CIRCULAR 49 DE 2015
(julio 27)
<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PARA: | MISIONES EN EL EXTERIOR |
DE: | ARAMINTA DEL ROSARIO BELTRAN URREGO |
ASUNTO: | Socialización Formato GH-FO-110 para personal adscrito a las misiones diplomáticas y consulares de la República |
Respetados Jefes de Misión,
Teniendo en cuenta que los beneficios para importación de vehículo y menaje otorgados por los Decretos 2148 de 1991 y 379 de 1993, no solo cobijan a los funcionarios de la Planta Global del Ministerio de Relaciones Exteriores adscritos a las diferentes misiones diplomáticas y consulares de Colombia en el exterior, la Dirección de Talento Humano ha implementado el formato GH-FO-110, disponible en el Sistema Maestro, con el fin de que mediante su diligenciamiento, cada Jefe de Misión haga constar que el personal especializado o administrativo adscrito a la Misión que no tiene el carácter de funcionario, desempeñó las funciones otorgadas en comisión.
Será objeto del mencionado formato, para la obtención de los privilegios, el personal establecido en el Artículo 3, numeral 3 del Decreto 2148 de 1991, al término de su misión:
“ARTICULO 3o. CLASIFICACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS. Las normas del presente Decreto, se aplicarán a:
3. Funcionarios colombianos que regresan al país:
c) Personal especializado** adscrito a las misiones diplomáticas y consulares de la República;
(...)
e) Personal administrativo que no tenga el carácter de local, adscrito a las misiones diplomáticas y consulares.
(...)
** Personal especializado
Se considera personal especializado, según el Artículo 83 del Decreto 274 del 2000, aquel que se designa para prestar servicios de la misma índole a las Misiones en el exterior, dentro de las siguientes categorías:
a. Agregado
b. Consejero Especializado
c. Adjunto
d. Asesor
Así mismo, de acuerdo con el Decreto 018 del 9 de enero de 2014, quienes desempeñen el cargo de Consejero Judicial, en los términos previstos en los Decretos 018 de 2014 y 1239 de 2014.
Para el personal mencionado anteriormente, a partir de la publicación de la presente Circular, el Formato hará parte de los requisitos para la obtención de los beneficios de vehículo y menaje.
Cordialmente,
ARAMINTA DEL ROSARIO BELTRAN URREGO
Secretaria Genral encargada