para: | supervisores de contratos por prestación de Servicios |
De: | Lucy Edrey Acevedo Meneses Secretaria General |
Asunto: | Calendario de Radicación de Cuentas Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores |
Con el objetivo de optimizar los procesos administrativos relacionados con la recepción, validación y trámite para el pago de las cuentas de los contratistas del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, se establece que, a partir de la fecha, todas las cuentas deberán ser radicadas dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes. Esta disposición pretende garantizar la adecuada planeación y el correcto trámite de estas, contribuyendo a una gestión ordenada y eficaz de los recursos.
En consecuencia, se establece el calendario para la recepción de cuentas correspondiente a la vigencia 2025, en el área de cuentas por pagar del GIT del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
MES PARA RADICAR | PRIMER DÍA DE RADICACIÓN | ÚLTIMO DÍA PARA RADICACIÓN |
MARZO | 31 de marzo de 2025 | 04 de abril de 2025 |
ABRIL | 30 de abril de 2025 | 07 de mayo de 2025 |
MAYO | 03 de junio de 2025 | 09 de junio de 2025 |
JUNIO | 01 de julio de2025 | 07 de julio de 2025 |
JULIO | 31 de julio de 2025 | 06 de agosto de 2025 |
AGOSTO | 02 de septiembre de 2025 | 06 de septiembre de 2025 |
SEPTIEMBRE | 30 de septiembre de 2025 | 06 de octubre de 2025 |
OCTUBRE | 31 de octubre de 2025 | 07 de noviembre de 2025 |
NOVIEMBRE | 01 de diciembre de 2025 | 05 de diciembre de 2025 |
Es necesario precisar que, en los casos en los que, dentro del período de recepción documental, verificación de los soportes y trámite de la obligación presupuestal, se requieran modificaciones, se procederá con la devolución de los documentos recibidos, lo que implica el inicio de todo el proceso nuevamente. En este sentido, se debe tener presente los plazos de radicación estipulados en la presente circular.
De no radicar dentro de los días estipulados para cada mes, se deberá esperar a la siguiente fecha para realizar la radicación de la cuenta.
Para al mes de diciembre 2025, las cuentas se recibirán y tramitarán conforme a los plazos establecidos en la circular de cierre financiero de la vigencia 2025 de la Dirección Administrativa y Financiera.
Agradezco la colaboración y el compromiso de todos los involucrados
Cordialmente,
LUCY EDREY ACEVEDO MENESES
Secretaria General