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CIRCULAR 52 DE 2019

(mayo 29)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

PARA: DIRECTORES

DE: CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

ASUNTO: Instrucciones para el cambio de jornada laboral por necesidades del servicio.

Cordial saludo,

De conformidad con el numeral 11 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, es deber de todo servidor público dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas.

Mediante Resolución No. 3580 del 9 de mayo de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores estableció, entre otras, la jornada laboral de sus funcionarios.

Cuando un funcionario de la Cancillería por necesidades del servicio deba laborar en horario distinto, el jefe de la Dependencia, deberá solicitar por escrito ante la Dirección de Talento Humano la modificación de dicho horario con la respectiva justificación en la cual de manera precisa indique la nueva jornada, con el fin de elaborar el acto administrativo que valide el cambio de horario. En todo caso deberá respetarse la jornada máxima legal establecida.

El jefe de la dependencia velará por el estricto cumplimiento de la jordana laboral del servidor público a quien se le modifique la jornada laboral.

Atentamente

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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