CIRCULAR 140 DE 2020
(noviembre 12)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Bogotá, D.C.,
PARA: | EMBAJADAS EN EL EXTERIOR CANCILLERIA INTERNA MISIONES EN EL EXTERIOR |
DE: | CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA |
ASUNTO: | ASPECTOS NOVEDADES DE TALENTO HUMANO CIERRE AÑO 2020. |
Respetados funcionarios:
Con el fin que las acreencias laborales, prestaciones sociales, novedades de personal, seguridad social y parafiscal, sean tramitadas oportunamente antes del 31 de diciembre del presente año, es importante la adopción de medidas que permitan realizar el cierre fiscal y presupuestal 2020 oportunamente. En este sentido, se requiere de la colaboración de todos los funcionarios de la entidad en el cumplimiento de las fechas límite, y de esta manera garantizar el reporte de toda novedad que impacta la nómina, conforme a los lineamientos que se señalan a continuación:
No. | PROCESO | FECHA LÍMITE DE REPORTE Y/O SOLICITUD |
1. | Reporte adopción procedimiento 1 para efectos de retención en la fuente aplicar en el año 2021 | Diciembre 22 |
2. | Solicitud para que se conceda licencias no remuneradas | Diciembre 14 |
3. | Reporte de incapacidades otorgadas antes del 13 de diciembre | Diciembre 14 |
4. | Posesión por nombramientos nuevos | Diciembre 14 |
5. | Posesión por alternaciones | Diciembre 14 |
6. | Reporte de horas extras laboradas entre el 1° y 13 de diciembre | Diciembre 14 |
7. | Solicitud de descuentos por nómina AFC/AVO por parte de los funcionarios | Diciembre 10 |
8. | Permisos remunerados | Diciembre 11 |
9. | Encargos y designaciones | Diciembre 14 |
10. | Traslado de EPS o Fondo de Pensiones | Diciembre 10 |
11. | Solicitud extraordinaria de vacaciones | Diciembre 10 |
Igualmente es importante señalar que no se autorizará la interrupción, ni aplazamiento de vacaciones concedidas para su disfrute en los meses de diciembre de 2020 y enero de 2021, teniendo en cuenta que el pago se realizó anticipadamente en los meses de noviembre y diciembre respectivamente.
Estas medidas tienen como objetivo permitir un cierre de año de forma ordenada en materia salarial y prestacional, y mitigar traumatismos y desgastes administrativos. De igual forma, poder constituir financieramente las cuentas por pagar de forma oportuna con cargo a salarios y prestaciones sociales y de seguridad social, puesto que la coordinación de nómina debe garantizar la entrega de la información a la Dirección Administrativa y Financiera, y de esta manera evitar realizar reportes extemporáneos que ocasionen vigencias expiradas en la vigencia del año 2021.
Cordialmente,
CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
SECRETARIO GENERAL