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CIRCULAR 226 DE 2010

(Diciembre 10)

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá D.C.,

PARA:Directores, Jefes de oficina y Coordinadores.
 
ASUNTO:Trámite de los Decretos y Resoluciones ejecutivas que deban ser firmados por el señor Presidente de la República.

De acuerdo con la circular emitida por la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, allegada al Ministerio de Relaciones Exteriores el 3 de diciembre de 2010, mediante Memorando MEM10- 00017713 / 33020, se informa que el trámite de los Decretos y Resoluciones Ejecutivas que deban ser firmados por el señor Presidente de la República, deberán radicarse en la Oficina de Correspondencia del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República a más tardar el día 15 de diciembre.

Se sugiere que las dependencias que tengan en trámite alguna actuación que guarde relación con las enunciadas, procedan a darle curso antes de la precitada fecha.

Cordialmente,

MARÍA MARGARITA SALAS MEJÍA

Secretaria General

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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