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Circular 51 DE 2025

(junio 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, 11 de junio de 2025

Para:Planta Interna
De:Lucy Edrey Acevedo Meneses
Secretaria General
Asunto:Derecho a la Movilización y Horario de Jornada Laboral del día 11 de junio 2025.

Cordial saludo,

El Ministerio de Relaciones Exteriores informa que, con ocasión de las movilizaciones convocadas en distintas ciudades del país el día 11 de junio de 2025, se garantiza el pleno respeto al derecho a la movilización pacífica, conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Constitución Política de Colombia, el cual señala:

"Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Solo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho".

En este sentido, las y los servidores públicos que deseen participar en dichas jornadas deberán informar previamente a su jefe(a) inmediato(a).

Se informa, que con motivo a la movilización que está programada, toda la planta de personal interna laborará en jornada continua comprendida entre las 08:00 a.m. a 02:00 p.m., esta instrucción incluye a los funcionarios con horario flexible.

Lo anterior sin afectar la prestación del servicio en las sedes que cuentan con atención al público. De esta forma promovemos la seguridad y bienestar de nuestros colaboradores.

Agradecemos su compromiso con el servicio público y el respeto por los principios constitucionales.

Cordialmente,

LUCY EDREY ACEVEDO MENESES

Secretaria General

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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