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CIRCULAR 143 DE 2020

(noviembre 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

PARA:MISIONES EN EL EXTERIOR CANCILLERIA INTERNA FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR
DE:CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
ASUNTO:Cambio procedimiento tributario para Retención en la Fuente, aplicable durante el año gravable 2021.

Respetados funcionarios:

En cumplimiento de los artículos 385 y 386 del Estatuto Tributario, los cuales establecen los procedimientos que el retenedor deberá aplicar para la retención en la fuente, de manera atenta se informa a todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, que a partir de la vigencia fiscal 2021, se aplicará el procedimiento dos (2) para efectos de calcular la retención en la fuente sobre los ingresos correspondientes.

Por lo anterior, quien desee que de manera particular se le aplique el procedimiento uno (1), sin importar que durante la vigencia 2020, estuviera o no en dicho procedimiento, DEBERA MANIFESTARLO DE MANERA ESCRITA al Grupo Interno De Trabajo de Nómina de la Dirección de Talento Humano, al correo electrónico mauricio.garcia@cancilleria.gov.coa más tardar el día 22 de diciembre del presente año.

Es importante que todos los funcionarios tengan de presente que el procedimiento seleccionado aplica para todo el año, por tanto, no es posible su cambio una vez entre en aplicación a partir del mes de enero de 2021, por estricta disposición de las normas tributarias.

Solamente deben remitir la información al correo antes señalado, quienes se acojan al procedimiento 1, los demás funcionarios no deben informar nada al respecto.

Frente al procedimiento que escoja cada funcionario, se recomienda asesorarse con el profesional de su confianza en materia tributaria, por cuanto el Ministerio se abstendrá de hacerlo.

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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