Buscar search
Índice developer_guide

CIRCULAR 218 DE 2010

(Noviembre 11)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:Oficinas consulares y encargados de funciones consulares de Colombia en el exterior, gobernaciones y sedes expedidoras de Pasaportes Bogota.
 
DE:SECRETARÍA GENERAL
 
ASUNTO:PRESENTACION DE INFORMES

De acuerdo con las instrucciones dadas por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, sobre el periodo de transición del pasaporte sin zona de lectura mecánica se deberá:

Todas las sedes deben reportar los recaudos por venta de pasaportes con zona de lectura mecánica y sin zona de lectura mecánica en los plazos establecidos por la Resolución 0988 de 2000, en los siguientes formatos: a) DP- F0-05 INFORME SOBRE ACTUACIONES Y RECAUDOS CONSULARES (MOVIMIENTO GENERAL); b) DP-FO-06 INFORME SOBRE ACTUACIONES Y RECAUDOS CONSULARES (PASAPORTES); c) DP-FO-07 INFORME DE ACTUACIONES Y RECAUDOS CONSULARES (MOVIMIENTO DE DOCUMENTOS VALOR) y d) DP-FO-15 INFORME SOBRE ACTUACIONES Y RECAUDOS CONSULARES (MOVIMIENTO GENERAL DE IMPUESTO DE TIMBRE)

Igualmente, de manera atenta les solicitamos que los Consulados, Encargados de Funciones Consulares, Gobernaciones y sedes Bogotá que expiden pasaporte con zona de lectura mecánica presenten a más tardar el 18 de noviembre de 2010 un informe mensualizado de la cantidad de pasaportes con zona de lectura mecánica vendidos entre el 15 de julio y el 31 de octubre, a los correos recaudosAC01AC10@cancilleria.qov.coy sonia.orduz@cancilleria.qov.co

Cordialmente,

MARÍA MARGARITA SALAS MEJÍA

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

×
Volver arriba