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CIRCULAR 104 DE 2019

(Noviembre 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR
CANCILLERIA INTERNA
DE: CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
ASUNTO:Autorización Descuento Prima de Navidad año 2019

Respetados funcionarios:

Para efectos de la liquidación de la prima de navidad, de manera atenta se solicita a los funcionarios que realizan aportes voluntarios en pensiones (AVP) o cuentas de ahorro para el fomento de la construcción (AFC) los cuales se deducen de la Nómina, informen de forma escrita si desean o no que se les aplique de manera particular dicho descuento sobre la prima en mención, la cual se pagará en los primeros quince (15) días del mes de diciembre, para lo cual tener presente lo siguiente:

- Con la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018, la liquidación de la retención en la fuente para la prima de navidad se liquida de forma independiente, deduciendo de esta solo el 25% de renta exenta; Con base en lo anterior es pertinente aclarar que los aportes AFC/AVP resultan excluidos del beneficio tributario respecto de la liquidación de retención en la fuente sobre la prima de navidad.

- En todo caso, es responsabilidad de cada funcionario asesorarse por su propia cuenta para la toma de la decisión, por cuanto el Ministerio se abstendrá de hacerlo, ya que la condición tributaria de cada funcionario es de carácter particular.

Dado lo anterior y con el fin de precisar la información, se solicita diligenciar el formato adjunto y enviarlo a más tardar el día miércoles 25 de noviembre del 2019 al siguiente correo mauricio.garcia@cancilleria.gov.co, del Grupo de Nómina de la Dirección de Talento Humano.

Aquellas solicitudes que lleguen posterior a la fecha indicada no serán tenidas en cuenta debido a que se debe dar estricto cumplimiento al cronograma de entrega de liquidación de la prima de navidad a la Dirección Administrativa y Financiera.

Finalmente, los funcionarios que no informen su decisión, solo se les aplicará el descuento autorizado normalmente sobre el salario del mes de diciembre, y quienes autoricen dicho descuento en la prima de navidad igualmente se les aplicara el descuento que tengan autorizado sobre su salario.

Cordialmente,

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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