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CIRCULAR 80 DE 2022

(noviembre 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

PARA:FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR CANCILLERIA INTERNA
DE:JOSE ANTONIO SALAZAR RAMIREZ
SECRETARIO GENERAL
ASUNTO: Cambio procedimiento tributario para Retención en la Fuente sobre salarios, aplicable durante el año gravable 2023.

Respetados funcionarios:

En cumplimiento de los artículos 385 y 386 del Estatuto Tributario, los cuales establecen los procedimientos que el Agente Retenedor debe aplicar para la retención en la fuente, de manera atenta se informa a todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, que a partir de la vigencia fiscal 2023, se aplicará el procedimiento dos (2) para efectos de calcular la retención en la fuente sobre los ingresos por salarios.

Por lo anterior, quien desee que de manera particular se le aplique el procedimiento uno (1), DEBERA MANIFESTARLO POR ESCRITO al Grupo Interno de Trabajo de Nómina de la Dirección de Talento Humano, al correo electrónico mauricio.garcia@cancilleria.gov.co a más tardar el día 15 de diciembre del presente año.

Es importante que todos los funcionarios tengan presente que el procedimiento seleccionado aplica para todo el año 2022, por tanto, no es posible su cambio una vez entre en aplicación a partir del mes de enero de 2023, por estricta disposición de las normas tributarias.

Se solicita informen al respecto, solamente quienes se acojan al procedimiento 1, los demás funcionarios no deben informar nada.

Frente al procedimiento que escoja cada funcionario, se recomienda a cada uno de ustedes asesorarse con el profesional de su confianza en materia tributaria para que evalúe previamente el impacto, por cuanto el Ministerio se abstendrá de hacerlo.

Cordialmente,

JOSE ANTONIO SALAZAR RAMIREZ
SECRETARIO GENERAL

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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